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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2002 (30/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 223881 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de mayo de 2002 Que, al concluir la cuarta evaluación del funciona- miento de la Universidad Cristiana del Perú María In- maculada en los Semestres Académicos 1999-I, 2000- I y 2000-II, la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU señala, que de las dieciséis (16) deficien- cias encontradas, catorce (14) no han sido levantadas y sólo han sido parcialmente levantadas por la Univer- sidad dos (2) deficiencias, lo que compromete seria- mente el funcionamiento de la Universidad, que no garantiza niveles mínimos aceptables en la formación de sus estudiantes y, demuestra por el contrario, la in- capacidad notoria de la Asociación Promotora y de la Universidad, para el cumplimiento de los compromisos y metas propuestas en el Proyecto de Desarrollo Insti- tucional que sirvió de base para la autorización provi- sional de funcionamiento; Que, las deficiencias encontradas en la Cuarta Evalua- ción del funcionamiento de la Universidad (99-II, 00-I y 00- II), se refieren principalmente a los siguientes aspectos: a) Se han modificado los currículos de las carreras, y existen planes de estudio separados en la carrera de In- geniería Industrial y de Sistemas. b) Se sigue incumpliendo el compromiso de contar con el número adecuado de profesores a Dedicación Ex- clusiva y Tiempo Completo, el total de los docentes son a Tiempo Parcial, salvo las autoridades. c) No se han implementado suficientemente los labo- ratorios básicos de Biología, Física y Química; no tiene laboratorios propios para los cursos de especialidad de la carrera de Ingeniería Industrial y de Sistemas. d) Se incumple por cuarta vez el compromiso de ad- quirir libros. e) El número total de postulantes fue menor que el número de vacantes autorizadas, la deserción fue del 19.1%, 20.8% y 17.5% en los tres últimos semestres res- pectivamente. f) El 90.3% del presupuesto del año 2000 fue finan- ciado exclusivamente con tasas educacionales, frente al 55.6% programado en el PDI. Situación que demues- tra que la Universidad no contó con la inversión de ca- pital suficiente ni el número de alumnos necesarios para garantizar un adecuado funcionamiento y conlle- va un riesgo técnicamente inaceptable en una institu- ción universitaria. La Promotora no efectuó ningún apor- te financiero como debía esperarse, toda vez que en el tercer año de funcionamiento no se contó con el apor- te al que ella se había comprometido en el PDI. Tam- poco se captaron las donaciones proyectadas. La fuerte contracción de los ingresos, frente a lo proyectado en el PDI, implicó una drástica reducción de los gastos operativos y de inversiones. g) Las Inversiones en inmuebles en el cuarto año fue de S/. 0.00 (0%) frente a S/.497.000 (45%) programado en el PDI. En equipamiento, la Inversión alcanzó a S/11,129 (16.9%) frente a S/.288,700 (26.1%) de lo pro- gramado en el PDI. En mobiliario, se invirtió S/.54,683 (83.1%) frente a S/. 318,599 (28.8%) considerado en el PDI. h) Finalmente, el flujo de caja para el año 2000 arrojó un saldo negativo de 521,856 nuevos soles, déficit que se encuentra absolutamente desfinanciado; Que, las deficiencias anotadas, afectan gravemente al Proyecto de Desarrollo Institucional en sus diferentes Sec- ciones, especialmente en su parte financiera en la que la Asociación Promotora sólo pudo cumplir con el 6% de lo programado, como aporte de un total de S/. 569,250, lo que demuestra su incapacidad financiera; así mismo los gastos de capital ejecutados al mes de noviembre del 2001, equivalen al 4.6% de S/. 34,022 nuevos soles, por lo que en aplicación del literal d) del articulo 28º del Reglamento de Funcionamiento y Evaluación Periódica de Universida- des con Autorización Provisional de Funcionamiento, la Co- misión de Análisis y Consolidación, recomendó calificar como DEFICIENTE la ejecución del Proyecto de Desa- rrollo Institucional de la Universidad Cristiana del Perú María Inmaculada al finalizar su Cuarta Evaluación, concancelación de la autorización de funcionamiento provi- sional; Que, por otra parte la Asociación Promotora de la Universidad Cristiana Abierta del Perú María Inmacula- da desde la Autorización Provisional de Funcionamien- to de la Universidad, ha tenido una relación problemáti- ca con sus Comisiones Organizadoras, lo que ha moti- vando la suspensión de las actividades académicas hasta en dos oportunidades, el 9 de agosto del 1996 y el 13 de diciembre del 2001, debido principalmente a que la Promotora no cumplió con los aportes económi- cos a los que se había comprometido para el funciona- miento de la Universidad; Que, con Resolución 048-2001-CONAFU del 20 de febrero del 2001, se declaró en Estado de Emergencia a la Universidad Cristiana del Perú María Inmaculada, por el reiterado incumplimiento de los compromisos de inversión por parte de su Asociación Promotora y por la persistente situación de crisis económica de la Univer- sidad, la que mostraba una situación de riesgo institu- cional, que comprometía seriamente su funcionamiento y la calidad de los servicios académicos prestados, emergencia que obligó a la Asociación Promotora y la nueva Comisión Organizadora de la Universidad, pre- sentar un Programa de Emergencia para los próximos 12 meses, estableciendo expresamente aspectos que debían ser cumplidos, bajo apercibimiento de revocar- se la autorización provisional de funcionamiento, en caso de incumplimiento. Las acciones programadas fueron las siguientes: 1. Organizar el cuerpo docente a la fecha de avance del Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad, de acuerdo con lo que establece la Ley N°23733, conside- rando: a) Número total de plazas, desagregado en número de plazas a Dedicación Exclusiva (DE) a Tiempo Com- pleto (TC), y a Tiempo Parcial (TP). El total de plazas a Dedicación Exclusiva + Tiempo Completo no deber ser menor al 15% del total de plazas consideradas. En las plazas a Tiempo Parcial se debe indicar el número pro- medio de horas/semana de clases por Plaza. b) Establecer el número de plazas por categoría do- cente (niveles A, B y C, equivalentes a Profesor Princi- pal, Profesor Asociado, Profesor Auxiliar respectivamen- te) y Jefe de Prácticas, cuidando de mantener una pro- porción adecuada para cada una de ellas. c) Establecer remuneraciones uniformes por catego- ría docente y nivel de dedicación, incluyendo las remu- neraciones para los docentes a Tiempo Parcial, por hora/ semanal/mensual de clase. 2. Mejorar el equipamiento en los laboratorios básicos de Física, Química y Biología, en función del nivel univer- sitario que deben tener, y de la capacidad asignada a cada uno de ellos. 3. Implementar adecuadamente, por lo menos un labo- ratorio en el área de Ingeniería Industrial. 4. Implementar el número de libros en la biblioteca de la Universidad, por lo menos a una cantidad equivalente a cuatro unidades por curso ofrecido por la Institución, con- siderando para este cálculo, sólo libros con antigüedad de publicación no mayor a cinco años. 5. Garantizar, mediante la presentación de docu- mentos debidamente ejecutables y comprobables, pre- sentados al CONAFU y puestos a disposición de la Uni- versidad tales como depósitos en cuentas corrientes equivalentes, a ser cancelados por la Promotora, Lí- neas de crédito a favor de la Promotora, otorgadas por bancos, con avales de terceros de un nivel de inver- sión de la Promotora, que permita financiar en los pri- meros seis meses, las adquisiciones necesarias para cumplir con lo establecido en los numerales 2, 3 y 4, antes indicados, cantidad que no podrá ser inferior a 300,000 Nuevos Soles. 6. Presentar un programa realista, en función de la situación actual de la Universidad, de ingresos por ta- sas educacionales y otras actividades de prestación de