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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (12/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 221247 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de abril de 2002 J N E Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora en el Concejo Provincial de Lima RESOLUCIÓN Nº 118-2002-JNE Lima, 11 de abril de 2002 VISTO, el Expediente Nº 127-2002 sobre declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don Rómulo Alberto Grados Fuentes del Concejo Provincial de Lima, departa- mento de Lima, iniciado por doña Jenny Cathline Cano Hermoza, quien solicita se le convoque para cubrir dicha vacancia; CONSIDERANDO: Que, con la copia del Acta de Defunción Nº 00766319, certificada por la Jefa de la Unidad de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Jesús María, corriente a fojas 14, se acredita que el ciudadano Rómulo Alberto Grados Fuentes falleció el 8 de enero del 2002; Que en sesión de fecha 26 de marzo del 2002, el Con- cejo Provincial de Lima acordó declarar la vacancia del cargo de Regidor de don Rómulo Alberto Grados Fuentes, expidiéndose el Acuerdo de Concejo Nº 104 que obra a fojas 17; Que la muerte pone fin a la persona, conforme lo esta- blece el Artículo 61º del Código Civil; y, de conformidad con el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzcan en los Concejos Municipa- les se incorpora al candidato suplente de la misma lista, esto es, del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", según la relación de candidatos remitida por el Jurado Elec- toral Especial de Lima; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña Jenny Cathline Cano Hermoza, candidata no proclamada del "Movimiento Independiente Vamos Vecino" para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Provincial de Lima, departamento de Lima, para completar el período de gobierno municipal 1999-2002, debiendo otorgársele la respectiva credencial. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requieran para el cumpli- miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6664 Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor en el Concejo Provin- cial de Celendín, departamento de Caja- marca RESOLUCIÓN Nº 119-2002-JNE Lima, 11 de abril de 2002 Visto, el Expediente Nº 098-2002, iniciado por es- crito remitido por Absalón Adolfo Aliaga Apaéstegui, Alcalde del Concejo Provincial de Celendín, departa- mento de Cajamarca, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor correspondiente a Or- lando Martín Santisteban Pro;CONSIDERANDO: 1º.- Que el Concejo Provincial de Celendín notificó al Regidor señor Orlando Martín Santisteban Pro con las ci- taciones de convocatoria a las sesiones de fechas 28 de agosto, 11 y 25 de septiembre, 10 y 29 de octubre del año 2001; dichas citaciones fueron recibidas personalmente por el mencionado Regidor, conforme se aprecia de fojas 16 a 20; sin embargo, pese a estar debidamente notificado ina- sistió a las mismas, según consta de fojas 22 a 38; 2º.- En Municipio de Celendín en sesión ordinaria del 13 de noviembre del año 2001, con voto aprobatorio del número legal de miembros del concejo, con nueve votos a favor, de un total de 10 diez integrantes, declaró la vacan- cia del cargo de Regidor de Orlando Martín Santisteban Pro, por inasistencia injustificada a más de 3 sesiones or- dinarias consecutivas de concejo, causal de vacancia pre- vista en el numeral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; tal como consta de fojas 38 vuelta a 43; 3º.- Que el acuerdo que declaró la vacancia del referido Regidor le fue notificado personalmente el 20 de diciembre del 2001, conforme se observa a fojas 7; no obstante, el Regidor vacado no ha interpuesto recurso impugnatorio que le fran- quea la ley, tal como se aprecia de la constancia expedida por la secretaría del Concejo Provincial de Celendín en fecha 21 de enero del 2002, obra a fojas 14. Por tanto, se ha acreditado que Orlando Martín Santisteban Pro se encuentra incurso en la causal de vacancia prevista en el numeral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; 4º.- Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elec- ciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de Re- gidores, estos cargos son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candi- datos remitidas por el Jurado Electoral Especial de Celen- dín, corresponde asumir el cargo de Regidor a Faustino Cachay Chávez, candidato no proclamado de la lista independiente "Para el Desarrollo de Celendín - MIDECEL"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Faustino Cachay Chá- vez, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Celendín, departamento de Cajamarca, para completar el período de gobierno municipal 1999-2002, a quien se le otorgará la correspondiente credencial, por va- cancia de Orlando Martín Santisteban Pro. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6665 Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Puerto Bermúdez, departamento de Pasco RESOLUCIÓN Nº 120-2002-JNE Lima, 11 de abril de 2002 Exp. Nº 1410-2001 Vistos los escritos remitidos por Alcidez Luis Calderón Martínez, Alcalde del Concejo Distrital de Puerto Bermú- dez, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, co- municando la declaratoria de vacancia del cargo de Regi- dor de Luis Alberto Martín Quispe Soto;