Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2002 (14/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Nivel y/o modalidad Forma Caracteristica

NORMAS LEGALES
Nº referencial de alumnos por area o MORDAZA MORDAZA Rural o de Frontera 35 30

MORDAZA, jueves 14 de marzo de 2002

Secundaria de menores Secundaria de adultos Especial Discapacidad leve Discapacidad moderada Discapacidad profunda Ocupacional

Escolarizada Escolarizada

Polidocente completo Polidocente completo

35 30

Escolarizada Escolarizada Escolarizada Escolarizada

15 6 6 25

15 6 6 20

Aplicaciones de excepcion: 1. Solo en casos justificados el organo intermedio del Sector Educacion podra autorizar el funcionamiento de centros educativos multigrado en area urbana. 2. Podran instalarse secciones con mayor o menor numero de carga docente efectiva establecida por la presente MORDAZA, en los casos que la densidad y dispersion de la poblacion escolar lo exija; y la disponibilidad de plazas docente lo permitan. 3. Los grupos de taller (trabajo en taller) de los colegios con variante tecnica tendran un MORDAZA de 24 alumnos. 2.7 Informes de matricula y resultados academicos al Ministerio de Educacion Los centros educativos publicos y privados envian al organo intermedio del Ministerio de Educacion la informacion que se describe a continuacion: · Dentro de los 45 dias de iniciado su ano academico las nominas de matricula, que deberan ser complementadas a lo largo del ano si hay alumnos ingresantes o trasladados. · Dentro de los 30 dias de culminar su ano academico, las actas de evaluacion y el resumen estadistico. · Al culminar el periodo de recuperacion, las actas de recuperacion; y, en el momento oportuno, las actas de subsanacion y convalidacion. Los centros educativos publicos y privados entregan la informacion requerida en los formatos impresos o electronicos proporcionados por el Ministerio de Educacion. Los organos intermedios se limitan a recibir la MORDAZA de las Actas finales del ano o semestre lectivo, segun los casos, que cada Centro de estudios remitira como informacion requerida, solo para efecto de su conocimiento y archivo interno. Para el caso de centros privados, dichos organos no pueden emitir constancias de notas o certificados; y la entrega de Actas y Certificados se efectuara de acuerdo a lo dispuesto en el D.S. Nº 005-2002-ED. 2.8 Uniforme escolar Los centros educativos publicos y privados podran decidir tener o no un uniforme escolar. En los centros educativos publicos, el uso de uniforme escolar no es obligatorio. NORMAS ESPECIFICAS SEGUN NIVELES Y MODALIDADES EDUCATIVAS 2.9 Proyecto Huascaran. El Proyecto Huascaran, creado mediante Decreto Supremo Nº 067-2002-ED, es un organo desconcentrado del Ministerio de Educacion dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica, encargado de desarrollar, ejecutar, evaluar y supervisar, con fines educativos, una red nacional, moderna, confiable, con acceso a MORDAZA de informacion y capaz de transmitir contenidos multimedia, a efectos de mejorar la calidad educativa en las zonas rurales y urbanas del pais. Los criterios de seleccion de los centros educativos bajo el ambito del Proyecto Huascaran seran fijados por el Comite Intersectorial del Proyecto. Durante el primer ano del Proyecto los centros educativos seran seleccionados por esa instancia teniendo en consideracion el nivel de desarrollo informatico y tecnologico de los mismos. 2.9.1 Objetivos del Proyecto. El Proyecto Huascaran busca ampliar la cobertura y la calidad de la educacion mediante el uso de las Tecnologias de Informacion y Comunicacion (TIC) permitiendo asi su descentralizacion, democratizacion y equidad. El Proyecto Huascaran es un proyecto que alcanza a la educacion inicial, primaria y secundaria. Especificamente, el proyecto se propone:

§ Interconectar telematicamente a las entidades del Estado para optimizar los servicios educativos que este presta a la comunidad § Mejorar la calidad de la educacion con el uso de las TIC en las practicas pedagogicas. § Promover la capacitacion y el perfeccionamiento de los docentes en el uso de las TIC § Ampliar y mejorar el acceso a los servicios educativos en zonas pobres y alejadas del pais. § Hacer mas eficiente el MORDAZA de administracion de la educacion mediante el uso de las TIC (para evaluacion y monitoreo, control, coordinacion, comunicacion) mejorando asi sus resultados y reduciendo sus costos. § Integrar a los centros educativos publicos y privados de todo el MORDAZA y a sus comunidades. § Atender servicios de educacion a distancia, de redes educativas, portales educativos y otros que tengan como soporte el uso las TIC § Coordinar las distintas iniciativas publicas y privadas a nivel nacional para asegurar el mejor uso y distribucion de la infraestructura tecnologica. § Integrar o brindar soporte a proyectos de otros sectores y proyectos multisectoriales que tengan fines educativos

2.9.2 Normas generales para los centros educativos del Proyecto. En lo pedagogico, los Centros Educativos del Proyecto Huascaran deben promover la capacitacion y el perfeccionamiento de los docentes en el uso de las Tecnologias de la Informacion y Comunicacion, asi como el uso de estas tecnologias como recursos para el aprendizaje de los alumnos. Deben igualmente hacer mas eficiente el MORDAZA de administracion y gestion, especificamente los procesos de evaluacion y monitoreo, control, coordinacion, comunicacion, mediante el uso de las TIC, mejorando asi sus resultados y reduciendo sus costos. Tienen asi mismo la obligacion de brindar de modo oportuno la informacion sobre los recursos y servicios disponibles en el centro educativo que le sea requerida por el Proyecto Huascaran, informandole de forma periodica sobre el estado de los equipos. Deben asegurar la conservacion y mantenimiento de las instalaciones y equipos y otorgar al personal tecnico del Proyecto Huascaran las facilidades necesarias para la instalacion y revision de los equipos. En cada centro piloto de educacion a distancia del Proyecto Huascaran, los alumnos seran atendidos por un docente tutor adecuadamente seleccionado y especialmente capacitado para orientar y asesorar a los alumnos en la construccion de sus aprendizajes. Dicho tutor tambien esta a cargo de la gestion administrativa del centro piloto de educacion a distancia del Proyecto Huascaran, de acuerdo a las normas vigentes. El alumno que curse estudios en la modalidad a distancia podra pedir su traslado a un centro educativo presencial o viceversa. No procede la desaprobacion por limite de inasistencias MORDAZA las caracteristicas de la modalidad. 2.9.3 Responsabilidad de los organos intermedios con relacion al Proyecto: Los organos intermedios del Ministerio de Educacion deben garantizar:
§ Las facilidades necesarias, en coordinacion con OINFE, para la dotacion de las obras civiles que permitan la instalacion oportuna de los equipos y del mobiliario con que debe contar los centros educativos. § La oportuna distribucion y uso del material educativo. § El apoyo de sus especialistas en las acciones de monitoreo y asesoria pedagogica. § Facilitar las licencias para el personal docente para talleres de formacion continua en el ambito del Proyecto Huascaran. § La contratacion oportuna del personal de tutores para la atencion del servicio educativo en los Centro Piloto de Educacion a Distancia del Proyecto Huascaran, quienes recibiran capacitacion y asesoria presencial y a distancia por parte del personal docente del Proyecto. § Promover actividades de sensibilizacion, promocion de las tecnologias de informacion y comunicacion y actividades de apoyo de infoalfabetizacion de la comunidad en general.

2.10 Educacion Inicial 2.10.1 Ingreso, Matricula, Ratificacion de Matricula y traslado. Son requisitos minimos para la inscripcion y/o matriculas en centros y programas de educacion inicial la partida de nacimiento y la presencia del padre / MORDAZA o

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