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Pág. 221248 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de abril de 2002 CONSIDERANDO: 1º.- El Concejo Distrital de Puerto Bermúdez en se- sión extraordinaria del 26 de noviembre del 2001, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros, 4 votos a favor, de un total de 6 inte- grantes, declaró la vacancia del cargo de Regidor de Luis Alberto Martín Quispe Soto, por estar incurso en las causales de vacancia previstas en los numerales 2), 4) y 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853, conforme aparece de fojas 37 vuelta a 39; siendo ratificada dicha vacancia por Acuer- do de Concejo Nº 005-2001-MDPB del 26 de noviem- bre del 2001, tal como consta a fojas 42; 2º.- Que el Regidor Luis Alberto Martín Quispe Soto mediante escritos presentados el 18 de junio del 2001 al Concejo Distrital de Puerto Bermúdez, comunicó su renun- cia a las diferentes comisiones en que venía participando y cambio de domicilio fuera del ámbito del distrito por moti- vos de trabajo, conforme se aprecia de fojas 40 y 41; 3º.- Que personal de la Comisaría PNP del distrito de Puerto Bermúdez en la diligencia de constatación domiciliaria realizada el 22 de noviembre del 2001 en el domicilio del Regidor Luis Alberto Martín Quispe Soto, se entrevistó con Rosa Córdova de Quispe, esposa del referido Regidor, quien manifestó que su esposo ya no radica en la localidad, encontrándose en la zona de Tin- go María por razones de trabajo y desde hace varios meses, tal como aparece de fojas 4; asimismo, el juez del Juzgado de Paz del distrito de Puerto Bermúdez en diligencia del 5 de diciembre del 2001, hace constar que dicho Regidor no domicilia en la localidad desde hace varios meses, tal como lo refieren los vecinos, conforme se aprecia a fojas 12 vuelta; 4º.- Que el juez del Juzgado de Paz del distrito de Puerto Bermúdez notificó el 11 de febrero del 2002 al Regidor vacado en su domicilio el Acuerdo de Concejo Nº 005-2001-MDPB mediante el cual se formaliza su vacancia, recibiendo dicha notificación Augusto Quis- pe, debido a que, el Regidor vacado y su familia no se encontraban en la localidad, según aparece a fojas 46. Por tanto, con toda la prueba documental que se ha mencionado se ha acreditado que el Regidor señor Luis Alberto Martín Quispe Soto se encuentra incurso en la causal de vacancia de cambio de domicilio fuera de la circunscripción del distrito en mención, conforme lo establece el numeral 4) del Artículo 26º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853; 5º.- Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º numeral 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 35º de la Ley de Elec- ciones Municipales Nº 26864, los Regidores son reempla- zados por los suplentes de su respectiva lista; y, revisada la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Es- pecial de Oxapampa, corresponde asumir el cargo de Re- gidor a Leonel Meza Mariani, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Vamos Vecino; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Leonel Meza Mariani para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa, departa- mento de Pasco, para completar el período 1999-2002, por vacancia de Luis Alberto Martín Quispe Soto. Artículo Segundo.- Otorgar a Leonel Meza Mariani la credencial que lo acredite como Regidor del Concejo Dis- trital de Puerto Bermúdez. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6666Declaran improcedente recurso de nuli- dad interpuesto por el Alcalde del Con- cejo Distrital de Santa Anita contra la Res. Nº 100-2002-JNE que declaró fun- dado recurso de revisión presentado por regidores RESOLUCIÓN Nº 121-2002-JNE Lima, 11 de abril de 2002 EXP. Nº 160-2002 VISTOS: Los escritos presentados por el señor Osiris Feliciano Muñoz, Alcalde del Concejo Distrital de Santa Anita, pro- vincia y departamento de Lima, sobre nulidad en contra de la Resolución Nº 100-2002- JNE, de fecha 20 de marzo del 2002; y, CONSIDERANDO: Que este Supremo Órgano Electoral por Resolución Nº 100-2002-JNE, de fecha 20 de marzo del 2002; declaró fundado el recurso de revisión presentado, por los señores William Fernando Lázaro Huayre, Elena Hermelinda Mu- ñoz Muñoz, Juan Mendoza Quispe, Atilio Benjamín Luna Carazas y Patricia Betzabe Miranda Correa, en contra del Acuerdo Nº 004-2002-MDSA, de fecha 25 de febrero del 2002, que los suspende de sus cargos de Regidores en el Concejo Distrital de Santa Anita; asimismo declaró nulo e insubsistente el referido acuerdo; Que la Resolución Nº 100-2002-JNE, se ha dictado debidamente motivada, con arreglo a ley y los antecedentes; además no se ha acreditado en autos, las alegaciones de vulneración al debido proceso y derecho de defensa del recurrente; Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 181º de la Constitución Política concordante con los Artí- culos 23º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486 y 27º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, las resoluciones que dicta el Jurado Nacional de Elecciones en materia electoral son irrevisa- bles y no procede contra las mismas recurso alguno, por lo que; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el recurso de nulidad contra la Resolución Nº 100-2002-JNE de vistos, debiendo estar el recurrente a lo resuelto por la acotada resolución; y disponer el archivo definitivo del presente expediente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZÁVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6667 O N P E Autorizan a procurador denunciar a presuntos responsables de haber circu- lado documento apócrifo sobre pago de multa de omisos al cargo de miembro de mesa RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 113-2002-J/ONPE Lima, 11 de abril de 2002