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Pág. 232969 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de noviembre de 2002 Nº 013-2001-PCM, Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, y el Informe Técnico Legal Nº 001-2002-DEVI- DA-GAI-GAL; SE RESUELVE : Artículo 1º .- Declarar en situación de urgencia la con- tratación del Programa de Seguros requerido por la Comi- sión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas "DEVI- DA", con la finalidad de preservar contra diversos riesgos los recursos humanos, financieros y patrimoniales de sus diferentes sedes y unidades operativas. Artículo 2º.- Autorizar al Gerente General para que designe al Comité Especial que conducirá el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía para la contratación del mencionado Programa de Seguros, en tanto no concluya el proceso de Concurso Público que para el efecto viene eje- cutando el Comité designado por Resolución de Gerencia General Nº091-2002-DV-GG. Artículo 3º.- Autorizar la contratación del referido Pro- grama, hasta por un valor referencial de Ciento Cuarenti- dós Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 142 000,00), mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- Disponer que se remita copia de la pre- sente Resolución y del Informe Técnico Legal a la Contra- loría General de la República en el plazo establecido por Ley y se publique, conforme a lo establecido en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, Comuníquese y Publíquese. NILS ERICSSON CORREA Presidente Ejecutivo del Directorio INFORME TÉCNICO LEGAL Nº 001-2002-DEVIDA-GAI-GAL Lima, 29 de octubre de 2002 La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Dro- gas, es un Organismo Público Descentralizado del Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros, cuyo titular del pliego es el Presidente Ejecutivo y que de acuerdo a su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM, es el órgano rector que diseña y conduce la Política Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, el Consumo Ilegal de Drogas Tóxicas, promoviendo el Desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país. DEVIDA en el marco de su plan de adquisiciones con- vocó a la Adjudicación Directa con Publicación Nº 006-2001- CD, a fin de contratar una empresa aseguradora para la cobertura del Programa de Seguros para el período Julio 2001-Junio 2002 otorgándose la buena pro a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS. DEVIDA con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 042-2002-DV-PE de fecha 27 de junio del 2002 aprueba un endoso de prórroga con MAPFRE PERÚ por 120 días adi- cionales, desde el 1 de julio al 30 de octubre de 2002, al amparo del Artículo 141º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2002-PCM. DEVIDA, mediante Resolución de Gerencia General Nº 091-2002-DV-GG designó al Comité Especial encargado de organizar y conducir el proceso de Concurso Público para la contratación de un nuevo Programa de Seguros contra riesgos. El citado Comité Especial no concluirá el proceso de Concurso Público al 30 de octubre fecha que finaliza la pró- rroga del contrato de la póliza original de seguros con la Compañía MAPFRE PERÚ por lo que resulta de URGEN- CIA, preservar de diversos riesgos el patrimonio y personal de la Institución. La propuesta se sustenta en el literal e) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que prevé la exoneración de los procesos de Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, para las contra- taciones en situación de urgencia declaradas de conformi- dad con dicha norma legal, contrataciones que en virtud del Artículo 20º del mismo cuerpo legal se realizarán me- diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Asimismo, en el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera si- tuación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la adquisición de los bienes, servicios u otras sólo por el tiempo o canti- dad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el pro- ceso de selección que corresponda; Por lo expuesto, resulta necesario declarar en situación de urgencia la contratación del Programa de Seguros re- querido por la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas "DEVIDA", con la finalidad de preservar contra diversos riesgos los recursos humanos, financieros y patri- moniales de sus diferentes sedes y unidades operativas y autorizar la contratación del requerido Programa, hasta por un valor referencial de Ciento Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 142 000,00), mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. CÉSAR MIRANDA CENTURIÓN Gerente (e) de Administración e Informática EDUARDO OLAECHEA GUISLAÍN Gerente (e) Asesoría Legal 19830 INDECOPI Aprueban Normas Técnicas sobre ges- tión ambiental, gas licuado de petróleo, petróleo y derivados, paletizadores, sue- los, cementos y cales RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0114-2002/INDECOPI-CRT Lima, 25 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Co- merciales, en su calidad de Organismo Nacional de Nor- malización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adop- ción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comer- cio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación na- cional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a tra- vés del Sistema Peruano de Normalización, del cual for- man parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolu- ción Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración y ac- tualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizar- se con la participación de representantes de todos los sec- tores involucrados: producción, consumo y técnico, consti- tuidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normaliza- ción Permanentes: a) Gestión Ambiental, b) Gas Licuado de Petróleo, c) Petróleo y derivados. Combustibles Líqui- dos, d) Paletizadores, e) Geotecnia, y f) Cementos, Cales y Yesos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Co- mités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización indicados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas siguientes: 1. Gestión Ambiental, 1 PNTP, el 18 de junio del 2002. 2. Gas Licuado de Petróleo, 1 PNTP, el 28 de junio del 2002. 3. Petróleo y derivados. Combustibles Líquidos, 1 PNTP, el 28 de junio del 2002. 4. Paletizadores, 1 PNTP, el 28 de junio del 2002. 5. Geotecnia, 1 PNTP, el 1 de julio del 2002. 6. Cementos, Cales y Yesos, 4 PNTP, el 8 de julio del 2002.