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Pág. 231187 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de octubre de 2002 Que, teniéndose en cuenta que mediante Ley Nº 27779 se crea el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento que tiene como funciones regular y ejecutar las políticas en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, a través del Decreto de Urgencia Nº 040- 2002, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Pre- supuesto del Sector Público para el año Fiscal 2002, hasta por la suma de S/ 90 108 272 del Pliego Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción - Uni- dad Ejecutora 018 Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado al Pliego Ministerio de Vivienda, Construc- ción y Saneamiento - Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento; Que, con fecha 5 de setiembre de 2002, se suscribe la Addenda al Convenio de Gestión a que se refiere el segun- do considerando de la presente Resolución Ministerial, entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS AYACUCHO S.A., por la cual el citado Ministerio sustituye al antiguo Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción, asumiendo todos los de- rechos y obligaciones que le correspondían; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 14º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado las transfe- rencias financieras constituyen una modalidad de aplica- ción del gasto, por el cual los Pliegos Presupuestarios otor- gan recursos a otras Entidades u Organismos sin contraprestación alguna, para el cumplimiento de las Actividades y Proyectos aprobados en los Presupuestos Institucionales de los Organismos de destino; Que, en consecuencia, se debe proceder a autorizar la transferencia financiera como parte de la contrapartida local y el financiamiento acordado a que se refieren los conside- randos precedentes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, a favor de la EPS Ayacucho S.A. hasta por la suma de S/. 3 100 000,00 (Tres Millones Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles); Con la opinión favorable de la Oficina General de Plani- ficación y Presupuesto y de la Oficina General de Ase- sorìa Jurídica; De conformidad con las Leyes Nºs. 27209, 27573, 27779 y 27792, Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002-EF/76.01; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento-PARSSA, con cargo a sus recursos presupuestales, fuente de financiamiento Recursos Ordina- rios a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Sa- neamiento de Ayacucho Sociedad Anónima EPS Ayacucho S.A. hasta por la suma de S/. 3 100 000,00 (Tres Millones Cien Mil y 00/1000 Nuevos Soles), para los fines a que ser refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artí- culo precedente, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dictará las disposiciones administrativas y presupuestarias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 17957 Dejan sin efecto resolución mediante la cual se designó al Gerente de Proyec- tos en Sierra y Selva del INADE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2002-VIVIENDA Lima, 9 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, con fecha 21 de setiembre de 2002 se publicó la Resolución Ministerial Nº 076-2002-VIVIENDA; Que, es necesario dejar sin efecto la mencionada Resolución;De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27792 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 076-2002-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 17958 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Encargan a magistrado el despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 276-2002-P-CSJCN/PJ Independencia, cuatro de octubre del dos mil dos VISTA: La Resolución Administrativa número cero cero cuatro - dos mil dos- CE-PJ de fecha quince de enero del año en curso, y publicada en el Diario Oficial el El Peruano el dieci- siete de enero del presente año; y, CONSIDERANDO: Que, con la resolución de vista, se ha programado el descanso físico vacacional de los señores Magistrados y personal jurisdiccional y administrativo para los meses de febrero y marzo del presente año; La referida resolución en su artículo sétimo, dispone que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República, harán uso de su derecho vacacional correspondiente al presente año, durante los meses com- prendidos entre abril y noviembre, y el Vocal Superior De- cano que no se encuentre sometido a investigación o pro- cesos penales o disciplinarios con motivo de su función jurisdiccional, quedará encargado de la Presidencia de la Corte Superior correspondiente, durante el período en que su titular haga uso de su derecho de vacacional; El suscrito, desde que asumió la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, el dos de enero del dos mil uno, no ha hecho uso de su descanso vacacional, habiendo acumulado dos períodos consecutivos a la fecha (2000- 2001 y 2001 -2002), tal y conforme se desprende del Infor- me emitido por la Oficina de Administración; Por ello, ha considerado conveniente programar su des- canso físico vacacional, por el primer período, que corres- ponde al trabajo realizado durante el año dos mil; el cual se hará efectivo entre el catorce de octubre y el doce de noviembre del presente año por tanto, resulta pertinente encargar el Despacho de la Presidencia al Vocal titular de mayor antigüedad; Al respecto, estando a la promoción del doctor José Alberto Infantes Vargas como Vocal Supremo Provisional, el suscrito resulta ser el Decano, y en orden de antigüedad sigue el señor Vocal Titular, doctor Luis Homero Santillán Salazar, Presidente de la Primera Sala Penal de Reos en Cárcel, quien de acuerdo al informe del Jefe de Imagen Institucional de la Oficina de Control de la Magistratura de este Distrito Judicial, no se encuentra sometido a inves- tigación alguna, por lo que resulta el llamado para hacerse cargo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia por el período en que el suscrito haga uso de su derecho vacacional; El citado Magistrado, se hará cargo del Despacho de la Presidencia, en adición a su labor jurisdiccional, en razón a que los Jueces Especializados de esta Corte Superior de Justicia no cumplen con los requisitos exigidos por el