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PÆg. 236234 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de diciembre de 2002 RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor José Antonio Cáceres Ballón al cargo de VocalTitular de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, al Consejo Nacional de la Magistratura, Ofici- na de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Gerencia General delPoder Judicial y al interesado, para los fines correspon- dientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZWALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE CALDERÓN CASTILLO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE23094 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan prórroga de contrato de arrendamiento de inmueble que ocupa la sucursal del BCR en la ciudad dePuno, mediante proceso de adjudica-ción de menor cuantía RESOLUCIÓN DE EXONERACIÓN Nº 024-GG-2002 Lima, 26 de diciembre del 2002 VISTOS:El informe técnico anexo al Memorándum Nº G700- MA-2002-551 del 4 de diciembre del 2002, emitido por elJefe de la Sucursal Puno, en el que se señala la necesi- dad de prorrogar el contrato de arrendamiento del inmue- ble que ocupa la Sucursal del Banco en dicha ciudad, porel período de seis meses, por razones de ubicación, se- guridad y funcionalidad. El Memorándum Nº K000-MA-2002-1250 de la Ofici- na Legal del 17 de diciembre del 2002, en el que se opi- na que la prórroga del contrato de arrendamiento del lo- cal que ocupa la Sucursal en la ciudad de Puno debeefectuarse mediante una adjudicación de menor cuantía, ya que se configura la causal de exoneración a que se contrae el inciso g) del artículo 19 del Texto Único Orde-nado de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CONSIDERANDO QUE: En el informe técnico del exordio se señala que el Banco requiere prorrogar, por seis meses, el contrato de arrendamiento del local que ocupa la Sucursal del Bancoen la ciudad de Puno, ubicado en el Pasaje Miguel Grau Nº 270, toda vez que sus ambientes e instalaciones re- únen las condiciones de ubicación, seguridad y funcio-nalidad para desarrollar y ofrecer los servicios vincula- dos a sus funciones. En el precitado informe también se señala que el inmueble se encuentra ubicado frente al local del Banco de la Nación, cuyas bóvedas y ventanillas para atención de canje de numerario han sido cedidas en uso a estaInstitución, no existiendo otro próximo al local del men- cionado Banco que ofrezca las condiciones mínimas que se requieren, lo que ratifica la necesidad de arrendar eseinmueble. La renta mensual vigente al 31 de diciembre del presente año es de US $1 025,00. Para el período deprorroga, esto es entre el 1 de enero y el 30 de junio del 2003, ésta se incrementará a US$ 1 040,00, lo que noexcede el porcentaje del crecimiento del índice general de precios al por mayor y resulta altamente competitivo en el mercado inmobiliario de Puno. El marco jurídico en el que se realizan las contratacio- nes del Banco Central para la adquisición de bienes o para la contratación de servicios, está determinado por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modi-ficatorias. El inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,establece que están exonerados del proceso de adjudica- ción directa las contrataciones que se realicen para pro- rrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmue-bles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor. Conforme al Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuando por las causas que se menciona en el Artículo19º, se exonere una contratación del requisito de adjudi- cación directa, debe recurrirse al proceso de adjudica- ción de menor cuantía, debiendo tal exoneración apro-barse mediante resolución del Titular del Pliego de la Entidad. A tenor del Artículo 20º de la misma Ley y el Artículo 115 de su Reglamento, copia de la resolución que aprue- ba la exoneración y los informes que la sustentan deben ser remitidos dentro de los diez días calendario a laContraloría General de la República y publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su emisión o adopción, segúncorresponda. Lo expuesto precedentemente permite concluir que la prórroga del contrato de arrendamiento del local queocupa la Sucursal del Banco en la ciudad de Puno, se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso g) del Artícu- lo 19º de la citada Ley. El monto de la contratación determina la exoneración de un proceso de adjudicación directa, habiéndose cum- plido con las exigencias contenidas en el artículo 113ºdel Reglamento. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación directa la prórroga del contrato de arrendamiento del in-mueble ubicado en el Pasaje Miguel Grau Nº 270, Puno. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administra- ción para que, mediante un proceso de adjudicación demenor cuantía, prorrogue por seis meses, que se iniciará el 1 de enero y culminará el 30 de junio de 2003, el con- trato de arrendamiento del local que ocupa la Sucursalen la ciudad de Puno. La renta mensual que se pagará durante dicho período será de US$ 1 040, 00 (Mil cuarenta y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) concargo a los recursos de esta Institución. Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Dia- rio Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a laContraloría General de la República, conjuntamente con los informes que la sustentan. HENRY BARCLAY Gerente General 23074 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales contra presuntos responsa-bles de delitos en agravio de municipa-lidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 314-2002-CG Lima, 24 de diciembre de 2002 VISTO, el Informe Especial Nº 193-2002-CG/ORCH, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipa-