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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (12/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 221222 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de abril de 2002 cesión se extienda en cinco (5) años adicionales y que, en consecuencia, el plazo se renueve en su duración original, siempre y cuando el Informe contenga una opinión favora- ble al respecto. En estos casos, el representante legal del concesionario y el Jefe del INRENA firman una addenda al contrato, frente a Notario Público, dentro de los treinta (30) días siguientes a la Resolución Directoral que aprueba el Informe Quinquenal. Artículo 37º.- Inspecciones por el INRENA Sin perjuicio del Informe Quinquenal a que se refiere el Artículo 35º, el INRENA puede realizar inspecciones, con o sin previo aviso, al área de la concesión para verificar el cumplimiento de los compromisos del concesionario. El concesionario debe brindar las facilidades de información y acceso para cumplir esta disposición. CAPÍTULO VII De la caducidad, suspensión y término de la concesión Artículo 38º.- Causales de caducidad Son causales de caducidad de la concesión para eco- turismo: a. La desaprobación del Plan de Manejo por el INRE- NA. b. Incumplimiento reiterado o grave de los compromi- sos asumidos mediante el Contrato de Concesión y el Plan de Manejo de la Concesión. c. No subsanar las observaciones que formule el IN- RENA luego de evaluar los Informes Anuales o realizar el Informe Quinquenal. d. Realizar actividades no contempladas en el Plan de Manejo de la Concesión, sin autorización o justificación posterior al INRENA La caducidad se declara mediante Resolución Jefatu- ral del INRENA y determina la resolución del Contrato de Concesión. Artículo 39º.- Suspensión de plazos El plazo de vigencia de la concesión puede suspender- se a pedido del concesionario, por caso fortuito o de fuerza mayor. La suspensión debe aprobarse por Resolución Je- fatural del INRENA y no puede ser mayor a doce (12) me- ses, prorrogables en caso de subsistir el hecho o acto que motivó la suspensión del plazo. Artículo 40º.-Término de la concesión Un año antes del término de la Concesión, el concesio- nario que no desee renovar el plazo de su concesión debe presentar al INRENA un Plan de Salida, el cual debe ser aprobado mediante Resolución Directoral de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre. Al término de la concesión, el concesionario presenta un Informe Final respecto a la ejecución del Plan de Salida y entrega mediante Acta los bienes integrantes a la conce- sión que se hayan definido previamente en el Contrato de Concesión o en sus addendas correspondientes para su transferencia formal al INRENA. El concesionario no po- drá retirar de la concesión aquellos bienes cuya remoción signifique una alteración grave del paisaje o degradación de ecosistemas. Cumplidos estos actos, el concesionario finaliza formal- mente su vínculo contractual con el Estado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Para los efectos de la presente Resolución Ministerial, cualquier referencia a días se entiende como días calendario. Con excepción de los plazos previstos en los Artículos 9º, 10º y 15º de la presente Resolución Ministerial, todos los demás plazos se entienden como plazos máximos. Segunda.- Todas aquellas solicitudes, presentadas ante la Dirección General Forestal y de Fauna del INRENA con anterioridad a la fecha de publicación de la presente nor- ma, se adecuarán a los procedimientos previstos en esta Resolución Ministerial. Tercera.- Las personas naturales o jurídicas que se en- cuentren desarrollando actividades de ecoturismo a la fecha de publicación de la presente norma, bajo modalidades que implican la habilitación de un centro de hospedaje y la utiliza- ción de predios de propiedad del Estado, fuera de las áreas naturales protegidas, podrán solicitar la concesión para ecotu- rismo de dichas áreas, siguiendo el procedimiento de conce- sión directa a que se refiere el Artículo 18º. En estos casos nose abrirá concurso público y el Plan de Manejo de la Conce- sión deberá incorporar las medidas de Evaluación de Impacto Ambiental para adecuar las actividades actuales a las necesi- dades de conservación del área, de acuerdo a los términos de referencia que determine, en cada caso, la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre. Cuarta.- Las personas que cuenten con un título pose- sorio válido sobre un área pública y que deseen dedicarlo al ecoturismo, podrán solicitar una Concesión para Ecotu- rismo, conforme a la presente norma, siguiendo el procedi- miento de concesión directa a que se refiere el Artículo 18º. La extensión máxima para el otorgamiento de dicha concesión es de 10,000 has. Quinta.- Las comunidades nativas y campesinas que cuenten con un título válido sobre las tierras que ocupan pueden dedicarse a realizar actividades de ecoturismo, sin necesidad de solicitar una concesión al INRENA. Sin em- bargo, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 117º del De- creto Supremo Nº 014-2001-AG, deberán presentar al IN- RENA el correspondiente plan de manejo del área. ANEXO I INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES - INRENA FORMATO PARA LA PUBLICACIÓN DEL RESUMEN DE SOLICITUD PRESENTADA PARA EL OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN PARA ECOTURISMO Se pone en conocimiento del público en general que se ha recibido la siguiente solicitud para el otorgamiento de una concesión para ecoturismo: Solicitante.- (nombre de la persona natural o jurídica), (tipo de organización en caso de personas jurídicas), ins- crita en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de .........., (Partida) (ficha), con domicilio legal en ........, (distrito), (departamento). Ubicación.- La Concesión para Ecoturismo se desa- rrollará en un área de ...... has., por un período de ...... años (renovables), en ..........., provincia de ............, departamento de ............ El área solicitada se encuentra enmarcada den- tro de las coordenadas geográficas ................. Objeto de la solicitud.- (definir). Del Proyecto.- (describir en máximo tres párrafos el Proyecto a desarrollar) Se publica el presente aviso de conformidad con el numeral 109.1 del Artículo 109º del Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre y la Resolución Ministerial Nº ..............., Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo. Lima, ...... de ........ de ........ DIRECCIÓN GENERAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE DEL INRENA ANEXO II INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES - INRENA FORMATO PARA LA PUBLICACIÓN DEL AVISO DE SOLICITUD PARA CONCESIÓN PARA ECOTURISMO El Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, pone en conocimiento del público en general que ha recibi- do la solicitud de ........, para obtener una concesión para ecoturismo en ..........., provincia de ..........., departamento de ..........., en un área de ...............has, por un período de .......... años. Se publica el presente aviso de conformidad con el nu- meral 109.1 del Artículo 109º del Decreto Supremo Nº 014- 2001-AG, Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Sil- vestre y la Resolución Ministerial Nº ..............., Disposicio- nes Complementarias para el Otorgamiento de Concesio- nes para Ecoturismo. Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre Instituto Nacional de Recursos Naturales ............ (ciudad), ....de .......de .... ANEXAR MAPA CON COORDENADAS UTM