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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (18/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 235308 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de diciembre de 2002 Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fe- cha, el "Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2003 de la Municipalidad del distrito de Cho- rrillos", remitido según Informe Nº 015-2002-OPPR- MDCH, de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2) del Art. 10º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades y en concordancia con el num. 1) del Art. 192º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son competentes para votar su Presupuesto; Que, el Art. 103º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúa que, los Municipios se rigen por Presupuestos anuales que deben ser expresión finan- ciera de los respectivos planes integrales de Desarrollo Local; Que, conforme a lo establecido por el numeral 22.4 del Art. 22º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupues- taria del Estado, establece que los Gobiernos Locales for- mulan sus respectivos presupuestos de acuerdo a las orien- taciones y directivas que emite la Dirección Nacional de Presupuesto Público; Que, la Dirección Nacional de Presupuesto Público ha aprobado mediante Resolución Directoral Nº 042-2002-EF/ 76.01, que aprueba la Directiva Nº 008-2002-EF/76.01 - Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Lo- cales para el Año Fiscal 2003; Que, es necesario recoger los principios básicos es- tablecidos en la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presu- puestaria del Estado, para que el Presupuesto Munici- pal no constituya un simple documento de aprobación de Ingresos y Gastos, sino que se conciba como un verdadero instrumento de la Gestión Económica y Fi- nanciera de las Municipalidades, para cuyo efecto es indispensable un correcto diseño de la estructura pro- gramática del Presupuesto Municipal; Que, de acuerdo al Inc. 4) del Art. 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar mediante Acuerdo de Con- cejo el Presupuesto Anual; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Art. 22º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejer- cicio Fiscal 2003, Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Munici- palidades, con el Dictamen favorable de la Comisión de Administración, Planificación, Presupuesto e Informática y contando con el voto en Mayoría de los miembros del Con- cejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo 1º.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad del distrito de Chorrillos para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del Año Fiscal 2003. Artículo 2º.- El Presupuesto de Ingresos asciende al monto de S/. 34,938,314 con 00/100 Nuevos Soles, como consta en el Formato A-1 consolidado de Ingresos por Gru- po Genérico y Específico del Ingreso. El Presupuesto de Gastos asciende al monto de S/. 34,938,314 con 00/100 Nuevos Soles, como consta en el Formato A-3, consolida- do de Egresos por Grupo Genérico y Específico del Gasto, ambos consolidados forman parte integrante del presente Acuerdo. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Municipal y a la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionaliza- ción, la remisión del presente Presupuesto Municipal a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su consolidación. Regístrese, comuníquese y archívese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 22413MUNICIPALIDAD DE COMAS Declaran vigencia de requisitos y cos- tos establecidos en la Ordenanza Nº 065-C/MC ORDENANZA Nº 070-C/MC Comas, 4 de diciembre de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA, Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo, de la fecha, el Dic- tamen de la Comisión de Administración, Planificación, Econo- mía y Finanzas, respecto al Informe Nº 471-2002-OAT/MC, de la Oficina de Administración Tributaria, mediante el cual solicita se incluya el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 65, en los alcances de la Ordenanza Nº 067-C/MC; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Administración Tributaria expone so- bre la "CAMPAÑA MASIVA PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO, AU- TORIZACIÓN DE ANUNCIOS, Y OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO DE NUMERACIÓN" dicha campaña inclu- ye los requisitos y de los costos para su adquisición; Que, la Ordenanza Nº 065-C/MC en el Artículo Prime- ro, aprueba la Campaña Masiva de Otorgamiento de Auto- rización de Apertura de Establecimiento (Licencia de Fun- cionamiento) y/o ampliación a giros compatibles y/o com- plementarios para establecimientos de "giro menor" con los siguientes requisitos y costos: 1. Derecho de Compatibilidad de Uso (ZONIFICACIÓN) S/.50.00 2. Autovalúo Independizado 3. Derecho de Licencia 50.00 4. Contrato de Alquiler o Autorización del Propietario 5. Solicitud Simple 6. Copia de Licencia de Funcionamiento para los casos de Ampliación de giro. Que, la Ordenanza Nº 067-C/MC prorroga la vigencia de la Campaña Masiva de Otorgamiento: de Certificación de Autorización de Apertura de Establecimiento, de Autori- zación o Renovación de Anuncios y Publicidad Exterior en General, y de Certificado de Numeración, aprobado con Ordenanza Nº 065-C/MC hasta el 27 de diciembre del 2002; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, el pleno del Concejo por Unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Declarar la vigencia de los requisi- tos y costos establecidos en la Ordenanza Nº 065-C/MC, hasta el 27 de diciembre del 2002, conforme a la prórroga establecida en el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 067- C/MC de fecha 27 noviembre del 2002. Artículo Segundo.- Dispensar de la Lectura del Acta para su inmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 22305 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Establecen normas que regulan la acti- vidad de los lustradores de calzado en la vía pública ORDENANZA Nº 122-MSS Santiago de Surco, 6 de diciembre de 2002