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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2002 (14/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 219247 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de marzo de 2002 los alumnos(as) y del contexto, a fin de lograr su integra- ción familiar, escolar y/o laboral. Los Centros y Programas de Educación Especial incor- porarán a los padres de familia en los procesos educativos. En los centros educativos especiales dónde se atiende educandos con discapacidad auditiva, discapacidades se- veras y multidiscapacidad que no presenten lenguaje oral, se utilizará el lenguaje total como un conjunto de recursos para asegurar el desarrollo de éste. 2.13 Educación Bilingüe Intercultural. La educación bilingüe intercultural (EBI) se ofrece en situaciones sociales de contacto entre dos o más lenguas y culturas, con el objeto de formar a los alumnos como suje- tos bilingües funcionales. Esto significa formarlos como personas capaces de manejarse creativamente haciendo uso de diferentes códigos culturales y de integrarlos armó- nicamente en su vida, sumando recursos y medios de su- pervivencia y logrando, en consecuencia, una relación más enriquecedora con su medio natural y social. 2.13.1 Orientación de la educación bilingüe . En par- ticular, la educación bilingüe masivamente ofrecida por el sistema educativo se orienta a los pueblos indígenas del país en contacto con la cultura hispanohablante, fortale- ciéndolos en su primera lengua y propiciando su adquisi- ción de una segunda lengua. Consideramos primera len- gua o lengua materna, a la que adquiere la persona de manera natural en su primera infancia, y constituye su me- dio de socialización familiar primaria. Segunda lengua o len- gua aprendida, es la que aprende una persona luego de poseer una primera, en contacto permanente con una nue- va cultura o por estudios sistemáticos. 2.13.2 Modelos de educación bilingüe intercultural . De acuerdo con el tipo de contacto del alumno con las lenguas y culturas de su entorno y su peculiar nivel de bilingüismo (tem- prano, intermedio o tardío), pueden existir diversos modelos de oferta de educación bilingüe intercultural, de los cuales, los siguientes tres son los más importantes: § Escenario A: La lengua predominante de la comuni- dad es una lengua indígena, y el alumno es monolingüe vernáculo. La EBI desarrolla la lengua indígena local como primera y el castellano como segunda lengua § Escenario B: La predominancia de lenguas en la co- munidad es compartida por una lengua indígena y el caste- llano. El alumno es vernáculo hablante; pero tiene un uso incipiente del castellano. Recíprocamente, puede coedu- carse con alumnos que tienen el castellano por primera len- gua y desarrollan un bilingüismo incipiente en la vernácula. La EBI desarrolla la lengua indígena local y el castellano como primera lengua, y el castellano como segunda. § Escenario C: La lengua predominante es el castella- no, y la vernácula es marginal o en proceso de extinción. Dependiendo del caso, la primera lengua escolar puede ser el castellano o la lengua indígena, y la segunda lengua pue- de ser la lengua indígena a rescatarse o un programa de mejoramiento y consolidación del castellano. 2.13.3 Niveles y modalidades . La educación inicial y primaria se imparte obligatoriamente en la lengua materna del niño y se desarrollan actividades comunicativas en se- gunda lengua programas de acuerdo con el grado de bilin- güismo que exhiben los alumnos. La educación primaria bilingüe se adapta a los tres tipos de escenarios descritos en el numeral anterior. En el nivel secundario, se buscará garantizar la conti- nuidad de la educación bilingüe intercultural recibida por los alumnos de las escuelas adscritas a este servicio. En particular, se continuará con el afianzamiento de las capa- cidades expresivas y metacognitivas de la primera lengua, y el desarrollo y afinamiento de capacidades y competen- cias del castellano como segunda lengua, tanto en su for- ma oral como escrita. Los centros educativos pueden incorporar la enseñan- za de lenguas nativas en el área de Comunicación. Los ór- ganos intermedios a su vez informarán a la DINEBI de es- tos hechos para hacer seguimiento y asesoramiento de mayor precisión tanto de su propuesta curricular como de su metodología, sus criterios ortográficos y los materiales que se diseñen. La educación superior garantizará la formación básica bilingüe en todos los institutos superiores tecnológicos que así lo soliciten. En particular, los programas de Formación Profesional que se desarrollen en lugares en los que la de- manda de EBI es alta, deben incorporar a su currículo el mínimo necesario para que los graduandos sean capacesde actuar profesionalmente en ambientes bilingües y sean capaces de aplicar estrategias metodológicas adecuadas 2.13.4 Medios y materiales. Los directores deberán monitorear y asesorar la distribución, recepción y el uso adecuado de los cuadernos de comunicación integral y matemática en diversas lenguas andinas y amazónicas y demás materiales educativos con enfoque bilingüe inter- cultural que el Ministerio de Educación ha publicado. Los docentes de Educación Primaria de Menores de las Escue- las Bilingües, garantizarán el uso de cuadernos de trabajo en lengua materna y de segunda lengua, así como el uso selectivo de los materiales en castellano de acuerdo con las orientaciones que emanen de la DINEBI 2.14 Educación de Adultos Los centros educativos para adultos adecuan las diversas formas de organización administrativa y técnico pedagógica a las necesidades reales y posibilidades de sus participantes (educandos). Su gestión debe caracterizarse por una apertu- ra institucional para establecer vínculos, por medio de Redes de Apoyo, con otros sistemas formales o no formales que brin- den servicios de mejoramiento de la calidad de vida de jóve- nes y adultos. Deben promover constantemente procesos educativos innovadores, dirigidos al desarrollo de competen- cias orientadas a la solución de los problemas que los jóvenes y adultos enfrenten cotidianamente. 2.14.1 Oferta Educativa. Los centros educativos para adultos brindan servicios educativos diferenciados, a tra- vés de formas Escolarizada y No Escolarizada, y de Estu- dios Independientes. § Escolarizada, durante cinco días de la semana, en un horario de cinco horas pedagógicas de 45 minutos cada una, en un centro educativo, manteniendo los espacios de socialización, como el recreo. § No Escolarizada, con doce horas cronológicas pre- senciales en un mínimo de dos días a la semana y doce horas de asesoramiento en el desarrollo de los cuadernos autoinstructivos. Cada grado tiene una duración mínima de ocho meses y un mes de intermedio entre grado y grado. Funciona en locales autorizados por el órgano intermedio correspondiente § Estudios Independientes, dirigidos a personas mayo- res de 15 años que hayan interrumpido sus estudios regu- lares durante un año o deseen iniciar sus estudios y no dispongan del tiempo necesario para asistir regularmente a un centro o programa educativo. Sólo pueden hacer un grado de estudios por año y se brinda en centros educati- vos estatales autorizados. La participación de la comunidad organizada y de las instituciones públicas y privadas, se da a través de redes de apoyo establecidas en los centros y programas, a fin de fortalecer el trabajo de los docentes, intercambiar experien- cias y acordar acciones de responsabilidad conjunta. Los participantes (estudiantes adultos) se organizan en los cen- tros educativos a través de los Comités de Participantes. 2.14.2 Ingreso, Matrícula, Ratificación de Matrículay Traslado . Tienen acceso a los centros y programas edu- cativos de la modalidad de adultos, preferentemente los mayores de 15 años; en caso excepcional, se permite el acceso de niños o adolescentes con problemas de exclu- sión social. Son requisitos para la ratificación de la matrícula la pre- sencia física del participante (educando) y el certificado de estudios del último grado o Libreta de información. En caso de carecer de estos documentos, por haber dejado de estu- diar uno o más años, el participante (educando) tendrá dere- cho a una Prueba de Ubicación, aplicada antes del inicio del grado sólo por los centros y programas educativos públicos o por instituciones educativas debidamente acreditadas. 2.14.3 Educación Primaria de Adultos . La Educación Primaria de Adultos se desarrolla en cinco grados. Los par- ticipantes (educandos) promovidos como alfabetizados ac- cederán automáticamente al segundo grado de Educación Primaria de Adultos. Los promovidos como post-alfabetiza- dos accederán a la Educación Primaria de acuerdo a la normatividad vigente. 2.14.4 Educación Secundaria de Adultos . La Educa- ción Secundaria de Adultos se desarrolla de acuerdo a los Planes y Programas Curriculares vigentes, en cinco grados de estudios. Los grados de estudio de esta modalidad son equivalentes a la modalidad de menores.