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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (09/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 224370 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de junio de 2002 § Oxígeno Disuelto (OD) § pH § Sólidos Totales Disueltos (STD) § Temperatura § Turbidez § Sólidos Suspendidos Totales Sustancias tóxicas, orgánicos y plaguicidas Metales Pesados Otros: § Compuestos de Nitrógeno (Amonio, Nitratos, Nitritos y Nitrógeno Total) § Compuestos de Fósforo (fosfatos, fósforo total) § Compuestos de Azufre (sulfatos, sulfitos, ácido sulfhí- drico) § Parámetros Organolépticos: Olor y material flotante § Hidrocarburos Plazo: Diciembre del 2002 Resultado: Proyecto de norma modificatoria de la Le- gislación de Aguas Composición del GESTA Entidad responsable: El GESTA de ECA de agua es- tará bajo la coordinación de DIGESA e INRENA, bajo una secretaría técnica colegiada, quienes serán responsables de convocar y dirigir las sesiones, así como de sintetizar las propuestas, las que serán presentadas al CONAM. Los grupos ya en marcha para la definición de los distin- tos parámetros y valores del ECA de Agua, así como la propuesta de estrategia de aplicación del mismo, estarán a cargo de las siguientes instituciones: GRUPOS DE TRABAJO INSTITUCIÓN COORDINADORA Grupo 1: Abastecimiento de poblaciones y usos recreacionales DIGESA Grupo 2: Cultivo, crianza y/o extracción de especies de flora y fauna MIPE Grupo 3: Agricultura, crianza y explotación de animales INRENA Grupo 4: Energético, transportes, industriales y mineros SONAMINPET Grupo 5: Áreas de protección Ambiental INRENA Grupo 6: Lineamientos y Estrategia CONAM Estos grupos podrán ser redefinidos, de acuerdo a la decisiones que se tomen en el pleno del GESTA. Los representantes de las instituciones nombrados a la fecha podrán continuar con la representación, a menos que la institución decida nombrar nuevos representantes. Secretaría Técnica Colegiada: DIGESA e INRENA i.Consejo Nacional de Ambiente – CONAM ii.Dirección General de Capitanías y Guardacostas – Ministerio de Defensa iii.Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú iv.Instituto del Mar del Perú v.Instituto Nacional de Recursos Naturales vi.Ministerio de Educación vii.Ministerio de Energía y Minas viii.Ministerio de Pesquería ix.Ministerio de Salud – Dirección General de Salud Ambiental x.Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales xi.Ministerio del Interior - DIPOLTURE xii.Municipalidad Metropolitana de de Lima xiii.Municipalidades Provinciales de Arequipa, El Callao, Maynas y Trujillo xiv. Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología xv.Servicio Nacional de Sanidad Agraria Superintenden- cia Nacional de Servicio de Saneamiento xvi.Dos representantes de la Universidad Peruana xvii.Colegio Médico del Perú xviii.Colegio de Economistas del Perú xix.Representante de las ONG’s xx.Sociedad Nacional de Industria xxi.Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía xxii.Sociedad Nacional de Pesquería xxiii.Viceministerio de Saneamiento xxiv.Viceministerio de ViviendaAsesores: Centro Panamericano de Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Ambiente (CEPIS) Oficina Panamericana de la Salud (OPS) Los mecanismos de asesoría que se acuerden entre el CONAM y la Asamblea Nacional de Rectores ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA RUIDO: La propuesta considerará al menos los siguientes ele- mentos: • Grupos vulnerables y ambiente a proteger • Metodología de muestreo y análisis • Estimación preliminar de costos y beneficios del mejo- ramiento de la calidad • Referencia del nivel de riesgo (estudios de OMS y otros) • Riesgo aceptable • Diseño de una estrategia de gestión y perfiles de pro- yectos, lineamientos de plan de acción e instrumentos de financiación Plazo: Octubre del 2002 Resultado: Proyecto de Norma sobre ruido Composición del GESTA Entidad responsable: el GESTA del ECA de ruido con- tinuará su trabajo bajo la coordinación de DIGESA Secretario Técnico: DIGESA i.Consejo Nacional de Ambiente – CONAM ii.Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología iii.Ministerio de Agricultura - INRENA iv.Ministerio de Energía y Minas v.Ministerio de Salud – Dirección General de Salud Ambiental vi.Ministerio de Trabajo vii.Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción viii.Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales ix.Municipalidad Metropolitana de Lima x.Municipalidad Provinciales de Arequipa, El Callao, Maynas y Trujillo. xi.Ministerio del Interior - DIRPOLTURE xii.Asociación de Representantes Automotrices del Perú xiii.Colegio Médico del Perú xiv.Representante de las organizaciones de vecinos xv.Representante de las ONG’s Asesor: Los mecanismos de asesoría que se acuerden entre el CONAM, DIGESA y la Asamblea Nacional de Rectores ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA RA- DIACIONES NO IONIZANTES: Instalación del Gesta de Radiaciones No Ionizantes: Julio del 2002 Objetivo: Desarrollo de estudios de orientación sobre el problema • Diagnóstico de las fuentes de radiación no ionizante • Población en riesgo e identificación de grupos más vulnerables. Plazo: Diciembre del 2002 Resultado: Estudio elaborado Composición del GESTA Entidad responsable: El GESTA de Radiaciones no Io- nizantes estará bajo la coordinación de DIGESA Asesor: Instituto Nacional de Investigación y capacitación de Te- lecomunicaciones (INICTEL) Los mecanismos de asesoría que se acuerden entre el CONAM, DIGESA y la Asamblea Nacional de Rectores LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIONES EN EL SECTOR INDUSTRIAL Responsable: Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales