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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2002 (14/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 219243 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de marzo de 2002 El servicio que se ofrece en todos los niveles y modali- dades del sistema está orientado a garantizar con sentido nacional e intercultural la equidad y la calidad en las aulas y en los diversos espacios educativos. 2.1 Educación Intercultural Independientemente del uso y aprendizaje de lenguas, la educación peruana es intercultural en todos sus niveles y modalidades y se garantizará la interculturalidad como eje transversal en la construcción de los documentos pe- dagógicos normativos de centro y de aula. Este carácter de la educación nacional significa procurar que el alumno: § Sea capaz de reconocer la existencia de muchas cul- turas que conviven en el territorio nacional, cada una de ellas con recursos históricos y tradición propia. § Comprometa su esfuerzo para vencer la discrimina- ción y los prejuicios que agreden los derechos culturales de los pueblos. § Sea capaz de construir un proyecto de país, en diálo- go democrático con culturas diferentes y complementarias, aceptando que todas ellas construyen la identidad nacional y están interesadas en participar armónicamente del desa- rrollo. Para lograr este fin, la diversificación curricular en cada centro debe privilegiar la Interculturalidad como eje transver- sal e incorporar los principios de democracia, equidad de gé- nero y desarrollo armónico a sus contenidos curriculares. 2.2 Calendarización La calendarización del período de estudios, para los cen- tros educativos públicos y privados, es flexible, se ajusta a las características geográficas, económico-productivas y sociales de cada región. Las fechas de inicio, desarrollo y finalización del período académico y vacacional, así como la organización de períodos y del horario escolar se deter- minan en el centro educativo, en coordinación y consulta con el Consejo Escolar o la comunidad educativa, y con los órganos intermedios respectivos. Para continuar con la po- lítica de mejoramiento de la calidad educativa, este año, el MED tiene como meta garantizar las horas de aprendizaje establecidas, salvo circunstancias de excepción por desas- tres naturales. Por esta razón, los centros educativos no podrán demorar el inicio de clases más allá del 1 de abril. 2.3 Horas efectivas de aprendizaje. El año lectivo, para los centros educativos públicos y privados, tiene no menos de 36 semanas efectivas de apren- dizaje, que incluyen las evaluaciones. En todos los casos, el número de horas mínimo que tendrán los centros educa- tivos públicos y privados será en los PRONEI, 540 horas; en la educación inicial, 900 horas; en la educación primaria de menores, 1000 horas efectivas de aprendizaje; en la educación secundaria de menores, 1170 horas; en la edu- cación de adultos, 850 horas. El director de un centro edu- cativo está prohibido de disminuir estas horas efectivas y deberá tomar las medidas necesarias para recuperar las horas de clase perdidas. 2.4 Uso adecuado del tiempo de aprendizaje. La adecuada programación de las actividades pedagó- gicas y formativas debe propiciar el máximo de horas efec- tivas de aprendizaje. Para garantizar este propósito, en los centros educativos públicos y privados, se debe tener en cuenta lo siguiente: • La propuesta de concursos, campeonatos, festivales, juegos deportivos, juegos nacionales, actuaciones del ca- lendario cívico escolar y similares eventos organizados por las diversas instancias del Ministerio de Educación, de otros Ministerios u otras instituciones de la sociedad civil o ex- tranjeras, se presentarán a la autoridad educativa compe- tente de cada jurisdicción y a los centros educativos antes del inicio del año lectivo. Los centros educativos eligen libre y voluntariamente las actividades que les interese y las in- corporan a su Plan Anual de Trabajo. Igualmente, una vez iniciado el año lectivo las invitaciones que reciban son de su libre elección, siempre que no interfieran las actividades previstas en el Plan Anual de trabajo. Por ningún concepto se permitirá pérdida de hora de clases. • El órgano central y los organismos intermedios del MED propiciarán actividades pertinentes a la condición de niños, púberes y adolescentes, evitando rutinas y formas de tipo castrense. Los desfiles deben desarrollarse siempre en uncontexto que garantice la formación de los alumnos en va- lores cívicos, patrióticos, democráticos y ciudadanos. Las actividades elegidas deben ofrecer posibilidades reales de favorecer aprendizajes, estimulando en especial la creativi- dad, el espíritu emprendedor y/o el desarrollo socio-econó- mico de su localidad y región. • En las actuaciones públicas en que los centros educa- tivos decidan participar con delegaciones de alumnos, se promoverá la participación rotativa de éstos. Los ensayos para la preparación y realización de los desfiles u otras ac- tividades en los que elijan participar no deben superar en total más de 14 horas de clase al año. • Los directivos, docentes y promotores, padres y ma- dres de familia, alentarán y promoverán positivamente la participación de los educandos en actividades deportivas y culturales, sin afectar las horas de aprendizaje estableci- das. • Todas las acciones de capacitación y/o actualización y actividades diversas programadas por los organismos inter- medios u otras instituciones se realizarán fuera del horario de clases, a excepción de las explícitamente autorizadas por la Sede Central del Ministerio de Educación. Las jornadas peda- gógicas que involucran a los docentes de un centro educativo o un nivel de éste, deben estar programados en el Plan Anual de Trabajo y en ningún caso deben afectar el número mínimo de horas efectivas de aprendizaje. 2.5 Matrícula en el centro educativo En los centros educativos públicos y privados el nom- bre y la edad del alumno se acreditan con la partida de nacimiento o pasaporte, en el caso de menores, y con el DNI, pasaporte o carné de extranjería en el caso de adul- tos. Si se carece temporalmente de estos documentos se podrá acreditar el nombre o la edad con otro documento, oficial o no oficial, que especifique explícitamente la fecha de nacimiento, con cargo a presentar el documento que falta a la brevedad posible. En ningún caso, la ausencia o carencia de documentos impide la matrícula . Las eda- des o condiciones de matrícula en cada nivel o modalidad lo especifican sus normas. Los centros educativos públicos darán todas las facilidades a los alumnos que provengan de centros educativos privados y soliciten traslado por ra- zones de orden económico. Es responsabilidad del director del centro educativo, en coordinación con la comunidad organizada y los docentes, asegurar la matrícula oportuna de los estudiantes de su ámbito de atención o su ratificación, y procurar su perma- nencia en el sistema. En los centros educativos estatales la ratificación de la matrícula, el traslado o cualquier acto ad- ministrativo no se condiciona a pago de ningún tipo, inclui- da la cuota anual de APAFA. 2.6 Número mínimo referencial de alumnos por do- cente para centros educativos: En el caso de los centros educativos urbanos y rurales en general: La carga docente efectiva es el indicador resultado de la relación entre el número de alumnos y el número de do- centes de aula o por hora. En el caso de educación inicial no escolarizada la relación es con el número de animado- ras. • En educación inicial, educación primaria de menores y de adultos, educación secundaria de adultos, educación especial resulta de dividir el número de alumnos entre el número de docentes de aula o por hora. • En educación secundaria de menores resulta de divi- dir el número de alumnos entre el cuociente de la división del número de docentes de aula o por hora entre 1.458 (N/ (D/1.458).Nivel y/o modalidad Forma Característica Nº referencial de alum- nos por área o zona Urbana Rural o de Frontera Inicial Escolarizada Unidocente 15      Polidocente multigrado 20   Polidocente completo 25 25   No escolarizada   10 10 Primaria de menores Escolarizada Unidocente 20     Polidocente multigrado 30   Polidocente completo 35 35 Primaria de adultos Escolarizada Polidocente completo 30 30