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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (09/06/2002)

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Pág. 224355 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de junio de 2002 Visto el expediente de registro Nº CE-00163001 de fe- chas 8 de abril y 9 de mayo del 2002, presentado por EMPRESA PESQUERA FLOR DE ILO S.R.L. CONSIDERANDO: Que el Artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la opera- ción de cada planta de procesamiento, la transferencia en pro- piedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante Resolución Directoral Nº 086-2002-PE/ DNEPP de fecha 19 de marzo de 2002, se aprobó el cambio del titular de la licencia de operación otorgada a la empresa FIORENTINA S.A., mediante Resolución Directoral Nº 050- 2001-PE/DNPP de fecha 23 de febrero del 2001, a favor de CONSORCIO PESQUERO LOS DELFINES S.A.C., para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidro- biológicos para la producción de harina de pescado en su establecimiento industrial pesquero ubicado a la altura del Km. 441 de la Carretera Panamericana Norte, distrito y pro- vincia de Santa, departamento de Ancash, con una capaci- dad instalada de 31 t/h de procesamiento de materia prima, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que a través de los escritos del visto, EMPRESA PES- QUERA FLOR DE ILO S.R.L., solicita el cambio del titular de la licencia de operación otorgada a CONSORCIO PES- QUERO LOS DELFINES S.A.C en virtud al Contrato de Arrendamiento del establecimiento industrial pesquero ci- tado en el considerando anterior por un período de 5 años, celebrado por ambas empresas el 3 de abril del 2002; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recurren- te ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 27 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 020- 2001-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular de la licencia de operación solicitada; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera mediante Informe Nº 155-2002-PE/DNE- PP-Dap, y con la conformidad de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Artículo 2º del De- creto Supremo Nº 004-2002-PE; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar hasta el 3 de abril del 2007, el cam- bio de titular de la licencia de operación otorgada a CONSOR- CIO PESQUERO LOS DELFINES S.A.C., mediante Resolu- ción Directoral Nº 086-2002-PE/DNEPP del 19 de marzo del 2002, a favor de EMPRESA PESQUERA FLOR DE ILO S.R.L., para que se dedique a la actividad de procesamiento pesque- ro, a través de su planta de harina de pescado, en su estable- cimiento industrial pesquero ubicado a la altura del Km. 441 de la Carretera Panamericana Norte, distrito y provincia de Santa, departamento de Ancash, con una capacidad instala- da de 31 t/h de procesamiento de materia prima, en los mis- mos términos y condiciones en que fue otorgada. Artículo 2º.- EMPRESA PESQUERA FLOR DE ILO S.R.L., deberá operar su planta de harina de pescado con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad higiene y seguridad indus- trial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la acti- vidad pesquera; asimismo deberá contar con un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del produc- to final, así como deberá poner en operación los equipos y/o sistemas de mitigación verificados por la Dirección de Medio Ambiente, según se señala en la Constancia de Verificación Nº 09-2000-PE/DIREMA del 20 de marzo del 2000. Artículo 3º.- Modificar hasta el 3 de abril del 2007, la titularidad de la licencia de operación otorgada a CONSOR- CIO PESQUERO LOS DELFINES S.A.C., mediante Reso- lución Directoral Nº 086-2002-PE/DNEPP del 19 de marzo del 2002. Artículo 4º.- Incorporar a EMPRESA PESQUERA FLOR DE ILO S.R.L., en el anexo IV-B de la Resolución Ministe- rial Nº 023-2001-PE, como titular de la planta de harina de pescado ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el primer artículo, excluyendo a CONSORCIO PESQUERO LOS DELFINES S.A.C., de dicho anexo.Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Regional de Pesquería de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS LILIANA ROCHA FREYRE Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (e) 10250 PROMUDEH Prorrogan plazo otorgado a la Comisión Consultiva Multisectorial para la emisión de propuesta final de modificaciones al Código de los Niños y Adolescentes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2002-PROMUDEH Lima, 7 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 340-2001-PRO- MUDEH de fecha 10 de diciembre de 2001, se constituyó la Comisión Consultiva Multisectorial encargada de analizar y elaborar una propuesta final de modificaciones del Código de los Niños y Adolescentes en un plazo no mayor de no- venta (90) días contados a partir de la publicación de la citada Resolución; Que, por Resolución Suprema Nº 018-2002-PROMUDEH de fecha 27 de marzo de 2002, se prorrogó por setenta y cinco (75) días calendario, el plazo para que la mencionada Comisión Consultiva Multisectorial emita la Propuesta Final de modificaciones al Código de los Niños y Adolescentes; Que, la citada Comisión Consultiva Multisectorial ha solicitado el otorgamiento de una prórroga para concluir con la Propuesta Final de modificaciones al Código de los Ni- ños y Adolescentes; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMU- DEH, Resolución Suprema Nº 340-2001-PROMUDEH; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por treinta (30) días calendario, el plazo otorgado por Resolución Suprema Nº 018-2002- PROMUDEH a la Comisión Consultiva Multisectorial cons- tituida por Resolución Suprema Nº 340-2001-PROMUDEH, para la emisión de la Propuesta Final de modificaciones al Código de los Niños y Adolescentes. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Hu- mano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 10307 Aprueban donación de bienes efectuada a favor de la Fundación "Cuna Nazareth" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 332-2002-PROMUDEH Lima, 5 de junio de 2002 Vistos la Escritura de Donación de fecha 20 de marzo de 2002, emitido por la Institución Alands Fredsförening-