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Pág. 217383 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Consejería de la Embajada de Colombia, cursó invitación al Viceministro de Vivienda y Construcción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que integre la Misión Comercial que viajará a Bogotá, República de Colombia, con el objeto de conocer la experiencia en el desarrollo de programas so- ciales, proyectos de vivienda de interés social, el proyecto Metro - Vivienda, sistemas de financiamiento y reuniones con el sector privado; Que, atendiendo a dicha invitación y considerando la necesidad de una colaboración mutua entre Perú y Co- lombia en temas relacionados con programas sociales, el arquitecto Manuel Zubiate Vidal, Asesor Principal del Despacho del Viceministerio de Vivienda y Construcción, en su representación, viajó a la ciudad de Bogotá, Re- pública de Colombia, durante los días 29 al 31 de enero de 2002; Que, la asistencia al referido evento fue de interés para este Ministerio, ya que a través del Subsector Vivienda y Construcción se viene implementando programas socia- les relacionados con la vivienda, entre otros aspectos vin- culados a tales temas; Que, la Oficina Comercial de la Embajada de Colom- bia, Proexport, asumió los gastos que ocasionó el viaje del mencionado Asesor; Que, resulta necesario regularizar el viaje efectuado, en razón de que oportunamente no fue posible la autori- zación del mismo al no haberse previsto con anticipación en consideración a la fecha en que se tuvo conocimiento de la invitación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, el via- je del arquitecto Manuel Zubiate Vidal, Asesor Principal del Despacho del Viceministerio de Vivienda y Construcción, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 29 al 31 de enero de 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 3046 Establecen la conformación de Comi- sión Especial encargada de elaborar el Anteproyecto de Ley Nacional de Puertos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2002-MTC/15.01 Lima, 14 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que el Artículo Único de la Ley Nº 27648 prorroga el plazo establecido en el Artículo 1º de la Ley Nº 27396 para la promulgación de la Ley Nacional de Puertos hasta el 30 de abril de 2002, reiterándose el procedimiento encargado al Poder Ejecutivo para que el anteproyecto correspondiente sea formulado por la comisión especial, cuyas caracterís- ticas están establecidas en el Artículo 4º de la menciona- da norma; Que, el Artículo 4º de la Ley Nº 27396, dispone que el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción conformará una Comisión Especial encargada de elaborar el Anteproyecto de Ley Nacional de Puertos;Que, la referida Comisión Especial debe estar integra- da por representantes de los usuarios, gremios empresa- riales y gremio de trabajadores portuarios; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 083-2001- MTC/15.01 se conformó la Comisión Especial encargada de elaborar el Anteproyecto de Ley Nacional de Puertos, habiéndose incorporado a representantes de dos institu- ciones privadas mediante Resolución Ministerial Nº 166- 2001-MTC/15.02; Que, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde que la Comisión Especial conformada mediante las Reso- luciones Ministeriales antes citadas concluyó sus funcio- nes en el mes de setiembre, sin haber logrado su objeto, se ha visto por conveniente reconformar la composición de la Comisión Especial, dejando sin efecto las Resolucio- nes Ministeriales Nºs. 083-2001-MTC/15.01 y 166-2001- MTC/15.02; Que, asimismo siendo responsabilidad del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción cumplir con el encargo conferido dentro del plazo establecido en la Ley Nº 27648, es necesario determinar el plazo con que contará la Comisión Espe- cial para entregar un Anteproyecto de Ley Nacional de Puertos para que sea remitido a las Fuerzas Armadas para opinión previo a su entrega al Congreso de la Re- pública; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27396 y 27648 y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Minis- teriales Nºs. 083-2001-MTC/15.01 y 166-2001-MTC/15.02. Artículo 2º.- Conformar la Comisión Especial encar- gada de elaborar el Anteproyecto de Ley Nacional de Puertos, la misma que estará integrada de la siguiente manera: - El Viceministro de Transportes del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, quien la presidirá; - Un representante del Ministerio de Economía y Finan- zas; - Un representante del Organismo Supervisor de la In- fraestructura de Uso Público - OSITRAN; - Un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Inte- lectual - INDECOPI; - Un representante del Frente Nacional de Trabajado- res de Enapu S.A. - FENTENAPU; - Un representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP; - Un representante de la Cámara Nacional de Comer- cio, Producción y Servicios; - Un representante del Consejo Nacional de Usuarios del Sistema de Distribución Física Internacional de Mer- cancías - CONUDFI; - Un representante de la Asociación Peruana de Agen- tes Marítimos - APAM, de la Asociación de Operadores Portuarios - ASPOR, de la Asociación de Armadores del Perú, de la Asociación Marítima del Perú y de la Asocia- ción de Terminales de Almacenamiento. Artículo 3º.- Las instituciones y gremios a que se re- fiere el artículo precedente, deberán proponer a sus repre- sentantes y alternos en un plazo no mayor a cinco (5) días calendario. Artículo 4º.- La Comisión Especial contará con una Se- cretaría Técnica a cargo de la Oficina General de Ase- soría Jurídica del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción. Artículo 5º.- El Presidente de la Comisión Especial, cuando lo considere necesario, podrá solicitar o recibir la opinión de entidades públicas o instituciones privadas no representadas de acuerdo al Artículo 1º. Artículo 6º.- El plazo para la elaboración del Ante- proyecto de la Ley Nacional de Puertos conformada me- diante esta resolución vencerá indefectiblemente el 30 de marzo de 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 3139