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Pág. 223878 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de mayo de 2002 QUEJA ODICMA Nº 484-2001-ANCASH Lima, diecisiete de mayo del dos mil dos. VISTO; el expediente que contiene la Queja Odicma número cuatrocientos ochenticuatro guión dos mil guión Ancash, interpuesta contra Fidel Alberto Morán Díaz, por su actuación como Juez de Paz No Letrado del dis- trito de Cajacay, provincia de Bolognesi, comprensión del Distrito Judicial de Ancash, oído el informe oral; por los propios fundamentos de la recurrida, en lo que se refiere a la Medida Cautelar de Abstención y por los fundamentos de la propuesta de destitución formulada por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución del cinco de noviembre del dos mil uno, obrante a fojas ciento seten- tiocho y siguientes, oído el informe oral; y, CONSIDE- RANDO: Primero.- Que, estando a la naturaleza de la medida disciplinaria propuesta resultaba pertinente im- poner al Magistrado quejado la medida cautelar de abs- tención, teniendo en cuenta la gravedad de los cargos imputados, por lo que debe desestimarse la impugna- ción hecha valer contra esta medida, más aún cuando no se observa irregularidad en su expedición; Segun- do.- Que, se atribuye a don Fidel Morán Díaz, que en su condición de Juez de Paz No Letrado de Cajacay, haber actuado de manera parcializada e irregular en los ac- tuados derivados de la denuncia presentada por Lidia Castillo Sotelo contra Fidel Trinidad Urbano, pese a no tener competencia para tramitarla; Tercero.- Que, se- gún se observa de las documentales obrantes a fojas treinticinco, treintiséis, cuarenta y cuarentiuno de los presentes actuados, don Fidel Morán Díaz, en su con- dición de Juez de Paz No Letrado, recibió y tramitó una denuncia sobre "usurpación e introducción en sus te- rrenos", presentada por doña Lidia Castillo Sotelo, asun- to de connotación penal y, por tanto, fuera de su compe- tencia; Cuarto.- Que, igualmente, de las instrumenta- les antes citadas se observa que el Juez quejado reali- zó la diligencia de verificación sin notificar con la debi- da anticipación al denunciado, lo citó para que respon- da la denuncia sin hacerle conocer el texto de la misma, para volver posteriormente a convocarlo en día inhábil, expresándole que en caso de inconcurrencia se proce- dería a su "arresto", dando cuenta a las autoridades competentes por desacato y resistencia a la autoridad; Quinto.- Que, resultan evidentes, además de su abier- ta parcialidad, las irregularidades en que ha incurrido el Juez quejado, lo cual constituye un grave atentado con- tra la respetabilidad del Poder Judicial, desmereciendo el cargo ante el concepto público, por lo que corresponde aplicar la medida disciplinaria prevista en el Artículo dos- cientos once de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Sex- to.- Que estando a la aplicación supletoria de las normas del proceso civil a los procesos administrativos, resulta necesario recomendar a la Oficina de Control de la Ma- gistratura del Poder Judicial, tramite los procesos caute- lares en cuaderno separado; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Artículo sesentisiete del Reglamento de Or- ganización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, en el caso de la medida cautelar, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad en parte con el informe del señor Consejero Carlos Alva Angulo, por unanimidad, RESUELVE: Primero.- Confir- mar la resolución expedida por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial en el extre- mo que impone medida cautelar de abstención en el ejer- cicio del cargo a Fidel Alberto Morán Díaz, estando a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolu- ción; Segundo.- Imponer la medida disciplinaria de des- titución a Fidel Alberto Morán Díaz, por su actuación como Juez de Paz No Letrado del distrito de Cajacay, provincia de Bolognesi, comprensión del Distrito Judicial de An- cash; Tercero.- Recomendar al Jefe de la Oficina de Con- trol de la Magistratura del Poder Judicial, disponga la tra- mitación de las apelaciones interpuestas contra medidas cautelares de abstención en cuaderno separado.Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 9665 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan jueces suplentes de los Juzga- dos de Paz Letrados que integran la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0188-2002-P-CSJL/PJ Lima, 28 de mayo del 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 0159-2002-P- CSJL/PJ de fecha 30 de abril del presente año y mediante Resolución Administrativa Nº 0186-2002-P-CSJL/PJ de fe- cha 23 de mayo del año en curso, la Presidencia de la Cor- te Superior de Justicia de Lima dispuso la asignación de las Judicaturas correspondientes a los Jueces Titulares, designados recientemente por el Consejo Nacional de la Magistratura; Que las designaciones efectuadas mediante las Reso- luciones señaladas en el considerando precedente han generado, a criterio de este Despacho, la necesidad de considerar la trayectoria y antigüedad en el servicio judi- cial de determinados magistrados suplentes que han veni- do desempeñando funciones en el referido cargo, siendo atendible la designación de los mismos a nivel de Juzga- dos de Paz Letrados; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en la sede judicial a su cargo, por consiguiente puede designar a los Magistrados para que accedan y permanezcan ocupando cargos juris- diccionales, en los diferentes niveles, adoptando las medi- das administrativas pertinentes, a efectos de brindar un efi- ciente servicio de justicia en beneficio de los justiciables; Que, en uso de las facultades conferidas en los in- cisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a los siguientes Ma- gistrados como Jueces Suplentes de los Juzgados de Paz Letrados que integran la Corte Superior de Justicia de Lima, los mismos que a continuación se detallan: - Dra. KARINA LIZBETH DE MONTREUIL MEZA, como Juez Suplente del Cuarto JPL de Lima - Cercado, en reem- plazo de la Dra. Susana Bonilla Cavero. - Dra. MARIELLA VICTORIA CHIRIBOGA MENDOZA, como Juez Suplente del Sexto JPL de Lima - Cercado, en reemplazo de la Dra. Madeleine Ildefonso Vargas. - Dra. BENIGNA DEL CARMEN AGUILAR VELA, como Juez Suplente del Cuarto JPL de Barranco y Miraflores, en reemplazo de la Dra. Rocío Jaime Valenzuela. - Dra. NÉLIDA ROSALBINA PINEDA HUERTA, como Juez Suplente del Primer JPL de La Molina y Cieneguilla, en reemplazo del Dr. William Mario Díaz Giraldo. - Dra. EMMA LILIANA PACHECO GARRIDO, como Juez Suplente del Segundo JPL de La Molina y Ciene-