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Pág. 224357 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de junio de 2002 ORGANISMOS AUTÓNOMOS S B S Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas el traslado de agencia ubica- da en el distrito de San Juan de Miraflo- res, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 497-2002 Lima, 30 de mayo del 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas -BIF- para que se le autorice el traslado de la Agencia ubicada en Av. San Juan Nºs. 965, 965ª y 967 dis- trito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima al local ubicado en Av. Los Héroes Nº 504, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, y el de la Agencia ubicada en Av. Oscar R. Benavides Nº 5795, distrito de Carmen de la Legua, Provincia Consti- tucional del Callao, departamento de Lima al local ubicado en calle Omega Nº 181, distrito de Carmen de la Legua, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido; Estando a lo informado por el Departamento de Evalua- ción del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF- "A"-060-OT/2002; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº 1996-97, con la Reso- lución SBS Nº 003-98 y con la Resolución Nº 034-02; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas -BIF- el traslado de la Agencia ubicada en Av. San Juan Nºs. 965, 965ª y 967 distrito de San Juan de Miraflo- res, provincia y departamento de Lima al local ubicado en Av. Los Héroes Nº 504, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, y el de la Agencia ubica- da en Av. Oscar R. Benavides Nº 5795, distrito de Carmen de la Legua, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima al local ubicado en calle Omega Nº 181, distrito de Carmen de la Legua, Provincia Constitucio- nal del Callao, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 10312 Autorizan a la Caja Municipal de Cré- dito Popular de Lima la apertura de ofi- cinas especiales en el Cercado de lima y en el distrito del Rímac RESOLUCIÓN SBS Nº 512-2002 Lima, 3 de junio de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima para que se le autorice la apertura de dos (2) oficinas especiales ubicadas en las instalaciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sito en el jirón Conde de Superunda Nº 141 - Cercado de Lima, provincia y depar- tamento de Lima y la otra en las instalaciones del Serviciode Taxi Metropolitano - SETAME, ubicado en Vía de Evitamiento Km. 6.5 Piedra Liza - Rímac; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evalua- ción del Sistema Financiero "F" mediante Informe DESF "F" Nº 070-2002/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular SBS Nº CM-184-97, el proce- dimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 034- 2002 del 11 de enero de 2002; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar en vías de regularización, a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima, la apertura de dos oficinas especiales ubicadas en las instalaciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sito en el jirón Conde de Superunda Nº 141 - Cercado de Lima, provincia y depar- tamento de Lima y la otra, en las instalaciones del Servicio de Taxi Metropolitano - SETAME, ubicado en Vía de Evitamiento Km. 6.5 Piedra Liza - Rímac. Artículo Segundo.- Las oficinas especiales se en- cuentran autorizadas para brindar el servicio de cobro / re- caudación de tributos municipales. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 10285 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SBS Nº 505-2002 Mediante Oficio Nº 11585-2002, la Superintendencia de Banca y Seguros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución SBS Nº 505-2002, publicada en nuestra edición del día 4 de junio de 2002, en la página 224142. - En el Artículo 9º del Reglamento Debe sustituirse la numeración publicada 1,1,2,3,4 por la correlativa del 1 al 5. - En la quinta línea del numeral 1 del Artículo 12º del Reglamento DICE: "este último de acuerdo a lo señalado en el Artículo 8º" DEBE DECIR: "este último de acuerdo a lo señalado en el Artículo 9º" - En la séptima y octava líneas del Artículo 19º del Re- glamento DICE: "dispuestos en el Artículo 8º" DEBE DECIR: "dispuestos en el Artículo 9º" - En el Anexo Nº 2 Reporte Nº 23 "Exposición al Riesgo País" Sustituir en los nombres de las siguientes columnas: "Distribución de montos de la columna 1 por Tipo de Deu- dor", "Distribución de montos de la columna 1 por Plazo al Vencimiento", "Operaciones exentas de provisiones por ries- go país (incluidas en las columnas 1 y 9)", las referencias a la columna "1" por la "2" y la referencia a la columna "9" por la "10", respectivamente. 10252