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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2002 (10/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 215424 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de enero de 2002 8. El presente Acuerdo se concierta en alemán y espa- ñol, siendo ambos textos igualmente auténticos. En caso de que el Gobierno de la República del Perú se declare conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 8, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituirán un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta." Además, tengo el honor de confirmar, en nombre del Gobierno de la República del Perú, el acuerdo antes trans- crito y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la pre- sente sean consideradas como las que constituyen un acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrará en vigor en la fecha de la presente Nota. Aprovecho la oportunidad para extender a Vuestra Ex- celencia las seguridades de mi más alta y distinguida con- sideración. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores EL EMBAJADOR DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Lima, 21-11-2001 Excmo. Dr. Diego García Sayán Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú Lima Señor Ministro: Con referencia a la nota verbal número 1031/2000 del 21 de diciembre de 2000, así como en cumplimiento del Convenio Básico sobre Cooperación Técnica concertado entre nuestros dos Gobiernos el 6 de junio de 1974, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguien- te Acuerdo: 1. El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú acuerdan el fomento de medidas destinadas a preparar y realizar las elecciones presidenciales y parlamentarias en el año 2001 y el apoyo a los procesos de transición en el marco del proyecto "Fondo para el proceso de transición". 2. El objetivo del proyecto consiste en crear importan- tes condiciones durante la fase de transición para el desa- rrollo del Estado de Derecho estable y democrático. 3. Aportaciones del Gobierno de la República Federal de Alemania: a) Apoyará medidas de Cooperación Técnica para las instituciones solicitantes del Estado y de la sociedad civil por un valor total de hasta 1.980.000,-- DM (en letras: un millón novecientos ochenta mil Deutsche Mark; equivalente en euros: un millón doce mil trescientos cincuenta y ocho euros). 4. El Gobierno del Perú presentará a través de la Em- bajada de la República Federal de Alemania en Lima solici- tudes para medidas individuales al Ministerio de Coopera- ción Económica y Desarrollo. 5. El Gobierno de la República Federal de Alemania asimismo podrá presentar propuestas al Gobierno de la República del Perú en el marco del presente Acuerdo. 6. Designación de los organismos ejecutores: a) El Gobierno de la República Federal de Alemania confía la realización de sus aportaciones a la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, Eschborn; b) El Gobierno de la República del Perú confía la reali- zación del proyecto a la Secretaría Ejecutiva de Coopera- ción Técnica Internacional (SECTI), Presidencia del Con- sejo de Ministros (PCM). La SECTI comunicará a la Deuts- che Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit qué ins- titución quedará encargada de la ejecución de las medidas individuales.7. Por lo demás, se aplicarán también al presente Acuer- do las disposiciones del arriba mencionado Convenio del 6 de junio de 1974. 8. El presente Acuerdo se concierta en alemán y espa- ñol, siendo ambos textos igualmente auténticos. En caso de que el Gobierno de la República del Perú se declare conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 8, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobier- no constituirán un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta. Aprovecho la ocasión para reiterar a Vuestra Excelen- cia el testimonio de mi más alta y distinguida considera- ción. HERBERT BEYER 0565 Autorizan viaje de funcionarios diplo- máticos a Ecuador y Chile como Correos de Gabinete RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0020-2002-RE Lima, 8 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que por razones del servicio existe la necesidad de autorizar el viaje de un funcionario diplomático como Co- rreo de Gabinete a la ciudad de Quito, República del Ecua- dor, del 9 al 10 de enero de 2002; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje como Correo de Gabinete al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Rolando Ruiz Rosas Cateriano, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 9 al 10 de enero de 2002. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 204,96, viáticos US$ 600,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25,00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores 0521 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0021-2002-RE Lima, 8 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que por razones del servicio existe la necesidad de autorizar el viaje de un funcionario diplomático como Co- rreo de Gabinete a la ciudad de Santiago, República de Chile, el 9 de enero de 2002; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje como Correo de Gabinete al Primer Secretario en el Servicio Diplomático