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Pág. 219253 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de marzo de 2002 § Actividades para el desarrollo de la ciudadanía, la cul- tura de paz y los derechos humanos. § Organizaciones autónomas que les permitan realizar sus propios intereses 3.6.2 Cultura y deporte en las escuelas abiertas . En todos los niveles y modalidades se deben desarrollar los fines de semanas y feriados, actividades de recreación de- portiva y recreación socio cultural, complementarias de los aprendizajes del arte y del deporte. Los centros educativos en coordinación con los gobiernos locales planificaran es- tos programas que estarán a cargo de promotores cultura- les y técnicos deportivos y que se desarrollará con la parti- cipación de la comunidad educativa. Los órganos intermedios deben articular los Centros Educativos con los gobiernos locales, instituciones públi- cas, la sociedad civil y el Ministerio de Educación, para ase- sorar y apoyar estos programas. Los correspondientes ór- ganos del Ministerio de Educación coordinarán para esti- mular la participación de los alumnos de la modalidad de jóvenes y adultos para complementar la carga formativa y educativa en el arte y el deporte. Los Directores de los centros educativos dirigen y su- pervisan los planes de trabajo de promotores culturales y técnicos deportivos y/o de los docentes que hagan sus ve- ces, y deben disponer de los recursos necesarios para faci- litar y permitir la participación de sus alumnos. Los órganos intermedios o quienes asuman la realización de sus even- tos priorizarán la realización de concursos y campeonatos los fines de semana y feriados. 4.CUARTO OBJETIVO ESTRATÉGICO Mejorar drásticamente la calidad del desem- peño y la condición profesional de los do- centes. La calificación social y profesional de los docentes está orientada a revalorar a los maestros y maestras como agen- tes sociales y culturales para el mejoramiento de su des- empeño en las aulas y en cualquier escenario de aprendi- zaje. 4.1 Promoción de la investigación e innovación en el trabajo docente. Los docentes deben contar en cada centro educativo con facilidades para constituir equipos de interaprendizaje que les permitan compartir sus experiencias, estrategias, opciones, logros y dificultades con sus colegas, cooperan- do mutuamente al éxito del proceso formativo de los alum- nos. Estos equipos pueden conformarse también alrede- dor de proyectos de investigación, innovación y/o de forma- ción, capacitación, evaluación y sistematización de su pro- pia práctica pedagógica, dentro de su centro educativo o en red con otros centros educativos. La constitución de estos equipos debe ser alentada por el Director, otorgándoseles facilidades para su funciona- miento, racionalizando tiempos y horarios para evitar so- brecargas innecesarias y facilitar la ejecución de acuerdos y tareas comunes. Los órganos intermedios otorgarán certificación es- pecial a los alumnos de Facultades de Educación o Ins- titutos Superiores Pedagógicos que realizan una prácti- ca profesional exitosa en zonas rurales con aprobación de la comunidad local, válido para la carrera magiste- rial pública. Para los docentes en servicio darán opor- tunidades para realizar pasantías a nivel regional, co- nociendo la experiencia de otros docentes que mues- tren buenos resultados en determinados aspectos de su práctica educativa, particularmente en el caso de docentes del primer ciclo de la primaria. 4.2 Permanencia y Rotación de los docentes capa- citados. A fin de garantizar impacto en los esfuerzos realiza- dos por el Ministerio de Educación para mejorar la cali- dad de los procesos de aprendizaje de los alumnos, los Directores de centros educativos públicos de Educación Inicial, Primaria y Secundaria de Menores, o de Cen- tros de Educación Bilingüe Intercultural, asegurarán que los docentes que han sido capacitados en distintos pro- gramas en el desarrollo curricular por competencias y en un ciclo determinado tendrán prioridad para perma-necer y ser ubicados en grados específicos, rotando en él una vez como mínimo. En el caso de secundaria, el director del centro educati- vo, promoverá la participación rotativa de los docentes en las capacitaciones, quienes asumirán el compromiso de ha- cer el efecto multiplicador a fin de intercambiar las nuevas experiencias e informaciones y puedan aplicarlo en los di- ferentes grados donde enseñen. La formación continua es permanente tanto para do- centes como para directivos, debiéndose tomar iniciativa desde cada centro educativo o red en complementariedad con la que se promueva desde los órganos intermedios y la sede central. 4.3 Evaluación al Director. El director del centro educativo público es evaluado por su desempeño y competencias para efectos de su ratifica- ción o reemplazo, por su calidad de nombrado o encarga- do, según la periodicidad que señalen las disposiciones per- tinentes y las que se establezcan, además de lo dispuesto en estas normas. 4.3.1 Capacitación del Director. El Ministerio de Edu- cación promueve el desarrollo de la especialización teórico práctica en gestión educativa -administrativa y pedagógi- ca- para los profesionales que desempeñen cargos directi- vos en los centros educativos públicos. También promueve programas especiales para docentes de estos mismos cen- tros que merezcan y demanden este tipo de especializa- ción. 4.3.2 Evaluación del personal . A efectos de evaluar el desempeño de los docentes y directivos así como de pro- poner contrataciones y promociones del personal docente y administrativo, el director del centro educativo público constituirá oportunamente un Comité Especial de Evalua- ción. Los integrantes de este Comité de Evaluación son elegidos por sus pares y por el período de un año y coordi- narán con lo informado por el Consejo Escolar. Los profesores de Formación Religiosa serán propues- tos por la autoridad eclesiástica competente. Los centros educativos con convenio, tendrán su propio sistema de eva- luación docente. Cada centro educativo y organismo intermedio deberá considerar los índices de desempeño de la labor docente en el aula, en el ambiente escolar y en la comunidad para efectos de los estímulos y acciones de mejoramiento de la condición profesional docente. Con el fin de promover una cultura de evaluación que brinde información oportuna y confiable para mejorar la calidad educativa, se debe esta- blecer un sistema de evaluación que reconozca el esfuerzo y mérito individual o colectivo o de ser el caso cuando hu- biere faltas, sancionar al personal, directivo, jerárquico, do- cente y administrativo. V. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 1. Con relación a la implementación del Proyecto Huas- carán, se dictará una norma específica para el desarrollo de sus actividades en el año 2002. 2. Con relación a la implementación de la Nueva Secun- daria, se dictará una norma específica para el desarrollo de sus actividades en el año 2002. ANEXOS ANEXO 1 PLAN DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN INICIAL 5 AÑOS DESARROLLO CURRICULAR EN EDUCACION INICIAL - NIÑAS Y NIÑOS DE 3, 4 Y 5 AÑOS DE EDAD Áreas de desarrollo Mínimo de horas Comunicación Integral Lógico Matemático Ciencia y Ambiente Personal Social Formación Religiosa (*) 25 ** *En la ECB para niñas y niños de 0 a 4 años, los contenidos del Área de Formación Religiosa están incluidos en el Área Personal Social. *En los Programas No Escolarizados - PRONOEI se consideran 15 horas.