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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (13/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 93

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 233215 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de noviembre de 2002 GENERALES A. B. C. CasillaESPECÍFICAS (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12)MENSUAL :Restar alvalor delacasilla (6)losvalores delascasillas (7), (8), (9) y (10).TRES CUOTAS : Restar al valor de la casilla (6) los valores de las casillas (8), (9) y (10). Indicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (4).Esta casilla sólo será utilizada poraquellos armadores quecuenten conunsaldo afavor delejercicio 2001, siempre quenocorresponda alpago porservicio del SISESAT y su aplicación haya sido solicitada para el presente año (artículo 5º de la R.M.Nº 104-2002-PE). Enesta casilla, seindicará losvalores queresulten negativos (-)delacasilla (11) debido aquepodrán arrastrarse como undeducible afavor delarmador. Esta columna será utilizada para efectos del calculo de pago de derechos de pesca bajo la modalidad mensual y tres cuotas. Enlacolumna deesta casilla, debe indicarse losmontos cancelados mensualmente porservicio deSISESAT sinIGV, siempre quehayan sido abonados dentro delos diez (10) primeros días útiles delmes siguiente alque corresponden (artículo 4ºdelaR.M.Nº 104-2002-PE) .Esta columna será utilizada tanto para la modalidad de pago mensual y tres cuotas . Losvalores mensuales quecorresponden aesta columna, seobtentrán efectuando laoperación matemática queseindica acontinuación, según modalidad de pago :Indica elvalor quecorresponde portonelada métrica extraída, elcual hasidoestablecido arazón de0.15% UIT portonelada métrica derecursos extraídos entre el1ero deenero al31dediciembre del2002 (artículo 1ºdelaResolución Ministerial Nº104-2002-PE). El0.15 %delaUITestablecida equivale aS/.4.65 Nuevos Soles / T.M. Multiplicar los valores de las casillas (4) y (5). Lacolumna delacasilla (7), sólo será utilizada poraquellos armadores pesqueros que efectúan suspagos dederechos depesca enlamodalidad mensual. Enlacolumna deesta casilla, debe indicarse losvalores obtenidos porconcepto delincentivo porpronto pago, losmismos quecomprenden unareducción dehasta uncinco porciento (5%) delmonto mensual quelescorresponde pagar. Está condicionado aquelospagos porderechos depesca delosmeses demarzo hasta octubre sehayan cancelado dentro delosdiez (10)primeros días útiles delmes siguiente alquecorresponden, mientras quelosmeses deenero yfebrero deben haber sido cancelados dentro delosdiez (10) primeros días útiles delosmeses deabril ymayo, respectivamente. Dicho incentivo esaplicable, silas cuotas mensuales anteriores se encuentran canceladas (artículo 4º de la R.M.Nº 104-2002-PE). CARTILLA DE INSTRUCCIONESCARTILLA DE INSTRUCCIONES Consignar el código de pago asignado a la embarcación pesquera. Indicar la fecha de presentación de la Declaración Jurada por concepto de pago de derechos de pesca correspondiente a la 2da cuota del ejercicio 2002. Consignar lascapturas obtenidas porlaembarcación pesquera enforma mensual yexpresado enT.M. Debe considerarse eltotal delasespecies capturadas porla respectiva embarcación (artículo 7º de la R.M.Nº 104-2002-PE).Consignar lacapacidad debodega enm3 conforme allistado deembarcaciones pesqueras, establecida porlaResolución Ministerial Nº152-2002-PE. Aquellas embarcaciones queobtuvieron supermiso depesca enfecha posterior alapublicación delaR.M.Nº 152-2002-PE, deberán considerar lacapacidad debodega en m3 de su respectiva Resolución Autoritativa. II. INFORMACIÓN A CONSIGNAR POR LOS ARMADORES PESQUEROS QUE OPTARON POR LA MODALIDAD DE PAGO MENSUAL O TRES CUOTASEl presente Formato será utilizado para efectos de liquidar los derechos de pesca de merluza conforme la Resolución Ministerial Nº 104-2002-PE. La entrega del presente formato se efectuará en cualquier Dirección Regional de Pesquería o en la Sede Central del Ministerio de la Producción. La información a consignarse deberá hacerse a máquina o a manuscrito con letra imprenta.Las intrucciones que se presentan a continuación son claras y precisas, por favor léalas con detenimiento antes de llenar la Declaración Jurada. Indique el nombre de la embarcación pesquera. Consigne el número de matrícula de la embarcación pesquera.I. CODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN DATOS GENERALES DE LA EMBARCACIÓN PESQUERA (12) (13) (14) (15) RECIBO Nº ................................ ENTIDAD.................................... FECHA DE PAGO...................... CANTIDAD (S/.).......................... A B C Informes : Teléfonos 224-3254 - 224-3229 - 224-3330 Anexo 440 - 450 Fax 224-3338 - 224-3229 INFORMACIÓN SUSTENTATORIAIndicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (4). Consignar lacifra queresulte desumar sólo losvalores positivos (+)contenidos enlacolumna delacasilla (11). Elvalor resultante corresponderá alanominación "A" para efectos del calculo final. Consignar la cifra obtenida de la suma de los valores contenidos en la columna de "CANTIDAD" que está comprendida en la sección de INFORMACION SUSTENTATORIA. El valor resultante correspondará a la nominación "B" para efectos del calculo final.Indicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (6). Enesta casilla seconsignará elvalor que resulte derestar lascasillas AyB.Sielvalor resulta positivo (+)deberá efectuar elpago porconcepto deDERECHOS DE PESCA por dicha cantidad.Indique el número de recibo con el que efectuó algún pago por concepto de DERECHOS DE PESCA. Marque con (X)enlacolumna que corresponde alaENTIDAD donde efectuó elpago por DERECHOS DEPESCA, enbase ala clasificación que figura en la parte inferior. Señale la fecha en que se recepcionó el pago en CAJA de la ENTIDAD correspondiente. Colocar eltotal del importe mensual efectivamente pagado por concepto deDERECHOS DE PESCA. Tener encuenta que la administración, sólo tomará enconsideración lospagos que hayan sido efectuados dentro delPLAZO QUE SEÑALA elartículo 4ºdela R.M.Nº 104-2002-PE. Indique el valor resultante de la casilla (14). Indique el valor resultante de la casilla (15).III. CÁLCULO PARA DETERMINAR EL MONTO A PAGAR POR DERECHOS DE PESCA 20027