TEXTO PAGINA: 18
Pág. 221220 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de abril de 2002 de no presentar Propuesta Técnica se les impone una multa equivalente a cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. Artículo 16º.- Contenido de la Propuesta Técnica La Propuesta Técnica debe contener como mínimo la siguiente información: a. Objetivos y metas del proyecto; b. Memoria descriptiva del área, accesibilidad y mapa de ubicación; c. Caracterización de los recursos naturales compren- didos en el área de la concesión; d. Justificación del valor biológico o ecológico, paisajís- tico, cultural y/o histórico de la superficie solicitada y la necesidad e importancia de realizar actividades ecoturísti- cas en el área. e. Cronograma de actividades; f. Planos de la ubicación y de la infraestructura a instalar; g. Plan y Cronograma de Inversiones; h. Una propuesta del nivel de Evaluación de Impacto Ambiental que deberá presentar dentro del Plan de Mane- jo, de obtener la concesión. i. Oferta económica que se hace al Estado por derecho de aprovechamiento Artículo 17º.- Puntaje mínimo requerido Se debe obtener un mínimo del 70% del puntaje máxi- mo considerado en las Bases para declarar un ganador del concurso, de acuerdo a los criterios establecidos en el Ar- tículo 19º. El solicitante original es beneficiado con un 10% adicional al puntaje obtenido en el concurso. Artículo 18º.- De la Concesión Directa 18.1 En caso que no se presenten otros interesados de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9º, al vencimiento del plazo el INRENA publica un Aviso comunicando que se seguirá el procedimiento de concesión directa. 18.2 En un plazo máximo de cinco (5) días a partir del vencimiento del plazo de los treinta (30) días a que se re- fiere el Artículo 9º, la Dirección General Forestal y de Fau- na Silvestre del INRENA remite al solicitante un Oficio au- torizándolo a presentar su Propuesta Técnica ante la Di- rección General Forestal y de Fauna Silvestre dentro de los siguientes noventa (90) días. 18.3 Para el otorgamiento de la concesión, se requiere que el solicitante obtenga cuando menos una calificación equivalente al 70% de puntaje, de acuerdo a los criterios establecidos en el Artículo 19º. Artículo 19º.- Criterios para la calificación de la Pro- puesta Técnica Para la calificación de las Propuestas Técnicas, tanto en los procesos de Concurso Público como de Concesión Directa, se consideran especialmente los siguientes rubros y criterios para la asignación de puntaje: a. Calidad de la Propuesta Técnica y beneficios ecoló- gicos, económicos y de desarrollo sostenible que generará al área solicitada: 40%. b. Calidad y experiencia del Equipo de Trabajo del soli- citante: 20%. c. Participación de la población local: 20%. d. Monto de inversión: 10%. e. Oferta económica: 10%. Artículo 20º.- Aprobación y definición de la Conce- sión 20.1 La aprobación de la Propuesta Técnica dependerá no sólo de los criterios contenidos en el artículo anterior sino del cumplimiento de los Términos de Referencia apro- bados por el INRENA para estas concesiones. 20.2 El INRENA tiene un plazo de hasta sesenta (60) días calendario para aprobar la propuesta técnica, luego de la cual se procede a la suscripción del contrato de con- cesión correspondiente entre las partes interesadas. 20.3 La definición de la extensión de la concesión se basa en la Propuesta Técnica que debe presentar cada solicitante. CAPÍTULO III Del otorgamiento de la concesión y suscripción del contrato Artículo 21º.- Declaratoria de ganador y otorgamien- to de la concesión Vencido el plazo para la presentación de Propuestas Técnicas, el INRENA dispone de hasta sesenta (60) díaspara revisar las propuestas recibidas. En caso alguna de ellas obtenga el puntaje mínimo requerido, el INRENA de- clara un ganador del concurso. En caso de concesión directa, el plazo para la aproba- ción o desaprobación de la Propuesta Técnica es de hasta veinte (20) días contados a partir de su recepción. Artículo 22º.- Otorgamiento de la Concesión 22.1 La concesión se otorga mediante Resolución Je- fatural, al cumplimiento de los plazos a que se refiere el Artículo anterior. Esta Resolución es publicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la declaración de ganador y aprobación de Propuesta Técnica en caso de concurso público, y la aprobación de la Propuesta Técnica, en caso de concesión directa. 22.2 El otorgamiento de la concesión se complementa con un contrato entre el titular de la misma y el INRENA. Para que la concesión se haga efectiva el interesado debe- rá suscribir el referido contrato. Artículo 23º.- Suscripción de Contrato El contrato debe ser suscrito en dos (2) copias ante notario público, transcurridos quince (15) días de la publi- cación de la Resolución Jefatural a que se refiere el artícu- lo anterior. Por el INRENA debe estar firmado por el Jefe del INRENA, con el visto bueno del Director General Fo- restal y de Fauna Silvestre, el Director General de Áreas Naturales Protegidas y la Oficina de Asesoría Jurídica. Artículo 24º.- Contenido del Contrato El contrato debe contener cuando menos: a. Generales de Ley de las partes. b. Objeto de la concesión, precisando en forma detalla- da y con mapa anexo al contrato, el área sobre la cual se otorga la concesión c. Derechos y obligaciones del concesionario, de ca- rácter ambiental, social y ecológicamente responsables. d. Atribuciones del INRENA. e. Cláusulas de participación de las poblaciones loca- les. f. Plazo de la concesión, hasta por un máximo de 40 años. g. Términos de Referencia para la elaboración del Plan de Manejo de la Concesión h. Establecimiento del pago por derechos de aprove- chamiento de los recursos naturales como atractivo y acti- vidad principal dentro de la concesión ecoturística. i. Procedimientos para el seguimiento y evaluación de la concesión. j. Cláusula de renovación automática, en caso lo solici- te el concesionario. k. Procedimientos a seguir al término de la concesión. l. Causales de caducidad de la concesión y resolución del contrato. m. Penalidades. n. Solución de Controversias CAPÍTULO IV Del Plan de Manejo de la Concesión Artículo 25º.- Plan de Manejo de la Concesión El concesionario tiene un plazo de seis (6) meses, a partir de la suscripción del contrato, para presentar el Plan de Ma- nejo de la Concesión, de acuerdo a los Términos de Referen- cia que el INRENA presente al concesionario en el acto de la suscripción del Contrato. Los Términos de Referencia para la elaboración del Plan de Manejo de la Concesión son parte integrante del Contrato de Concesión para Ecoturismo. Artículo 26º.- Carta Compromiso El concesionario debe presentar conjuntamente con el Plan de Manejo de la Concesión, una Carta Compromiso de conservar el área de la concesión, de acuerdo al forma- to que se detalla en el Anexo IV. Artículo 27º.- Evaluación de Impacto Ambiental Los procedimientos de evaluación de Impacto Ambien- tal son parte integrante del Plan de Manejo de la Conce- sión y deben contener las medidas de contingencia en caso de accidentes o desastres naturales. Los términos de referencia a que se refiere el Artículo 25º deben indicar el nivel de la Evaluación de Impacto Ambiental, pudiendo solicitarse un Estudio de Impacto Ambiental -E.I.A., una Declaración de Impacto Ambiental -