Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2002 (30/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 152

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 30 de diciembre de 2002

4.- CARACTERIZACION GEOGRAFICO-AMBIENTAL. 5.- CARACTERIZACION DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL. 6.- SINTESIS DE LA PROBLEMATICA. IV.- MORDAZA DE REFERENCIA CONCEPTUAL. V.- PROPUESTA GENERAL DE DESARROLLO MORDAZA SOSTENIBLE. 1.2.3.4.VISION DEL DESARROLLO MORDAZA SOSTENIBLE. ANALISIS ESTRATEGICO FODA. OBJETIVOS ESTRATEGICOS DE DESARROLLO URBANO. ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PROVINCIAL. 5.- MODELO DE DESARROLLO MORDAZA SOSTENIBLE. 6.- ESTRATEGIAS DE DESARROLLO MORDAZA SOSTENIBLE. 7.- POLITICAS GENERALES DE DESARROLLO URBANO. VI.- PROPUESTAS ESPECIFICAS DE DESARROLLO URBANO. 1.- PROPUESTA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL URBANO. 2.- PROPUESTA DE ZONIFICACION MORDAZA Y USOS DE SUELO. 3.- AREAS DE TRATAMIENTO: RENOVACION URBANA. 4.- SISTEMA VIAL MORDAZA Y DE TRANSPORTE. 5.- PREVISION PARA INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS BASICOS. 6.- PROPUESTA DE EQUIPAMIENTO URBANO. 7.- PROPUESTA DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y SEGURIDAD FISICA ANTE DESASTRES NATURALES. 8.- PROPUESTA DE GESTION URBANA. VII.- INSTRUMENTO TECNICO-NORMATIVO. TITULO I TITULO II TITULO III TITULO IV VIII.REGLAMENTO DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL REGLAMENTO DE ZONIFICACION REGLAMENTO PARA HABILITACION REGLAMENTO DEL SISTEMA VIAL URBANO.

El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de octubre del 2002, emite el Acuerdo de Concejo Nº 000386-2002-MPCH; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y el Art. 2º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 establecen que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo dispuesto por el inciso 2) del Art. 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los Concejos Municipales ejercen la atribucion de aprobar y controlar los planes y proyectos de desarrollo local; Que, de conformidad al Art. 10º Capitulo IV del D.S. Nº 007-85-VC - Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente se dispone que los planes urbanos son los instrumentos Tecnicos Normativos para la prevision y promocion de las acciones de Acondicionamiento en cada Centro Poblado de ambito territorial provincial; Que, de acuerdo a los lineamientos de politica de Gestion de Gobierno Local, la Municipalidad Provincial de Chanchamayo ha decidido la realizacion del PLAN DIRECTOR DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MORDAZA AL 2016, instrumento normativo para el Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA en los proximos 15 anos, politicas de gestion que antepone la Planificacion al Desarrollo de los pueblos del ambito de la provincia de Chanchamayo; Que, de conformidad a los lineamientos de Desarrollo estrategico del ambito territorial provincial, La MORDAZA es la Capital Administrativa Politica de la provincia, siendo la vision de futuro definir el eje de San MORDAZA - La MORDAZA, como una unidad de Planificacion, MORDAZA de desarrollo provincial de jerarquia principal conservando el liderazgo de MORDAZA Central, como eje principal del Desarrollo de esta parte del MORDAZA, cuyas caracteristicas es el potencial turistico agro-comercial con proyecciones agro industriales de mediano plazo; La necesidad de este estudio es la de contar con un instrumento tecnico normativo para el desarrollo MORDAZA planificado, hacia las proyecciones de vision de futuro como una MORDAZA planificada, ordenada y moderna, con fines de normar su crecimiento, proporcionando al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales; Que, el estudio del Plan Director de Desarrollo MORDAZA de la MORDAZA de La MORDAZA previa a su aprobacion ha cumplido con el procedimiento de consulta a la poblacion e instituciones publicas mediante la modalidad de un taller participativo, los mismos que fueron exhibidos por un periodo de 90 dias tal como dispone el Art. 30º Capitulo VI del Reglamento de Acondicionamiento Territorial Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente aprobado por D.S. Nº 007-85-VC; Por las consideraciones expuestas el Concejo Municipal de conformidad a lo dispuesto por el inciso 2) del articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- Aprobar el PLAN DIRECTOR DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MORDAZA AL 2016, de la MORDAZA de La MORDAZA, del distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, el mismo que consta de: EXPEDIENTE TECNICO: I.- CONSIDERACIONES GENERALES. II.- MORDAZA REGIONAL. III.- DIAGNOSTICO: 1.- MORDAZA REFERENCIAL. 2.- CARACTERIZACION SOCIO-ECONOMICA. 3.- CARACTERIZACION FISICO ESPACIAL.

PROGRAMA DE INVERSIONES PARA EL DESARROLLO URBANO:

1.- IDENTIFICACION Y PRIORIZACION DE PROYECTOS. 2.- ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE INVERSIONES. 3.- PERFILES DE PROYECTOS PRIORITARIOS. ANEXOS: PLANOS DE EQUIPAMIENTO, ZONIFICACION, SISTEMA VIAL y DIAGNOSTICO. AREA DE ESTUDIO.- El area de Planificacion, del presente estudio es de 3'865,000 m2 o 386.50 has.; de acuerdo a los Sectores de La MORDAZA con 196.5 Has., Sector MORDAZA del MORDAZA, con 121.00 Has. Sector San MORDAZA con 69 Has. Articulo Segundo.- Aprobar el presente estudio del PLAN DIRECTOR DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MORDAZA 2016 en los limites de la jurisdiccion de la MORDAZA de La MORDAZA y del distrito de Chanchamayo, por un periodo de 15 anos, a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario de circulacion nacional o regional, conforme a Ley. Articulo Tercero.- La Municipalidad Provincial de Chanchamayo, brindara el apoyo que requiera el presente estudio para la implementacion y cumplimiento, conforme a Ley. Articulo Cuarto.- Facultar el senor MORDAZA Provincial, a efectos de que dicte las disposiciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entra en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion, conforme a Ley. Articulo Sexto.- Transcribir la presente Ordenanza Municipal al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA (INADUR) para su inclusion en el Archivo Nacional de Planes Urbanos. Registrese, comuniquese y cumplase. ROMEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23130

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