Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2002 (16/10/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 16 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 231453

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban monto que cobra el SAT en la Division de Multas de la Gerencia de Operaciones, por concepto de tramite de solicitudes de terceria de propiedad
ORDENANZA Nº 402 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA, en Sesion de fecha catorce de octubre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el citado Codigo Tributario, asi como la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, establecen que los derechos son tasas que se MORDAZA por la prestacion de un servicio administrativo publico o el uso o aprovechamiento de bienes publicos; Que, mediante Edicto Nº 225, se creo el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, siendo su finalidad organizar y ejecutar la administracion, fiscalizacion y recaudacion de todos los ingresos tributarios de la Municipalidad; Que, los articulos 20º y 36º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, establecen que el tercero que alegue la propiedad del bien o bienes embargados podra interponer terceria de propiedad ante el Ejecutor, en cualquier momento MORDAZA de que se inicie el remate del bien; Que, de acuerdo con lo senalado en el numeral 44.2. del articulo 44º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, son condiciones para la procedencia de este cobro: que la entidad este facultada para exigirlo por una MORDAZA con rango de ley y que este consignado en su vigente Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, es necesario aprobar para la Division de Multas de la Gerencia de Operaciones, el derecho por concepto de tramite de Solicitudes de Terceria de Propiedad, a fin de asegurar el cumplimiento oportuno de las funciones del SAT; Estando a lo dispuesto por el numeral 4) del articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 109º y numeral 4) del articulo 134º de la Ley Organica de Municipales Nº 23853; Aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Apruebese el derecho que cobra el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, en la Division de Multas de la Gerencia de Operaciones, por el siguiente concepto: - Derecho de tramite de Terceria de Propiedad ante cobranzas de obligaciones no tributarias: Denominacion Terceria de Propiedad ante cobranzas de obligaciones no tributarias Monto % de la UIT 0.968 %

Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando que se registre, publique y cumpla. MORDAZA, 14 de octubre de 2002. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 18227

Modifican Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administracion Tributaria - SAT
ORDENANZA Nº 403 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA en Sesion de fecha catorce de octubre de 2002, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 362 del 17 de febrero de 2002, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, MORDAZA, del Servicio de Administracion Tributaria para el ejercicio 2002; Que, el articulo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444, establece que el MORDAZA debe contener la descripcion MORDAZA y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realizacion completa de cada procedimiento; Que, de conformidad con el articulo 38º de la citada Ley toda modificacion que implique la creacion de nuevos requisitos debera ser aprobada por Ordenanza; Que, de acuerdo con el articulo 41º de la referida Ley, solo se exigiran copias autenticadas por fedatarios institucionales en los casos en que sea razonablemente indispensable; Que, segun lo dispuesto en los articulos 20º y 36º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, la terceria de propiedad solo sera admitida si el tercero prueba su derecho con documento privado de fecha cierta, documento publico u otro documento, que acredite fehacientemente la propiedad de los bienes MORDAZA de haberse trabado la medida cautelar; Que, a fin que el SAT pueda cumplir eficientemente su funcion, es necesario modificar el MORDAZA respecto de los procedimientos de solicitudes de suspension de cobranza coactiva, de levantamiento de medida cautelar por adquisicion de bienes en remate publico, de terceria de propiedad y de solicitudes de suspension del procedimiento de ejecucion coactiva por muerte del administrado (solo para las infracciones de MORDAZA y multas administrativas), consignandose los dos primeros de manera independiente en la Division de Tributos y Multas de la Gerencia de Operaciones, e incorporando nuevos requisitos a los mismos; Estando a lo dispuesto por los Articulos 109º y 110º y el numeral 4 del articulo 134º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Derogase los siguientes procedimientos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA del Servicio de Administracion Tributaria, SAT: - Procedimiento de "Solicitudes de Suspension de Cobranza Coactiva" de la Gerencia de Operaciones. - Procedimiento de "Solicitudes de Levantamiento de Medida Cautelar por adquisicion de bienes en remate publico" de la Gerencia de Operaciones. Articulo 2º.- Modificase el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA del Servicio de Administracion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.