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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (09/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 224359 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de junio de 2002 ANEXOS Sustituir la Sección I del Anexo 1 por: MODELO DE SOLICITUD DE RESTITUCIÓN DE DERECHOS ARANCELARIOS AD-VALÓREM SECCIÓN I Sr.(a) Intendente de la Aduana S.I. .........................................................................................................................; (Nombre o Razón Social de la Empresa) identificada con ................, con domicilio  fiscal en ........................................, Distrito.................., Provincia de......................., Departamento de.......................,  debidamente representada por ............................................, con poder inscrito en la ficha Nº............... del Registro Mercantil de .........................................., e identificado(a) con .............................., ante usted nos presentamos para expo- ner lo siguiente: Que, en nuestra condición de empresa productora - exportadora es nuestro deseo acogernos a la restitución simplificada de derechos arancelarios Ad-Va- lórem, a que se refiere el D.S. Nº 104-95-EF y sus normas complementarias, por cuanto los productos que exportamos, cumplen con los requisitos señalados en el citado Decreto Supremo, debiendo indicar que tales productos han sido fabri- cados/elaborados/producidos en:.......................................................................... (señale la ubicación del centro de producción propio o de terceros, de ser el caso) (1) TOTAL FOB SUJETO A RESTITUCION US $ ................................................ .................................................... dólares de los Estados Unidos de Norteaméri- ca. (indicar la cifra en letras) (2) En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 2º de la R.M. Nº 156-98-EF/ 10, para calcular el valor FOB sujeto a restitución, adicionalmente a las deduc- ciones señaladas en el D.S. Nº 104-95-EF, se ha deducido el costo del oro con- tenido en el producto de exportación por un monto que asciende a US$........................... dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. (5) En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3º del D.S. Nº 104-95-EF modificado por el D.S. Nº 072-2001-EF, declaro que constituyéndonos en una empresa vinculada según el Art. 24º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, la suma de las exportaciones de las empresas que forman parte de este conjunto económico no supera el límite establecido. En este sentido, DECLARO BAJO JURAMENTO que en la producción del bien sujeto al beneficio han intervenido insumos importados cuyo valor CIF en el producto exportado no supera el 50% del valor FOB del mismo, de acuerdo al detalle de la Sección II: Relación de Insumos Importados que forma parte de la presente solicitud. Asimismo DECLARO BAJO JURAMENTO no haber hecho uso de Regímenes Temporales y/o de Perfeccionamiento Activo, así como de Franquicias Aduaneras Especiales y/o exoneraciones o rebajas arancelarias de cualquier tipo. Agradeciendo anticipadamente la atención que presta a la presente, quedo de usted. Atentamente, ................................................................................................... Nombre, firma y sello del Solicitante o Rep.Legal de la Empresa  (3) REDENCION___ (4) GARANTIA___ Instrucciones de la Sección I (1) Indicar el valor FOB total sujeto a restitución por la Declaración de Exporta- ción o las Declaraciones que se acompañen; debiendo elaborar una Rela- ción de Insumos Importados por cada una de ellas. (2) Párrafo a ser incorporado sólo por las empresas cuyos productos de expor- tación tienen un contenido de oro en cualquier proporción. (3) Marcar con un aspa (X) si solicita la redención de la Nota de Crédito, es decir la entrega de Cheque No Negociable.(4) Marcar con un aspa (X) si adjunta a la solicitud una Garantía (5) Párrafo a ser incorporado sólo por las empresas exportadoras que son vinculadas Reemplazar Anexo 2 ANEXO 2 : MODELO DE CARTA PODER Fecha, Señor(a) Intendente de la Aduana S.I. ................................................................................................................................................................... (Nombre o Razón Social de la Empresa) identificada con ............................................................, con domicilio en ..................................................................... debidamente representada por el Sr....................................................identificado con D.N.I. ................................. según poder inscrito en...................................., autoriza al Sr ................................ con D.N.I. ......................., a fin que recepcione o endose la Nota de Crédito o retire los cheques girados a nuestro nombre, por concepto de Restitución de Derechos Arancelarios. Agradeciendo la atención que se servirán brindar a la presente, Atentamente, ....................................................................................... Nombre, firma y sello del representante de la empresa Artículo 2º.- Modifíquese el Procedimiento General de "Exportación Definitiva" INTA-PG.02 (V.3), como se indica SECCION VI Modifíquese último párrafo del numeral 6 por lo si- guiente: "Salvo cuando se trate de errores al indicar el número de RUC, error en la subpartida nacional debido a incorrecta clasificación del producto , asimismo se aceptará desdobla- miento o apertura de serie, siempre que las mercancías se encuentren declaradas en la Orden de Embarque. Para el efecto el Despachador de Aduana solicita la rectificación de la subpartida nacional mediante transmisión por vía elec- trónica". SECCIÓN VII, LITERAL A Sustitúyase el numeral 42 por lo siguiente: 42. La rectificación de la subpartida nacional consigna- da en la Orden de Embarque, como consecuencia de lo señalado en el numeral 6 de la sección VI, previa a la nu- meración de la DUA, se solicita mediante transmisión por vía electrónica, no generándose sanción alguna. El SIGAD valida dicha información dándole la conformidad con la modificación de los datos de la Orden de Embarque que es transmitida por el mismo medio al Despachador de Adua- na. SECCIÓN VII, LITERAL B1) EXPORTACIÓN A TRAVES DE TERCEROS (COMISIONISTAS) Agréguese segundo párrafo al numeral 2 "Cuando los productores - exportadores soliciten aco- gerse al procedimiento simplificado de restitución de de- rechos arancelarios Ad valorem, deben consignar en la columna "Nº Serie" del Anexo 3 la serie solicitada con beneficio. Previamente el intermediario comercial a tra- vés del Despachador de Aduana debe cumplir con lo señalado en la Sección VII, Literal A numeral 1 del INTA- PG.07".