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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (18/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 4 PROYECTO Lima, miércoles 18 de diciembre de 2002 Que en consecuencia, se debe disponer la publicación, en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto de Resolu- ción mediante el cual se establecerán los cargos tope de interconexión por terminación de llamada en la red del servicio de telefonía fija local conjuntamente con su Exposición de Motivos; Que asimismo, se debe definir el plazo para la remisión de los comentarios respectivos, así como convocar a la correspondiente Audiencia Pública y disponer la publicación, en la página web de OSIPTEL, de la relación de los informes, estudios, dictámenes o modelos económicos que sustentan el referido Proyecto Normativo; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General de OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-CD/OSIPTEL y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 164; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación, en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto de Resolución mediante el cual se establecerán los cargos tope de interconexión por terminación de llamada en la red del servicio de telefonía fija local conjuntamente con su Exposición de Motivos. Asimismo, el referido Proyecto Normativo y su Exposición de Motivos serán publicados en la página web institu- cional de OSIPTEL (www.osiptel.gob.pe) , donde será publicada igualmente la relación de los informes, estudios, dictámenes o modelos económicos sustentatorios del Proyecto Normativo. Artículo Segundo.- Definir el 17 de febrero de 2003 como fecha límite para que los interesados remitan por escrito sus comentarios al Proyecto de Resolución mediante el cual se establecerán los cargos tope de interconexión por terminación de llamada en la red del servicio de telefonía fija local a la Gerencia de Comunicación Corporativa y Servicio al Usuario de OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San Borja, Lima), pudiendo remitirlos vía fax al número telefónico (51 1) 4751816 o por correo electrónico a la dirección: sid@osiptel.gob.pe. En todos los casos, los comentarios deberán de enviarse de acuerdo al formato establecido en el anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias y Planeamiento Estratégico de OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación, en la página web de OSIPTEL, de: i) el informe no confidencial y el código desarrollado en Mathematica presentados por Telefónica del Perú S.A.A., mediante carta Nº GGR-107-A-925/ IN-02, del 05 de diciembre de 2002, con la finalidad de sustentar su propuesta de cargo tope por la terminación de llamada en la red fija local; y, ii) el código desarrollado en Mathematica presentado por Telefónica del Perú S.A.A. y modificado por OSIPTEL. Artículo Quinto.- Convocar a Audiencia Pública para el miércoles 26 de febrero de 2003, haciendo pública dicha convocatoria a través de un diario de circulación nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo Anexo Formato para la presentación de comentarios al Proyecto de Resolución publicado mediante Resolución Nº 082-2002-CD/OSIPTEL Artículo del Comentarios Proyecto 1º 2º 3º 4º 5º 6º 7º Comentarios Generales Otros Comentarios