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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 143

PÆg. 236237 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de diciembre de 2002 Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño eco- nómico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntosjudiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los pre- suntos responsables comprendidos en el Informe de Vis-to; De conformidad con el artículo 22º inciso d), de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra-loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre- tos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y repre- sentación del Estado, inicie las acciones legales corres-pondientes por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los pre- suntos responsables comprendidos en el Informe de Vis-to, remitiéndosele para el efecto los antecedentes corres- pondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23009 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 317-2002-CG Lima, 26 de diciembre de 2002VISTOS, los Informes Especiales Nº 198-2002-CG/ ORCH y Nº 199-2002-CG/ORCH, resultantes del Exa-men Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad, período enero 1999 - junio 2001; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Con- trol de la Oficina Regional de Control Chiclayo, la Contralo- ría General de la República dispuso la ejecución de lacorrespondiente acción de control a la Municipalidad Dis- trital de Lucma, provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad, período enero 1999 - junio 2001, a fin dedeterminar si los recursos municipales se utilizaron con- forme a lo establecido en la normativa vigente, incidien- do en los procesos de abastecimiento, tesorería, perso-nal y obras; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control, la respectiva Comisión Auditora ha determi-nado que de los recursos percibidos durante el ejercicio 2000, por concepto de Fondo de Compensación Munici- pal, Canon Minero, Derecho de Vigencia de Minas yasignación adicional mensual directa con cargo al Fondo de Compensación Municipal, la municipalidad debió apli- car S/. 201 719,16 en gastos de inversión; sin embargo,sólo destinó a estos fines S/. 146 885,49, consecuente- mente durante el citado ejercicio se desviaron a gastos corrientes S/. 54 832,67, incumpliéndose con ejecutarobras presupuestadas, así como limitándose la ejecución de un mayor número de proyectos de inversión para el distrito; hechos que constituyen indicios razonables de lacomisión de delito de peculado en la modalidad de malversación, tipificado en el artículo 389º del Código Penal; Que, asimismo, la Comisión Auditora ha evidenciado que la entidad examinada ha utilizado recursos prove- nientes del endeudamiento interno en gastos de natura-leza corriente, por un total de S/. 29 095,58, tales como: pagos de planillas de remuneraciones, servicios de ase- soría contable y legal, dietas, viáticos, entre otros, ha-biendo asumido la municipalidad indebidamente el pago de intereses bancarios, por un importe de S/. 4 083,69, generando la aplicación distinta de los recursos que sedejen de ejecutar obras debidamente presupuestadas para el ejercicio 2001; hechos que constituyen indicios razonables de comisión del delito de peculado en la mo-dalidad de malversación, tipificado en el artículo 389º del Código Penal; Que, por otra parte, la Comisión Auditora ha deter- minado que durante el ejercicio 2000, la municipalidad auditada ejecutó gastos por S/. 14 932,50, los mismosque fueron autorizados y emitidos a través de recibos de egresos suscritos por el alcalde, sin que posteriormente se haya rendido cuenta o sustentado dichos desembol-sos con la documentación establecida por la normativa; habiéndose ocasionado perjuicio económico a la munici- palidad el cual debe resarcirse con arreglo a lo dispuestoen el artículo 1321º del Código Civil; Que, igualmente la Comisión Auditora ha evidenciado que durante el período Feb.99-Oct.2001, la Municipali-dad Distrital de Lucma, pago dietas por S/. 19 100,00, a los regidores, sin que hayan asistido efectivamente a las sesiones de concejo; habiéndose ocasionado perjuicioeconómico a la municipalidad, por el importe antes cita- do, el mismo que debe ser resarcido conforme a lo pre- visto en el artículo 1321º del Código Civil; Que, en consecuencia, habiéndose acreditado la exis- tencia de indicios de comisión de delito, así como daño económico en perjuicio de la entidad, encontrándoseinvolucrados autoridades, funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de Gran Chi- mú, departamento de La Libertad, que desempeñan ohan desempeñado función pública en la misma; corres- ponde a la Contraloría General de la República proceder conforme a sus atribuciones; Que, conforme lo dispuesto por la Segunda Disposi- ción Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República,aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de julio del 2002, el proceso integral de control iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley, se regirá por la normativaanterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22º inciso d), de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legalespertinentes en forma inmediata, por parte del Procu- rador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre dañoeconómico o presunción de ilícito penal, correspon- diendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de laRepública el inicio de las acciones legales respecti- vas contra los presuntos responsables comprendidos en los Informes de Vistos; y, De conformidad con el artículo 22º inciso d), de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra- loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre-tos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsablescomprendidos en los Informes de Vistos, remitiéndosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23010 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 318-2002-CG Lima, 26 de diciembre de 2002VISTOS, los Informes Especiales Nº 201-2002-CG/ ORCH y Nº 202-2002-CG/ORCH, resultantes del Exa-men Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Chiguirip, provincia de Chota, departamento de Cajamar- ca, período enero 2000 - diciembre 2001; y,