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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (13/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 93

TEXTO PAGINA: 44

Pág. 233202 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de noviembre de 2002 VPOL-PNP, declaró desierto el referido proceso de selec- ción; Que, dicha situación exigiría una segunda convocatoria así como la realización de nuevo proceso de selección, y por lo tanto la espera de no menos de mes y medio para poder iniciar y efectuar recién los servicios especializados que se especifican en la parte expositiva de la presente Resolución; Que, es fundamental garantizar la continuidad de los servicios aeropoliciales y su utilización en la operatividad aerotransportada, y en especial, los relativos al transporte de personal y materiales a lugares afectados por el "Fenó- meno del Niño" de acuerdo a los requerimientos del Institu- to Nacional de Defensa Civil, y apoyo a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el transporte de personal y material electoral a nivel nacional, así como el traslado de personal especializado a lugares donde se produzcan alte- raciones del orden público y actos de agitación social, en- tre otras necesidades y contingencias urgentes y propias del servicio policial; Que, la ausencia extraordinaria de estos servicios com- prometen en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales que la Policía Nacional tiene a su cargo, situación que hace necesaria la realización de un proceso de menor cuantía, en término estrictamente nece- sario, al amparo de lo dispuesto en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, y su Reglamento respectivo aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, establece que están exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc- ta, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de emergencia y urgencia, declarados de conformidad con la indicada Ley; Que, el artículo 21º del mismo cuerpo normativo consi- dera que existe situación de urgencia, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servi- cio compromete en forma directa e inminente la continui- dad de los servicios esenciales que la entidad tiene a su cargo, la misma que faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesarios para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, asimismo, el artículo 20º de la acotada normal le- gal, establece que las adquisiciones y contrataciones exo- neradas de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi- cación Directa, se realizarán mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía debidamente aprobada mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Que, el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que las resoluciones que aprueben la exoneración de pro- cesos de selección al amparo de las causales conteni- das en el artículo 19º de la Ley, requieren obligatoria- mente un Informe Técnico - Legal previo emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la Entidad, que contendrá la justificación técnica y legal de la adquisi- ción o contratación y de la necesidad de la exoneración así como los criterios de economía, tales como los cos- tos y la oportunidad; Que, en ese sentido, la Dirección de Aviación Policial mediante Informe Técnico Nº 034-2002-DIRAVPOL-PNP/ OFAD-LOG de fecha 16 de octubre del 2002, y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior con Informe Nº 6029-2002-IN/0203 de fecha 21 de octubre del 2002, emiten opinión favorable respecto a la declaración de urgencia y autorización para llevar a cabo un proceso adjudicación de menor cuantía, cumpliéndose lo estableci- do en el acotado artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, a su vez, el artículo 115º del Reglamento de la Ley, dispone que las Resoluciones que aprueben las exo- neraciones de los procesos de selección conforme al artí- culo 19º de la Ley, salvo las previstas en los incisos b) y d), son publicados en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días de su emisión o adopción, según correspon- da; Que, en tal sentido, resulta imprescindible declarar en Situación de Urgencia la contratación de los servicios que se especifican en la parte expositiva de la presente Resolu- ción, por término no mayor a sesenta (60) días contados a partir de la fecha de su aprobación, por el valor referencial estimado de S/. 247,390.00 nuevos soles - Fuente de Fi- nanciamiento; Recursos Directamente Recaudados y Nivel de Descentralización y Desconcentración: Dirección de Avia-ción Policial, mediante el correspondiente proceso de adju- dicación directa de menor cuantía; Lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y lo establecido en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM; y, Lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia la con- tratación de servicios especializados para la extensión es- tructural por tiempo calendario de los aviones AN32B de matrículas PNP-227 y PNP-228, así como para la exten- sión del recurso calendario del motor AI20D-5 N/S H29235D024 del avión PNP-228, a fin de garantizar la con- tinuidad de los servicios aeropoliciales y su utilización en la operatividad aerotransportadas a cargo de la Dirección de Aviación Policial, por el plazo de sesenta (60) días conta- dos a partir de la fecha de aprobación de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- Exonerar de Proceso por Concurso Públi- co, la contratación de los servicios que se especifican en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar la contratación de los servi- cios a que se refieren los artículos precedentes, por el valor referencial estimado de S/. 247,390.00 nuevos so- les (DOSCIENTOS CUARENTISIETE MIL TRESCIEN- TOS NOVENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) - Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados y Nivel de Descentralización y Desconcentración: Direc- ción de Aviación Policial, mediante Proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución Minis- terial y los Informes Técnico - Legal sustentatorios serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 19696Constituyen Comisión Especial encarga- da de proponer modificaciones a las normas que regulan el régimen discipli- nario de la PNP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2066-2002-IN-0102 Lima, 7 de noviembre del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 0200-2002-IN del 15 de marzo de 2002, el Presidente Constitucional de la República aprobó el Informe Final elaborado por la Comi- sión Especial encargada de llevar a cabo el diagnóstico ins- titucional y definir la agenda y el cronograma del proceso de reestructuración policial, cuyo objeto fundamental es lo- grar su desarrollo y modernización; Que dicho proceso implica la modernización de diversos aspectos de la vida institucional, tales como, el marco normati- vo, la doctrina y la organización policial, poniendo especial én- fasis en la necesidad de modificar el actual sistema disciplina- rio de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener un adecuado régimen disciplinario, que permita prevenir la comisión de faltas del personal policial en el ejercicio de sus funciones, así como incentivar las conductas ejemplares en el servicio policial, con estricta observancia de los principios y derechos establecidos en la Constitución Política del Perú; Que deben conformarse órganos de investigación y san- ción que aseguren la absoluta imparcialidad e independen- cia en el ejercicio de sus funciones, así como deben esta- blecerse las normas y procedimientos a los que se sujetará el personal policial en actividad, teniendo como finalidad mantener una elevada moral y disciplina en el comporta- miento del personal, a fin de lograr un servicio policial ópti- mo;