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Pág. 223879 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de mayo de 2002 guilla, en reemplazo de la Dra. Mónica Puma Huavil. - Dra. LOLA VIOLETA RONDÓN AGUIRRE, como Juez Suplente del Segundo JPL de Barranco y Miraflores, en reemplazo de la Dra. Marta Graciela Lizarzaburu Vites. - Dra. MARÍA ISABEL HURTADO GARCÍA, como Juez Suplente del Primer JPL de Jesús María, en reemplazo de la Dra. Milagros Serena Requena Vargas. - Dra. CARMEN GLICERIA YAHUANA VEGA, como Juez Suplente del Segundo JPL de Breña, Pueblo Libre y Jesús María, en reemplazo de la Dra. Ana Lucía Campos Flores. - Dra. ELIZABETH ROSARIO TICONA CHÁVEZ, como Juez Suplente del Segundo JPL de Jesús María, en reem- plazo de la Dra. Frezia Sissi Villavicencio Ríos. - Dr. PEDRO PABLO PAIRAZAMÁN TORRES, como Juez Suplente del Primer JPL de Pueblo Libre, en reem- plazo de la Dra. Alicia Salinas Lirriviere. - Dra. ANA MARILÚ PRADO CASTAÑEDA, como Juez Suplente del Tercer JPL de Chorrillos, en reemplazo del Dr. Juan Humberto Vásquez Laguna. - Dr. JOSÉ RONALD ALIAGA RENGIFO, como Juez Suplente del Segundo JPL de Chorrillos, en reemplazo del Dr. José de la Cruz Vargas. - Dr. CARLOS ALBERTO CUEVA ANDAVIZA, como Juez Suplente del Cuarto JPL de La Victoria, en reemplazo del Dr. Demetrio Guzmán Navarro. - Dra. CARMEN DEL PILAR DÍAZ VÁSQUEZ, como Juez Suplente del Segundo JPL de Lince y San Isidro, en reemplazo de la Dra. Carmen Rosa Rojas Maraví. - Dra. MARÍA LASTENIA RÍOS URIO, como Juez Su- plente del Tercer JPL de Lince y San Isidro, en reemplazo del Dr. Iván Wilder Macedo Gárnica. - Dr. MOISÉS SANTOS RODRÍGUEZ PÍO, como Juez Suplente del Cuarto JPL de Villa El Salvador, en reempla- zo del Dr. José Luis Silvestre Cortez. - Dr. ALFREDO VLADIMIR CATACORA ACEVEDO, como Juez Suplente del JPL de Lurín, en reemplazo del Dr. Víctor Manuel Tohalino Alemán. - Dr. MIGUEL ÁNGEL DELGADO AGURTO, como Juez Suplente del Primer JPL del Rímac, en reemplazo de la Dra. Libertad Inga Zapata. - Dra. MARÍA SALOMÉ PULACHE AYALA, como Juez Suplente del Tercer JPL del Rímac, en reemplazo de la Dra. Victoria Pomalaya Trillo. - Dra. MARÍA MARGARITA SÁNCHEZ TUESTA, como Juez Suplente del Primer JPL de San Miguel, en reempla- zo del Dr. Javier Francisco Magallanes Mendoza. - Dra. GUILLERMINA ROXANA ANDIA ARGOTE, como Juez Suplente del Primer JPL de Surco y San Borja, en reemplazo de la Dra. Jeny Palacios Paredes. - Dra. HAYDÉE LUISA CHAHUD GUTIÉRREZ, como Juez Suplente del Primer JPL de Surquillo, en reemplazo del Dr. Reynaldo Raúl Ramos Ramírez. - Dra. CARMEN PULIDO ALOR, como Juez Suplente del Primer JPL de Villa El Salvador, en reemplazo de la Dra. María Carlota Puelles Valenzuela. - Dra. SONIA VASCONES RUIZ, como Juez Suplente del Tercer JPL de La Victoria, en reemplazo del Dr. Alejan- dro Jorge Mena Quispe. - Dra. ROSAURA CRISTINA ROMERO POSADAS, como Juez Suplente del Primer JPL de San Luis, en reem- plazo del Dr. Miguel Chávez García. - Dr. VÍCTOR RODRÍGUEZ MORALES, como Juez Suplente del Primer JPL de Chosica, en reemplazo del doctor Guillermo Vicente Solano Chumpitaz. Artículo Segundo.- DISPONER que los ex magistra- dos reemplazados que ostenten cargos jurisdiccionales o administrativos de origen como servidores de la Corte Su- perior de Justicia de Lima, deberán de ponerse a disposi- ción de la Oficina de Personal, para que se proceda a sus reubicaciones, según los requerimientos de necesidad de servicio, dándoseles las gracias por los servicios presta- dos en el cargo conferido, así como también se brinda el agradecimiento respectivo a los ex magistrados reempla- zados que a la fecha no ostentan cargo de origen en esta corte. Artículo Tercero.- DISPONER que BAJO RESPON- SABILIDAD los ex Magistrados, reemplazos y salientesdeberán presentar el inventario de los expedientes co- rrespondientes a cada uno de los Despachos conferidos, así como deberán proceder a la entrega de las credencia- les de Magistrados otorgadas, las mismas que deberán ser devueltas ante la Secretaría de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervisión del Poder Judicial, de la Fis- calía de la Nación y de la Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 9642 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR - CONAFU Declaran nulo Concurso de Admisión a la Universidad Cristiana del Perú María Inmaculada RESOLUCION Nº 133-2002-CONAFU Lima, 24 de mayo del 2002 VISTOS; La Resolución Nº 082-2002-CONAFU del 25 de marzo del 2002; con la que se suspenden las actividades académicas de la Universidad Cristiana del Perú María Inmaculada; el Expediente Nº 55810; el Informe legal Nº 071-2002 del 22 de mayo del 2002 de la Asesoría Legal del CONAFU; el Acuerdo Nº 116- 2002 de la Sesión Ordinaria del Pleno del CONAFU del 23 de mayo del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universida- des - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribución: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel na- cional, autorizar, denegar, ampliar o suprimir facultades, carreras o escuelas, así como, limitar el número de va- cantes en las universidades con funcionamiento provi- sional, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley; Que, estando actualmente la Asociación Promoto- ra Universidad Cristiana Abierta del Perú María Inma- culada sometida a una Administración Judicial de Bie- nes, que recayó también sobre la Universidad Cristia- na del Perú María Inmaculada, lo que interfirió la vida académica de la Universidad, generando condiciones que agravaron la ya difícil situación en la que se en- contraba, por lo que, al no existir garantías para un adecuado desenvolvimiento de las actividades acadé- micas de la Universidad Cristiana del Perú María In- maculada, por Resolución Nº 082-2002-CONAFU del 25 de marzo del 2002, se suspendieron las activida- des académicas de la misma; Que, a pesar de encontrarse la Universidad con acti- vidades académicas suspendidas, el Administrador Ju- dicial, señor Elías Sanabria Lázaro, don Carlos Mendo- za Euwing y, don David Aranaga Manrique, han llevado a cabo el día 7 de abril del 2002 un Concurso de Admi-