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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2002 (14/03/2002)

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Pág. 219249 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de marzo de 2002 El director de centro educativo secundario con variante técnica otorgará, además de certificados de estudio, el cer- tificado de Auxiliar Técnico con mención en la ocupación o especialidad a los alumnos que culminen satisfactoriamen- te el 5to. grado de estudios. La determinación de los cinco alumnos que al concluir su secundaria hayan obtenido los más altos promedios ge- nerales en los centros educativos públicos y privados se sujetará a las normas y procedimientos establecidos; los puntajes finales de los promedios para establecer los cinco primeros puestos serán formuladas hasta con dos decima- les. 2.16 Educación Ocupacional 2.16.1 Currículo . Los centros educativos de la modali- dad de Educación Ocupacional organizan y desarrollan cursos ocupacionales correspondientes a los Programas de Formación Básica, Actualización y Perfeccionamiento, los cuales cuentan con perfiles ocupacionales o de compe- tencias que responden a las necesidades del mercado la- boral y al desarrollo productivo de la región. El aprendizaje utiliza las estrategias y metodologías em- pleadas en la Formación Profesional, con un currículo flexi- ble y modular. La estructura curricular comprende el Área de Formación Técnica (80%) y el Área de Formación Ge- neral (20%). 2.16.2 Matrícula, evaluación y certificación . Los re- quisitos de acceso para los estudios se establecen de acuer- do a la naturaleza de los cursos y las exigencias del perfil ocupacional o de competencia laboral correspondiente. Los participantes con estudios secundarios completos o estudios superiores, están exonerados de llevar los cur- sos correspondientes al Área de Formación General, pre- via acreditación de dichos estudios. La evaluación pedagógica se realiza de acuerdo a la Guía de Evaluación de los Participantes de CEO y a las normas vigentes, con la aplicación de criterios e instrumen- tos de evaluación validados con el aporte del sector pro- ductivo y/o de servicios. El curso ocupacional aprobado conduce a la obtención del Certificado Oficial de Capacitación en la Ocupación, el cual registrará la denominación del Programa, los prome- dios de los módulos de formación y/o asignaturas del curso y la duración en horas de los estudios realizados. 2.16.3 Convenios y alianzas estratégicas . Los cen- tros de Educación Ocupacional promoverán la realización de convenios de cooperación educativa, así como alianzas estratégicas de carácter nacional e internacional, que per- mitan obtener prácticas y pasantías, renovar el equipamiento de sus talleres, capacitar a los docentes y establecer siste- mas de información laboral que fomenten el empleo y el desarrollo de las pequeñas y microempresas de la región. 2.16.4 Experimentación . Los centros de Educación Ocupacional que se encuentran experimentando el currí- culo basado en el enfoque por competencias, se regirán por los dispositivos legales emitidos por la Dirección Nacio- nal correspondiente. 2.17 Cultura y deporte 2.17.1 Aprendizaje de las manifestaciones cultura- les. Los Centros Educativos deben realizar, promover o participar en concursos y eventos, que sirvan para contras- tar el grado que hayan alcanzado los alumnos en el desa- rrollo de técnicas, contenidos, creatividad y expresión de diferentes manifestaciones del arte y la cultura, como la escultura, danza, música, teatro, literatura, entre otras, pero teniendo en cuenta que las actividades artístico culturales no son las únicas expresiones de la cultura, por lo que de- berá promoverse también los hábitos, costumbres, tradi- ciones, creencias, gastronomía, principios, valores de nues- tra cultura regional y nacional. Los concursos y eventos por si mismos no tienen un valor formativo y educativo, sino meramente competitivo por lo que los Centros Educativos deberán asegurar las condi- ciones educativas que permitan promover efectivamente aprendizajes relacionados a la cultura nacional y universal para alcanzar una formación integral de los niños, niñas y adolescentes. Su participación debe ser organizada en Clu- bes y Talleres que serán orientadas por un Promotor Cultu- ral 2.17.2 Aprendizaje del deporte. El deporte, es una expresión cultural, pero que por su naturaleza tiene su es- pacio propio; debe tratarse como una actividad formativa yeducativa antes que meras competencias en campeonatos y eventos. El deporte como actividad conexa e interdepen- diente con la Educación Física y la Recreación, se realiza mediante el conocimiento y dominio de habilidades y des- trezas de una técnica, el empleo de una gran capacidad física, pero sobre todo por el desarrollo de la capacidad volitiva, el dominio de si mismo, la integración, la identidad grupal y local, la perseverancia para la cooperación de los grados de dificultad, elementos básicos para forjar el ca- rácter, la personalidad y la interacción social, por tanto as- pectos formativos y educativos de los niños, niñas y ado- lescentes. Los campeonatos, juegos deportivos y juegos naciona- les deben ser la consecuencia lógica de los aprendizajes permanentes y sostenidos de las diferentes disciplinas de- portivas. Los Centros Educativos deberán priorizar el apren- dizaje de las técnicas fundamentales de los deportes sobre la simple participación en eventos. Esta participación debe ser la consecuencia de los aprendizajes. Los Técnicos De- portivos tienen la responsabilidad de impartir el aprendiza- je de los fundamentos técnicos deportivos y debería hacer- lo siguiendo los lineamientos, contenidos y orientaciones que fije el Ministerio de Educación. 3.TERCER OBJETIVO ESTRATÉGICO Fortalecer la escuela pública, asegurándole autonomía, democracia y calidad de aprendi- zajes. Los cambios en la escuela y en el conjunto del sistema educativo están orientados a mejorar y afirmar la educa- ción pública de la nación con participación democrática de sus actores desde los ámbitos local y regional. 3.1 Enfoque de gestión educativa La gestión de los centros educativos, en periodos de cambio estructural del sistema educativo como el actual, tiene como propósito esencial promover y posibilitar la trans- formación de las prácticas educativas, así como las formas de organización y gestión escolar, para garantizar la cali- dad de los procesos y resultados de aprendizaje. Esto define a la gestión educativa como una función di- rigida a generar y sostener en el centro educativo, tanto las estructuras administrativas y pedagógicas como los proce- sos internos de naturaleza democrática, equitativa y eficien- te, que permitan a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos desarrollarse como personas plenas, responsables y eficaces; y como ciudadanos capaces de construir la de- mocracia y el desarrollo nacional, armonizando su proyec- to personal con un proyecto colectivo. Generar estas nue- vas estructuras y procesos, en el contexto actual, demanda a los responsables de la gestión educativa aprender a anti- cipar y superar obstáculos y, en general, a actuar concerta- damente para transformar las resistencias en compromi- sos y para convertir el cambio en una aspiración común. En la gestión participan activamente los diversos actores educativos y la sociedad civil organizada comprometiéndose en corresponsabilidad con los gobiernos locales y otras enti- dades del estado al mejoramiento de la calidad educativa. Los centros Educativos tiene autonomía para diseñar indicadores , criterios e instrumentos de autoevaluación para medir los aprendizajes y la gestión educativa, con la finali- dad de que se tomen decisiones oportunas y pertinentes en la mejora de la calidad y la equidad. 3.2 Proyecto Educativo Institucional (PEI) En el marco de los lineamientos de descentralización y democratización del sistema educativo, el anteriormente de- nominado Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) se refor- mula como Proyecto Educativo Institucional (PEI). El PEI se define como un instrumento de gestión del centro educativo cuya función es articular el trabajo pedagógico e institucional, orientándolos ambos, de manera complementaria, autónoma y participativa, en el mediano y largo plazo, hacia el logro de aprendizajes de calidad; en todos los niveles, modalidades y programas de la institución, dándole sentido además a la iden- tidad del centro educativo y fortaleciéndola. En ese sentido y en coherencia con los lineamientos del sector, el PEI repre- senta ante todo, en su elaboración, ejecución y evaluación, un proceso permanente de participación real y activa de los ac- tores educativos y de la comunidad. Al mismo tiempo, el PEI puede y debe permitir compar- tir los avances y logros de los centros educativos pioneros en proyectos de innovación y procesos de participación y