Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2002 (30/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 148

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 30 de diciembre de 2002

MORDAZA Electoral Especial de Yauyos que declara de oficio la nulidad de las elecciones municipales desarrolladas en el distrito de Catahuasi, provincia de Yauyos, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que la nulidad declarada por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos se sustenta en graves irregularidades que se habrian producido en el distrito de Catahuasi debido al incremento de electores respecto del padron electoral utilizado en las elecciones generales del 2001, habiendo hecho cambio de domicilio 125 personas, de las cuales sesenta y cuatro habrian simulado o senalado domicilios falsos en el distrito mencionado; Que no se ha presentado pruebas suficientes e idoneas que acrediten los hechos denunciados; no se ha senalado de que manera el incremento de electores habria variado el resultado de la votacion producida en el distrito de Catahuasi; y, mucho menos se ha identificado a la organizacion politica que habria sido favorecida con los votos de los electores que no residirian en la localidad ni se ha senalado a un responsable o instigador de los cambios de domicilio producidos; Que las actas electorales de las mesas de sufragio del distrito de Catahuasi, no han sido observadas ni impugnadas en cuanto a la validez de la votacion producida, cuyo resultado no ha sido impugnado por recurso alguno de las organizaciones politicas participantes del proceso; no encontrandose graves irregularidades que configuren alguna causal de nulidad de elecciones de las contenidas en los articulos 364º y 365º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, y articulo 36º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la Alianza Electoral Vamos Vecino; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 00507-2002-JNE/JEE-Y de fecha 10 de diciembre de 2002 emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos que declara de oficio la nulidad de las elecciones municipales desarrolladas en el distrito de Catahuasi, provincia de Yauyos, departamento de Lima; y, declarar valido el computo de la votacion municipal realizada en dicho distrito. Articulo Segundo.- Remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente Resolucion para el computo definitivo de resultados necesario para el tramite de proclamacion de resultados y de autoridades electas en la provincia de Yauyos y en el distrito de Catahuasi. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 23138 RESOLUCION Nº 1071-2002-JNE Expediente Nº 1937-2002-Apelacion MORDAZA, 23 de diciembre de 2002 Vista en Audiencia Publica de fecha 17 de diciembre de 2002, la apelacion de la Resolucion Nº 564-2002-JEECanete de 9 de diciembre de 2002, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Canete, interpuesta por el senor Freddy Otarola MORDAZA, personero legal de la organizacion politica nacional Peru Posible;

Que mediante la resolucion de vista, el MORDAZA Electoral Especial de Canete declaro por mayoria nula la eleccion municipal del distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, realizadas el 17 de noviembre ultimo, ordenando se realicen nuevas elecciones; Que, la resolucion venida en grado establece que el Padron Electoral correspondiente al distrito de MORDAZA, entre las elecciones generales del 2001 y las municipales del presente ano, evidencia un incremento de 492 electores, lo que representa un aumento del 20.15% del cuerpo electoral de dicho distrito; Que, con las Certificaciones Policiales de fs. 43 y 44, sobre constataciones domiciliarias se acredita que un grupo de ciudadanos no domicilian en las direcciones que aparecen en el Padron Electoral del RENIEC, que tuvo a la vista el personal de la Policia Nacional al momento de realizar la diligencia; Que, por tales consideraciones, el MORDAZA Electoral Especial de Canete arriba a la conclusion que la migracion de electores hacia el distrito de MORDAZA se ha efectuado con el objeto de distorsionar la votacion municipal; Que, no es posible establecer que la totalidad de cambios domiciliarios realizados con posterioridad al MORDAZA electoral del 2001 se han efectuado con el proposito de favorecer a una determinada lista en el presente MORDAZA electoral municipal; sin embargo de la revision de autos se constata que 125 electores, cuyos cambios domiciliarios son indebidos, se han concentrado en las mesas numero 226614, 223015 y 227584, esta MORDAZA mesa fusionada con la mesa 076802, como se acredita con la certificacion del Juez de Paz de Primera Nominacion del distrito de MORDAZA y la MORDAZA del Padron Electoral, instrumentales que corren de fojas 48 a 52, y de fojas 72 a 75; Que, las actas de escrutinio correspondientes a las mesas acotadas en el parrafo que antecede, fueron objeto de observacion por los personeros de mesa de las agrupaciones politicas Somos Peru, Renacimiento MORDAZA, Hora de Avanzar, UPP, Unidad Nacional, fundamentando la observacion en el hecho de existir una denuncia ante el Ministerio Publico, relacionado a los cambios de domicilio; Que, dichas anomalias encuadran en el presupuesto contemplado en el inciso B) del articulo 363º de la Ley Nº 26859, debiendose declarar la nulidad de las citadas mesas de sufragio; Por los fundamentos expuestos, y las consideraciones recogidas del MORDAZA singular, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la agrupacion nacional Peru Posible, en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 564-2002 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Canete; y REFORMANDOLA declarar nula la votacion municipal distrital de las mesas numero 226614, 223015 y 227584, esta MORDAZA mesa fusionada con la mesa 076802 del distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima; y valida la votacion provincial y regional de dichas mesas. Articulo Segundo.- Remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente Resolucion para el computo definitivo de resultados, necesario para el tramite de proclamacion de resultados de autoridades electas en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 23140

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