Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2002 (14/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 219248 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de marzo de 2002 2.14.5 Programa Nacional de Alfabetización . A méri- to del D.S. Nº 003-2002-ED, el Ministerio de Educación, a través de la Dirección Nacional de Alfabetización y Educa- ción de Adultos asume las funciones de planificación, orga- nización, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del Programa. En apoyo a la lucha contra la pobreza y en el marco de equidad en educación, se impulsa la alfabetiza- ción de jóvenes y adultos iletrados, prioritariamente en zo- nas rurales y urbano marginales. Los servicios de alfabetización se brindan a Grupos de Aprendizaje para el Desarrollo(GAD) construidos e integra- dos por los mismos participantes. En estos GAD, los pro- motores que conducen las acciones para la alfabetización deben orientar a jóvenes y adultos para aprender a leer y escribir desarrollar sus capacidades para aprender a apren- der, y para elaborar su propio proyecto productivo y auto- gestionarlo. Estos Grupos de Aprendizaje funcionan de modo articulado en ámbitos predeterminados en cada Di- rección Regional de Educación y en el marco de una con- cepción de educación que toma como punto de partida las necesidades de aprendizaje e intereses de jóvenes y adul- tos ubicados en un determinado contexto socioeconómico y cultural. Con la perspectiva de erradicar definitivamente el anal- fabetismo, progresivamente cada año se ha de priorizar de- terminadas regiones del país, en las cuales las Direcciones Regionales deben contar con el apoyo de jóvenes y adultos voluntarios, instituciones privadas y otros sectores de la sociedad civil. Con tal propósito, se debe promover el inte- rés de las nuevas personas alfabetizadas para que conti- núen su formación en nuevos centros de Educación de Adul- tos. Tanto la alfabetización como la educación de jóvenes y adultos cuya lengua materna es una lengua indígena, se realizarán utilizando metodologías de educación bilingüe con un enfoque intercultural. 2.15 Educación secundaria de menores La Educación Secundaria en tanto nivel educativo tiene como centro de atención el desarrollo integral de los púbe- res y adolescentes. La denominada Nueva Secundaria con- tribuye a la construcción de la identidad, el pensamiento abstracto y la interacción social de manera ética; así como al desarrollo corporal y motriz de púberes y adolescentes, consolidando sus aprendizajes básicos y preparándolos para la vida ciudadana, la inserción en el mundo laboral, el aprendizaje y la educación continuos. Es potestad de la Sede Central del Ministerio de Educación la selección de los centros experimentales de la Nueva Secundaria. 2.15.1 Currículo. La propuesta curricular nacional, di- señada por el Ministerio de Educación, tiene previstos cier- tos mecanismos para que, en el proceso de su concreción, participen organismos y agentes educativos con márgenes claros de autonomía, tomando en cuenta la riqueza de la diversidad social, cultural, tecnológica y económica de nues- tro país y de las personas en el aula. Por estas razones se opta por una propuesta curricular abierta, flexible y diversi- ficada. Las áreas o asignaturas establecidos en los planes de estudio consignados en el anexo Nº 2, tienen valor oficial para todos sus efectos. Los currículos de las opciones ocupacionales en los cen- tros educativos de variante técnica deberán adecuarse a los recursos con que cuenten dichos centros y a las necesi- dades del mercado laboral. Deberán tender a su organiza- ción modular, en función del logro de competencias para el trabajo. 2.15.2 Evaluación y certificación . La evaluación de los aprendizajes de los alumnos es formativa en la medida que fomenta el recojo de información, la valoración y toma de decisiones continua; permitiendo realizar una acción re- guladora entre el proceso de enseñanza y aprendizaje. La evaluación de los aprendizajes debe ser un proceso compartido entre el docente y los alumnos. Es decir, gene- rar la heteroevaluación, la autoevalución y la coevaluación entre pares. En la evaluación de los aprendizajes se considerará: § En los grados que apliquen el Diseño Currícular Bási- co de la Nueva Secundaria, los criterios de evaluación es- tablecidos por cada área o sub área curricular, para organi- zar la recopilación, el análisis, el registro y la comunicación de la información evaluativa Los procedimientos e instrumentos a utilizarse en la eva- luación se adecuarán y/o elaborarán teniendo en cuenta los criterios de evaluación, los indicadores de criterio queseleccionen y las muestras de desempeño que se elabo- ren. § En los centros educativos que desarrollen los Planes de estudio de la Secundaria científico -humanística y de la Secundaria técnica de menores, se considerará los objeti- vos y contenidos planteados en cada asignatura para la evaluación y , particularmente, para establecer procedimien- tos y elaborar instrumentos. Para la calificación de los aprendizajes se podrán em- plear escalas numéricas o literales, dependiendo del plan de estudios que se esté aplicando. Sin embargo, para el llenado del Acta de Evaluación Anual, en todos los centros educativos se deberá emplear la escala vigesimal, estable- cida en la legislación vigente. La retroinformación o comunicación de resultados a los alumnos debe darse en forma permanente y oportuna; y no sólo al finalizar un periodo lectivo. Para que la retroinfor- mación sea efectiva, el tiempo entre la obtención y retorno de información deberá ser el más corto posible. La entrega de la libreta de información a los padres de familia será bimestral o trimestral, según lo establecido en el PEI. Para el caso de los grados que utilicen el Diseño Curricular de la Nueva Secundaria, la información a los padres debe contener los resultados de cada uno de los criterios de evaluación del área o sub-área curricular. En la calificación anual de las áreas se tomará en cuen- ta: § El resultado de las calificaciones registradas en cada uno de los criterios de las áreas o subáreas curriculares, en el caso de los grados que aplican el Plan de estudios de la Nueva Secundaria o el Plan de estudios experimental de Educación Secundaria de Menores para Centros Educati- vos Piloto § Los resultados de las calificaciones obtenidas bimes- tral o trimestralmente para promediarlas, en el caso de los grados que aplican los Planes de estudio de la Secundaria científico -humanística o de la Secundaria técnica de me- nores. Cuando los resultados de la evaluación de un período presentasen un alto número de aplazados o hubieran indi- cios de irregularidades, el director del centro educativo po- drá autorizar nuevas situaciones de evaluación. Para fines de promoción y repitencia: § En el caso de los grados que aplican el Plan de estu- dios de la Nueva Secundaria, los alumnos que aprueban todas las áreas al término del año escolar son promovidos automáticamente; mientras que, quienes desaprueban dos o más áreas curriculares, repiten el grado § En el caso de los grados que aplican los Planes de estudios de la Secundaria científico -humanística, de la Secundaria técnica de menores, o del Plan de estudios ex- perimental de educación secundaria de menores para Cen- tros Educativos Piloto, son promovidos automáticamente todos los alumnos que aprueban todas las asignaturas o áreas al término del año escolar, mientras que, quienes desaprueban cuatro o más asignaturas al término del año escolar, repiten el grado. Al finalizar el año lectivo, en el cómputo de las áreas o asignaturas desaprobadas para efecto de promoción o re- pitencia, no se toma en cuenta el área o la asignatura de subsanación de años anteriores. El Programa de Recuperación Pedagógica se ofrece: § A quienes hayan desaprobado un área curricular, in- cluyendo aquellos que tengan pendientes de subsanación una asignatura o área de los años anteriores, para el caso de los grados que aplican el Plan de estudios de la Nueva Secundaria. § A quienes hayan desaprobado hasta tres asignaturas o áreas, incluyendo aquellos que tengan pendientes de sub- sanación una asignatura o área de años anteriores, para el caso de los grados que aplican los Planes de estudio de la Secundaria científico -humanística, de la Secundaria técni- ca de menores o el Plan de Estudios experimental de edu- cación secundaria de menores para Centros Educativos Piloto. En el mes de marzo, el alumno es evaluado en las áreas o asignaturas aplazadas y en las de subsanación, y sólo se promueve al grado inmediato superior hasta con un área o asignatura desaprobada, sea ésta de las aplazadas o de las de subsanación. Los estudiantes que repitan de grado por primera vez, no serán impedidos de ratificar su matrícula.