Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2002 (29/06/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 29 de junio de 2002
VISTO:

NORMAS LEGALES

Pag. 225561

El proyecto de directiva de Requisitos de Documentacion necesarios para el ingreso de personal al Poder Judicial, presentado por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial; CONSIDERANDO: Que, siendo necesario establecer los lineamientos necesarios que permitan a los diferentes Distritos Judiciales, Oficinas de Control y demas dependencias del Poder Judicial uniformizar la documentacion personal que debe presentar toda persona ingresante o reingresante al Poder Judicial; y, De conformidad con las facultades previstas en la Resolucion Administrativa Nº 161-2002-CE-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 008-2002GG-PJ de Requisitos de Documentacion necesarios para el ingreso de personal al Poder Judicial. Articulo Segundo.- Encargar a los Presidentes y Administradores de la Corte Suprema y de las Cortes Superiores de la Republica, a la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial, la ejecucion y cumplimiento de lo dispuesto en la directiva aprobada por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KEIL MORDAZA Gerente General DIRECTIVA Nº 008-2002-GG-PJ REQUISITOS DE DOCUMENTACION NECESARIOS PARA EL INGRESO DE PERSONAL AL PODER JUDICIAL 1. OBJETO Establecer los lineamientos necesarios que permitan a los diferentes Distritos Judiciales, Oficinas de Control y demas dependencias del Poder Judicial uniformizar la documentacion personal que debe presentar toda persona ingresante o reingresante al Poder Judicial. 2. FINALIDAD La presente directiva tiene como finalidad lo siguiente: 2.1 Fomentar una buena imagen de nuestra institucion. 2.2 Brindar un adecuado servicio al personal ingresante y, por ende, a todos los distritos judiciales y dependencias del Poder Judicial. 2.3 Verificar la idoneidad del personal ingresante. 2.4 Asegurar a los Sistemas Informaticos de Recursos Humanos de la Institucion, contar con toda la informacion necesaria para realizar una adecuada gestion de personal. 3. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio de: 3.1 La Oficina de Administracion de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. 3.2 Las Oficinas de Administracion de los Distritos Judiciales y de la Gerencia General del Poder Judicial. 3.3 Las Oficinas Administrativas, o quien haga sus veces, de los organos de control y demas dependencias administrativas o jurisdiccionales del Poder Judicial. 4. BASE LEGAL 4.1 Ley Organica del Poder Judicial y su modificatoria la Ley Nº 27465. 4.2 Decreto Legislativo Nº 276, "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". 4.3 Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, "Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". 4.4 Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, "Ley de Productividad y Competitividad Laboral". 4.5 Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General". 4.6 Ley Nº 26771, "Establecen prohibicion de ejercer facultad de nombramiento y contratacion de personal en el Sector Publico en casos de parentesco". 4.7 Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, "Aprueban Reglamento de la Ley que establece prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el Sector Publico, en casos de parentesco". 4.8 Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM, "Modifican Reglamento de la Ley que establecio prohibicion de ejercer

la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el Sector Publico, en casos de parentesco". 4.9 Resolucion Administrativa Nº 071-2002-CE-PJ, sobre Nepotismo. 4.10 R.A. Nº 305-96-SE-TP-CME-PJ, "Reglamento Interno de Trabajo". 4.11 R.A. Nº 206-98-SE-TP-CME-PJ, "Reglamento de Seleccion y Contratacion de Personal Administrativo y Auxiliar Jurisdiccional del Poder Judicial". 5. VIGENCIA A partir de la fecha de suscripcion de la Resolucion Administrativa que apruebe la presente Directiva. 6. NORMAS GENERALES 6.1 Para proceder a la Contratacion de MORDAZA personal en el Poder Judicial, la Subgerencia de Procesos Tecnicos de Personal, a traves de su Area de Ingresos, Seleccion y Evaluacion de Personal, verificara: 6.1.1 Que el ingresante cumpla con los requisitos minimos, de perfil profesional, experiencia e idoneidad, exigidos para el puesto de trabajo a cubrir y que no se encuentre impedido de ser contratado por cualquiera de las causales de nepotismo que senala la normatividad vigente. 6.1.2 Para el personal sujeto al Regimen del Decreto Legislativo Nº 276: - Dispositivo Legal de Nombramiento: Resolucion Administrativa del Consejo Nacional de la Magistratura, Resolucion Administrativa de Designacion expedida por la Presidencia del Poder Judicial o de la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia (en el caso de magistrados suplentes y encargaturas, de conformidad con la politica presupuestal vigente), ademas del Acta de Juramento respectiva. 6.1.3 Para el personal sujeto al Regimen Laboral de la Actividad Privada: - Resolucion Administrativa de la Gerencia General, de designacion, contratacion o autorizacion de contratacion. 6.2 Una vez que la Oficina de Ingresos, Seleccion y Evaluacion (ISE), cuente con los documentos de autorizacion senalados, MORDAZA verificado la procedencia de contratacion por no encontrarse dentro de las causales de nepotismo y, para poder figurar en la Planilla de Haberes, el MORDAZA personal, o personal reingresante, debera haber presentado la siguiente documentacion personal: 6.2.1.1 Curriculum Vitae documentado y fedateado. 6.2.1.2 Ficha de Ingreso de Personal para el Area de Escalafon. 6.2.1.3 Ficha de Ingreso para el Area de Remuneraciones. 6.2.1.4 Partida de Nacimiento original o fedateada. 6.2.1.5 Partida de Matrimonio, en los casos que corresponda. 6.2.1.6 MORDAZA del DNI legalizado o fedateado. 6.2.1.7 Formato de Apertura de Cuenta para el Banco de la Nacion. 6.2.1.8 Declaracion Jurada de Eleccion de Sistema de Pensiones. 6.2.1.9 Declaracion Jurada de Incompatibilidad y Nepotismo. 6.2.1.10 Declaracion Jurada de Incompatibilidad para desempeno de Funcion Publica. 6.2.1.11 Declaracion Jurada de Bienes y Rentas (en el caso de magistrados y funcionarios). 6.2.1.12 Declaracion Jurada de no encontrarse requisitoriado. 6.2.1.13 Certificado de Salud, expedido por el Area de Salud respectiva. 6.2.1.14 Certificado de Antecedentes Policiales * 6.2.1.15 Certificado de Antecedentes Penales * Cabe resaltar, que tratandose de ingresos de nuevos magistrados es necesario que, ademas de lo senalado se remita, adjunta a la Resolucion Administrativa de Designacion, MORDAZA fedateada del Acta de Juramento respectiva, segun lo estipula el Articulo 227º de la Ley Organica del Poder Judicial. Por otro lado, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27444 (Art. 41º numeral 41.1.3), Ley de Procedimiento Administrativo General, y conscientes de la realidad socioeconomica del MORDAZA, los Certificados de Antecedentes Penales y Policiales, dado el costo que representan para los trabajadores, podran ser reemplazados, por un plazo no mayor de 30 dias calendario contados a partir de la fecha de ingreso, por una Declaracion Jurada del Trabajador

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.