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Pág. 225561 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de junio de 2002 VISTO: El proyecto de directiva de Requisitos de Documentación necesarios para el ingreso de personal al Poder Judicial, pre- sentado por la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial; CONSIDERANDO: Que, siendo necesario establecer los lineamientos necesa- rios que permitan a los diferentes Distritos Judiciales, Oficinas de Control y demás dependencias del Poder Judicial uniformi- zar la documentación personal que debe presentar toda perso- na ingresante o reingresante al Poder Judicial; y, De conformidad con las facultades previstas en la Re- solución Administrativa Nº 161-2002-CE-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 008-2002- GG-PJ de Requisitos de Documentación necesarios para el ingreso de personal al Poder Judicial. Artículo Segundo.- Encargar a los Presidentes y Ad- ministradores de la Corte Suprema y de las Cortes Supe- riores de la República, a la Gerencia de Personal y Escala- fón Judicial, la ejecución y cumplimiento de lo dispuesto en la directiva aprobada por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO KEIL ROJAS Gerente General DIRECTIVA Nº 008-2002-GG-PJ REQUISITOS DE DOCUMENTACIÓN NECESARIOS PARA EL INGRESO DE PERSONAL AL PODER JUDICIAL 1. OBJETO Establecer los lineamientos necesarios que permitan a los diferentes Distritos Judiciales, Oficinas de Control y de- más dependencias del Poder Judicial uniformizar la docu- mentación personal que debe presentar toda persona in- gresante o reingresante al Poder Judicial. 2. FINALIDAD La presente directiva tiene como finalidad lo siguiente: 2.1 Fomentar una buena imagen de nuestra institución. 2.2 Brindar un adecuado servicio al personal ingresante y, por ende, a todos los distritos judiciales y dependencias del Poder Judicial. 2.3 Verificar la idoneidad del personal ingresante. 2.4 Asegurar a los Sistemas Informáticos de Recursos Humanos de la Institución, contar con toda la información necesaria para realizar una adecuada gestión de personal. 3. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio de: 3.1 La Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República. 3.2 Las Oficinas de Administración de los Distritos Judi- ciales y de la Gerencia General del Poder Judicial. 3.3 Las Oficinas Administrativas, o quien haga sus ve- ces, de los órganos de control y demás dependencias ad- ministrativas o jurisdiccionales del Poder Judicial. 4. BASE LEGAL 4.1 Ley Orgánica del Poder Judicial y su modificatoria la Ley Nº 27465. 4.2 Decreto Legislativo Nº 276, "Ley de Bases de la Carrera Administrativa". 4.3 Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, "Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa". 4.4 Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Texto Único Orde- nado del Decreto Legislativo Nº 728, "Ley de Productividad y Competitividad Laboral". 4.5 Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General". 4.6 Ley Nº 26771, "Establecen prohibición de ejercer facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público en casos de parentesco". 4.7 Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, "Aprueban Reglamento de la Ley que establece prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público, en casos de parentesco". 4.8 Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM, "Modifican Reglamento de la Ley que estableció prohibición de ejercerla facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público, en casos de parentesco". 4.9 Resolución Administrativa Nº 071-2002-CE-PJ, so- bre Nepotismo. 4.10 R.A. Nº 305-96-SE-TP-CME-PJ, "Reglamento In- terno de Trabajo". 4.11 R.A. Nº 206-98-SE-TP-CME-PJ, "Reglamento de Selección y Contratación de Personal Administrativo y Auxi- liar Jurisdiccional del Poder Judicial". 5. VIGENCIA A partir de la fecha de suscripción de la Resolución Ad- ministrativa que apruebe la presente Directiva. 6. NORMAS GENERALES 6.1 Para proceder a la Contratación de nuevo personal en el Poder Judicial, la Subgerencia de Procesos Técnicos de Personal, a través de su Área de Ingresos, Selección y Evaluación de Personal, verificará: 6.1.1 Que el ingresante cumpla con los requisitos míni- mos, de perfil profesional, experiencia e idoneidad, exigi- dos para el puesto de trabajo a cubrir y que no se encuen- tre impedido de ser contratado por cualquiera de las cau- sales de nepotismo que señala la normatividad vigente. 6.1.2 Para el personal sujeto al Régimen del Decreto Legislativo Nº 276: - Dispositivo Legal de Nombramiento: Resolución Admi- nistrativa del Consejo Nacional de la Magistratura, Resolución Administrativa de Designación expedida por la Presidencia del Poder Judicial o de la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia (en el caso de magistrados suplentes y encargatu- ras, de conformidad con la política presupuestal vigente), ade- más del Acta de Juramento respectiva. 6.1.3 Para el personal sujeto al Régimen Laboral de la Actividad Privada: - Resolución Administrativa de la Gerencia General, de designación, contratación o autorización de contratación. 6.2 Una vez que la Oficina de Ingresos, Selección y Eva- luación (ISE), cuente con los documentos de autorización señalados, haya verificado la procedencia de contratación por no encontrarse dentro de las causales de nepotismo y, para poder figurar en la Planilla de Haberes, el nuevo per- sonal, o personal reingresante, deberá haber presentado la siguiente documentación personal: 6.2.1.1 Currículum Vitae documentado y fedateado. 6.2.1.2 Ficha de Ingreso de Personal para el Área de Escalafón. 6.2.1.3 Ficha de Ingreso para el Área de Remunera- ciones. 6.2.1.4 Partida de Nacimiento original o fedateada. 6.2.1.5 Partida de Matrimonio, en los casos que corres- ponda. 6.2.1.6 Copia del DNI legalizado o fedateado. 6.2.1.7 Formato de Apertura de Cuenta para el Banco de la Nación. 6.2.1.8 Declaración Jurada de Elección de Sistema de Pensiones. 6.2.1.9 Declaración Jurada de Incompatibilidad y Nepo- tismo. 6.2.1.10 Declaración Jurada de Incompatibilidad para desempeño de Función Pública. 6.2.1.11 Declaración Jurada de Bienes y Rentas (en el caso de magistrados y funcionarios). 6.2.1.12 Declaración Jurada de no encontrarse requisi- toriado. 6.2.1.13 Certificado de Salud, expedido por el Área de Salud respectiva. 6.2.1.14 Certificado de Antecedentes Policiales * 6.2.1.15 Certificado de Antecedentes Penales * Cabe resaltar, que tratándose de ingresos de nuevos ma- gistrados es necesario que, además de lo señalado se remita, adjunta a la Resolución Administrativa de Designación, copia fedateada del Acta de Juramento respectiva, según lo estipula el Artículo 227º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por otro lado, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27444 (Art. 41º numeral 41.1.3), Ley de Procedi- miento Administrativo General, y conscientes de la realidad socioeconómica del país, los Certificados de Antecedentes Penales y Policiales, dado el costo que representan para los trabajadores, podrán ser reemplazados, por un plazono mayor de 30 días calendario contados a partir de la fe- cha de ingreso, por una Declaración Jurada del Trabajador