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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (20/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

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Pág. 221677 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de abril de 2002 Aire deberá establecer un cronograma de actividades con el Ministerio de Salud a través de DIGESA. Los resultados del diagnóstico de línea de base descrito en el Anexo 1 servirán como un punto de partida para mejorar la caracte- rización y los estimados de las emisiones. La caracteriza- ción y el estimado deberán actualizarse como mínimo cada tres años. 31. Los datos sobre las emisiones se obtienen me- diante encuestas, mediciones, cálculos de balance de masas, extrapolaciones y modelos. Los métodos para estimar las emisiones en exteriores van desde simples evaluaciones rápidas como las desarrolladas por la Or- ganización Mundial de la Salud-OMS (1993a, 1993b), IPIECA13 y el Banco Mundial14 hasta el uso de mode- los complejos como los elaborados por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de Améri- ca (EPA)15 y por el Co-oper ative Programme for Moni- toring and Evaluation of the Long Range Transmission of Air Pollutants in Europe y The Core Inventory of Air Emissions in Europe (CORINAIR).16 Por ejemplo , la Zona Metropolitana del Valle de México adaptó los mo- delos de la EPA.17 Las estimaciones de las emisiones no son exactas. Para identificar el error en ellas, es esencial evaluar el inventario de emisiones de manera minuciosa. 32. En caso de que fuera posible realizar un estudio para calidad del aire en interiores, las emisiones dentro de las viviendas se pueden caracterizar a través de los datos recabados por las encuestas nacionales de hoga- res realizadas por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).18 En el caso de que estas encuestas no incluyan suficientes preguntas para caracterizar las emisiones o si las preguntas relacionadas con el tema no están bien hechas, se deberá coordinar con el INEI para la inclusión de nuevas preguntas o la reformulación del cuestionario. • Red de monitoreo 33. El Plan "A limpiar el Aire" deberá incluir un progra- ma para el establecimiento o fortalecimiento de la red de monitoreo de la calidad del aire. Los resultados del diag- nóstico de línea de base descrito en el Anexo 1 brinda- rán la información necesaria para establecer una nueva red o fortalecer la ya existente. El GESTA Zonal de Aire deberá establecer un cronograma de actividades con el Ministerio de Salud a través de DIGESA. Como mínimo, se deberá realizar una evaluación in- terna de la red de monitoreo una vez al año y una evalua- ción con cooperación externa una vez cada dos años. Para estas acciones, se deberá utilizar las normas que apruebe el Ministerio de Salud. • Estimación del impacto social y en la salud 34. El Plan "A limpiar el Aire" deberá incluir un progra- ma orientado a mejorar los estimados del impacto social de la contaminación del aire. En particular, el Plan "A limpiar el Aire" deberá incluir como mínimo un programa orientado a mejorar los estimados del impacto en la sa- lud. Los resultados del diagnóstico de línea de base des- crito en el Anexo 1 brindarán la información necesaria para mejorar los estimados existentes. El GESTA Zonal de Aire deberá coordinar este programa con el Ministerio de Salud, a través de DIGESA. 35. Los indicadores usados en el programa de esti- mación del impacto en la salud deben ser relevantes para las políticas de salud que se pretende establecer y, ade- más, ser sensibles a los cambios de orientación de estas políticas. En tal caso, se esperaría que una mejoría en la calidad del aire derive en una reducción en el número de ocurrencias del indicador de efecto sujeto a vigilancia. Por ello es importante que se evalúe la documentación epidemiológica sobre los efectos de la contaminación del aire durante el proceso de selección de los indicadores de efectos en la salud. Un buen indicador debe ser sim- ple y económico. 36. Lo ideal es que se trabaje con datos de buena calidad y previamente recopilados. El Ministerio de Sa- lud, a través de la Oficina General de Epidemiología (OGE), ha establecido un sistema de vigilancia epide- miológica que recopila información sobre varios indica- dores. Algunos de los indicadores de efectos en la salud recomendados sobre la contaminación del aire son los siguientes (Ostro, 1996):amortalidad total; bmortalidad por enfermedades respiratorias; cmortalidad por enfermedades cardiovasculares; dadmisiones en hospitales por enfermedades respira- torias; eadmisiones en hospitales por afecciones cardiacas; fvisitas a salas de emergencia por enfermedades respiratorias, y gvisitas a salas de emergencia por afecciones car- diacas. 37. El GESTA Zonal de Aire debe verificar si el pro- grama de vigilancia epidemiológica del Ministerio de Sa- lud, recopila datos de indicadores de efecto dentro de alguna de estas categorías para su Zona de Atención Prioritaria. En el caso de que no lo haga, se deberá coor- dinar con el Ministerio de Salud para la selección e inclu- sión de indicadores en el programa. Eventualmente, la disponibilidad de los datos sobre los efectos en la salud y las mediciones de calidad del aire, permitirán llevar a cabo estudios epidemiológicos de series cronológicas, con los que se podrá estimar el impacto de la contamina- ción del aire en la salud de la población. En el caso de que no exista la experiencia para realizar este tipo de estudios, se sugiere, como primer paso, usar la metodo- logía desarrollada por la OMS de Europa.19 • Modelos 38. Para los sistemas de vigilancia más avanzados, el Plan "A limpiar el Aire" podrá incluir un programa orien- tado a desarrollar y aplicar modelos para predecir la cali- dad del aire en exteriores y modelos receptores. Estos modelos permitirán establecer un programa de pronósti- co de la calidad del aire en la Zona de Atención Priorita- ria y evaluar el impacto de las medidas para mejorar la calidad del aire y prevenir su deterioro. 39. Los modelos para predecir la calidad del aire en exteriores y los modelos receptores van desde simples modelos de sondeo, para los cuales se necesitan pocos datos de alimentación y poca capacidad de computación, hasta complejos modelos numéricos para los cuales se necesita un gran número de datos de alimentación y una gran capacidad de computación. La EPA tiene gran ex- periencia en el desarrollo y aplicación de estos mode- los.20 Algunos modelos de la EP A han sido tr aducidos al español y adaptados para México.21 Las estimaciones de los modelos no son exactas. Para identificar el error en ellas, es esencial evaluar los modelos y sus resulta- dos de manera minuciosa. • Sistema de información 40. El Plan "A limpiar el Aire" deberá incorporar un programa para el establecimiento o fortalecimiento de un sistema de información sobre la calidad del aire y la salud. Este sistema deberá ser accesible al público e incluir, como mínimo, un resumen de los siguientes puntos: alos estimados de las emisiones; blas mediciones de la calidad del aire que se hayan realizado y su relación con los estándares nacio- nales de calidad ambiental del aire y los niveles de estado de alerta nacionales, y 13Véase: http://www.ipieca.org/activites/OIWG/Air/index.htm. 14Véase: http://www.worldbank.org/nipr/polmod.htm. 15Véase: http://www.epa.gov/ttn/chief/ . 16Véase: http://reports.eea.eu.int/EMEPCORINAIR/en . 17Véase: http://www.ine.gob.mx/dggia/cal_aire/espanol/pubinv.html. 18Véase: http://www.inei.gob.pe/. 19Véase: http://www.who.nl/. 20Véase: http://www.epa.gov/ttn/scram/ . 21Véase: http://www.epa.gov/ttn/catc/cica/cicaspa.html#Aqm .