Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 136

PÆg. 236230 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de diciembre de 2002 parar las funciones correspondientes a los ítems de ins- pección requeridos (RII) de aquellas que corresponden a mantenimiento, mantenimiento preventivo y alteraciones. La organización de mantenimiento deberá estar hechode tal forma que se establezca una separación bien defi- nida entre las funciones de los ítems de inspección re- queridos (RII) con respecto a las funciones de manteni-miento, mantenimiento preventivo y alteraciones, y am- bas categorías de funciones deberán estar bajo el más alto nivel de control y responsabilidad administrativa dela organización. 135.425 Programas de mantenimiento, manteni- miento preventivo y alteraciones Cada poseedor de AOC deberá tener un Programa de Inspección aprobado o un Programa de Mantenimientode Aeronavegabilidad Continua que cubran los requeri- mientos de inspección, mantenimiento, mantenimiento preventivo y alteraciones, asegurando que: (a) El mantenimiento, mantenimiento preventivo y al- teraciones, realizado por el poseedor del AOC o por otraspersonas contratadas, se realiza de acuerdo con lo esta- blecido en el Manual General de Mantenimiento del po- seedor del AOC. (b) Sea provisto de personal competente, los medios y equipos necesarios para la correcta realización de las tareas de mantenimiento, mantenimiento preventivo y al-teraciones; y (c) Cada aeronave aprobada para el servicio está en condición de aeronavegabilidad y ha sido correctamentemantenida para operar bajo esta Parte. 135.427 Requisitos del Manual General de Mante- nimiento (a) Cada poseedor de AOC deberá incluir en su Ma- nual General de Mantenimiento el organigrama de la or-ganización requerida por la Sección 135.423 de esta Parte y una lista de las personas con las cuales ha realizado convenios o contratos para la ejecución de los ítems deinspección requeridos y otras tareas de mantenimiento, mantenimiento preventivo o alteraciones, incluyendo una descripción general de tales trabajos. (b) Cada poseedor de AOC deberá incluir en su Ma- nual General de Mantenimiento los programas requeri- dos en la Sección 135.425 de esta Parte, los que debe-rán ser usados para la realización del mantenimiento, mantenimiento preventivo y alteraciones de las aeronaves del poseedor de AOC, incluyendo estructuras, motores,hélices, rotores, accesorios, equipos de emergencia y par- tes; y que deberán incluir por lo menos lo siguiente: (1) El método para realizar el mantenimiento de rutina y no rutina (que no sean los ítems de inspección requeri- dos (RII)), mantenimiento, mantenimiento preventivo yalteraciones. (2) La designación de ítems de mantenimiento y alte- ración que deben ser inspeccionados como ítems de ins-pección requeridos (RII), incluyendo aquellos que de no ser realizados correctamente o si se usan materiales o partes incorrectas podrían dar como resultado fallas, malfuncionamientos o defectos que hagan peligrar la opera- ción segura de la aeronave. (3) El método para realizar las inspecciones requeri- das y para la designación (cargo ocupacional) de las per- sonas autorizadas a realizar cada ítem de inspección requerido (RII). (4) Procedimientos para la reinspección de trabajos realizados a consecuencia de novedades halladas pre- viamente durante la aplicación de los RII. (5) Procedimientos, estándares y limitaciones nece- sarios para los RII y los criterios de aceptación o recha- zo de los ítems que serán sometidos a inspección y paralas inspecciones periódicas de calibración de herramien- tas de precisión, dispositivos de medición y equipos de prueba. (6) Procedimientos para asegurar que todos los RII según los programas establecidos sean inspeccionados. (7) Instrucciones para prevenir que cualquier persona que realice cualquier trabajo de mantenimiento, luego lleve a cabo la inspección de los RII de ese mismo trabajo. (8) Instrucciones y procedimientos para evitar que una decisión de un Inspector (referida a cualquier requerimien- to de un RII) sea invalidada por una persona que no sea personal de inspección o no pertenezca al grupo o uni-dad de inspección o por una persona responsable del sistema de calidad (gerencia de aseguramiento de la ca- lidad). (9) Procedimiento para asegurar que los RII, mante- nimiento, mantenimiento preventivo y alteraciones que no se han terminado a causa de interrupción de trabajo, sean completadas correctamente antes que la aeronave seaaprobada para el retorno al servicio. (c) Cada poseedor de AOC incluirá en su Manual Ge- neral de Mantenimiento un sistema adecuado (el cual pue- de incluir un sistema codificado) para la retención de la siguiente información: (1) Una descripción de los trabajos realizados. (2) El nombre de la persona que realice el trabajo si éste es realizado por una persona que no pertenece a la organización del poseedor del AOC; y (3) El nombre u otra identificación aceptable para la DGAC de la persona que aprueba el trabajo. (c) El Manual Básico de Mantenimientos establecido en el párrafo 135.21(d) es un compendio de los procedi- mientos que, según corresponda, podrá reemplazar al Manual General de Mantenimiento. 135.429 Personal requerido para inspecciones (a) Ninguna persona puede usar a otra persona para efectuar inspecciones a los RII a menos que esté correc- tamente entrenada, calificada y autorizada para hacerla. (b) Ninguna persona puede permitir a ninguna otra efectuar una inspección a los RII a menos que, en ese período, la persona que efectúa esa inspección esté bajo la supervisión y control de una unidad de Inspección. (c) Ninguna persona puede realizar una inspección a los RII sobre in ítem si esta misma persona realizó el trabajo de mantenimiento requerido sobre dicho ítem. (d) En el caso de aeronaves a rotor que sean opera- das en sitios o zonas remotas, la DGAC puede aprobar procedimientos para efectuar inspecciones a los RII lle-vados a cabo por el piloto cuando no haya otra persona calificada disponible, previendo que: (1) El piloto sea empleado del poseedor del AOC. (2) Pueda demostrar satisfactoriamente a la DGAC que cada piloto autorizado a realizar inspecciones a losRII está apropiadamente entrenado y calificado. (3) La inspección al RII responda a una interrupción o falla mecánica y no forma parte del programa de mante-nimiento de aeronavegabilidad continua del poseedor del AOC. (4) Cada RII es inspeccionado después de cada vue- lo hasta que el ítem haya sido inspeccionado por un me- cánico apropiadamente certificado y que no sea aquel que originalmente realizó el ítem del trabajo; y (5) Cada ítem del trabajo que sea RII, y que es parte del sistema de controles de vuelo, deberá ser probado en vuelo y reinspeccionado antes que la aeronave estéaprobada para retornar al servicio. (e) Cada poseedor de AOC deberá determinar que cada persona con la cual se efectúa convenios para rea- lizar sus trabajos de inspección a RII, mantenga una lista actualizada de las personas que han sido entrenadas,calificadas y autorizadas para llevar a cabo inspecciones RII. Las personas serán identificadas por nombre, título ocupacional y las inspecciones que están autorizadas arealizar. El poseedor del AOC (o persona con la que hace con- venios para realizar sus inspecciones a RII) deberá en-tregar a cada persona autorizada información por escrito describiendo los deberes y responsabilidades y las limi- taciones de inspección para esa persona. La lista deberáestar disponible para ser inspeccionada por la DGAC. 153.431 Análisis y vigilancia continua (a) Cada poseedor de un AOC deberá establecer y mantener un sistema para el análisis y vigilancia conti- nua de la performance y la efectividad de su Programade Inspección y del programa que cubra el mantenimien- to, mantenimiento preventivo y alteraciones; para la co- rrección de cualquier deficiencia y la consecuenteoptimización de estos programas, independientemente de que sean realizados por el poseedor del AOC o por un tercero.