Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2002 (13/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

MORDAZA, miercoles 13 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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SALUD
Incorporan procedimiento sobre acceso a la informacion en el MORDAZA del Ministerio de Salud
DECRETO SUPREMO Nº 012-2002-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º inciso 5) de la Constitucion reconoce que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, senala que todas las actividades y disposiciones de las entidades comprendidas en la presente Ley estan sometidas al MORDAZA de publicidad; Que, teniendo en cuenta la vocacion de transparencia y publicidad de la actuacion del Estado, recogido por la acotada disposicion; debe establecerse los mecanismos administrativos que permitan a los ciudadanos el acceso a la informacion que se encuentre disponible dentro del presente MORDAZA normativo;

Que, a fin de uniformizar los criterios que regulen el acceso a la informacion que posee o produce el Ministerio de Salud, sus organos desconcentrados y sus organismos publicos descentralizados, es necesario incorporar un procedimiento al MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 0012002-SA; De conformidad con el articulo 38º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757; DECRETA: Articulo Primero.- Incorporar como procedimiento Nº 132 al MORDAZA del Ministerio de Salud, el denominado: "Acceso a la informacion que posean o produzcan los organos dependientes, desconcentrados y organismos publicos descentralizados del Ministerio de Salud". Articulo Segundo.- Dejar sin efecto los procedimientos enunciados en el MORDAZA del Ministerio de Salud que regulen el mismo objeto, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de noviembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE SALUD PROCEDIMIENTO ADICIONAL (Ley Nº 27806)
DENOMINACION Nº DEL REQUISITOS DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA DONDE SE DEPENDENCIA QUE RESUELVE AUTORIDAD QUE RESUELVE

EVALUACION AUTOMATICA POSITIVO NEGATIVO

PROCEDIMIENTO Y BASE LEGAL

DE PAGO

INICIA EL TRAMITE

EL TRAMITE

RECURSO IMPUGNATORIO

132 ACCESO A LA INFORMACION QUE POSEEN O PRODUCEN LOS ORGANOS DEPENDIENTES, DESCONCENTRADOS Y ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS DEL MINISTERIO DE SALUD

1. Solicitud dirigida al Director General que posea la informacion, segun formato. 2. Declaracion Jurada comprometiendose a cancelar el costo de la reproduccion. 3. Formas de reproduccion: - por folio (copia simple) 0,03% 0,50% 1,00%

7 dias

Mesa de Partes cia que posee o produzca la informacion

Director General de la previa opinion del organo de Asesoria Juridica o el que haga sus veces

Reconsideracion: Ante la misma autoridad

de la Dependen- misma Dependencia

Apelacion: Autoridad administrativa superior, segun corresponda

Ley Nº 27444 Ley Nº 27806

- diskette - C.D.

1 El plazo se podra prorrogar en forma excepcional por 5 dias utiles adicionales, lo que debera ser comunicado por escrito al recurrente. 2 La autoridad competente denegara la entrega de informacion si se encuentra en los supuestos mencionados en el articulo 15º de la Ley Nº 27806. 3 El pago del costo de la reproduccion se efectuara luego de que se MORDAZA aprobado la procedencia del suministro de la informacion. 4 Si la solicitud fuera denegada por la Dependencia, por carecer de la informacion solicitada o estar dentro de las excepciones del articulo 15º de la MORDAZA acotada, dicha situacion debera ponerse en conocimiento del solicitante. 5 El procedimiento no es de aplicacion para el personal de salud (trabajadores en actividad, SERUMS y Residentado Medico), que requieran informacion sobre asuntos laborales; quienes estan exonerados del derecho de tramite. 6 Para la informacion que obre en la Alta Direccion de la Sede Central del Ministerio de Salud, incluida la informacion que se encuentre en la Unidad de Archivo General la solicitud debera ser dirigida a la Secretaria General; en este caso, el recurso de apelacion sera de conocimiento del Viceministro.

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