Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2002 (16/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 16 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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la Comision de una Infraccion, la Imposicion de las Sanciones correspondientes y su ejecucion; Que, sin embargo en la estructura organica de la Municipalidad no se encuentra comprendido dicho organo, por lo que es necesario establecer el area que asumira en forma directa la competencia del referido procedimiento de fiscalizacion; por lo que en merito de las funciones que se encuentran establecidos expresamente en el ROF de la Municipalidad para la Unidad de Desarrollo Fisico Territorial, asi como la establecida en las Resoluciones de Alcaldia Nº 141-99-ALC/ML; 426-99-ALC/ML y Acuerdo de Concejo Nº 161-2000/ML se ve por conveniente se le encargue ejecutar directamente las acciones del procedimiento de fiscalizacion, en todo lo relativo a todas las funciones que ejerce; Que, por otra parte en el Cuadro de Sanciones y Escalas de Multas a la que esta Municipalidad se ha acogido mediante Ordenanza Nº 055/ML, no se encuentra establecido los casos en que se procede la notificacion preventiva de sancion asi como los plazos concedidos para la subsanacion de la infraccion; por lo que en este aspecto y en aquellas infracciones en el que el monto de la multa se establece en funcion al valor de la obra y/o autorizacion, tal como se ha senalado en cada una de ellas; debera completarse el citado cuadro de sanciones de la Municipalidad con lo regulado en el D.A. Nº 105-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Con las facultades que confiere el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853; Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Unidad de Desarrollo Fisico Territorial de las Agencias Municipales para que ejecuten directamente las acciones del procedimiento de fiscalizacion del cumplimiento de las disposiciones administrativas de competencia municipal que comprende la investigacion conducente a detectar y controlar la comision de una infraccion, la imposicion de la sancion correspondiente y su ejecucion; en todo lo relativo a las funciones que ejercen. Articulo Segundo.- APROBAR como DISPOSICION COMPLEMENTARIA A LA ORDENANZA Nº 055/ML de la Municipalidad de Lurin, lo establecido en el D.A. Nº 105/MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en cuanto a los casos en que procede la notificacion preventiva de sancion, los plazos para la subsanacion de la infraccion; asi como en los montos de multa de aquellas infracciones que se establecen en funcion al valor de la obra y/o autorizacion tal como se ha senalado en cada uno de ellos. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 7276

Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades son organos del Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a la fecha se ha detectado la existencia de locales comerciales que no cuentan con la Licencia de apertura de establecimiento, que requieren traslado de establecimiento u otra modalidad de regularizacion; Que, siendo asi, y teniendo en consideracion la actual crisis economica, resulta necesario que la autoridad municipal de facilidades a efectos de formalizar las referidas actividades dentro un plazo perentorio, facilitando de igual forma el ejercicio de la fiscalizacion posterior; Que, estando a lo precisado por la Direccion de Rentas y la Direccion de Presupuesto y Planificacion en sus respectivos informes, y a lo dispuesto por el inciso 3) del articulo 192º y articulo 74º de la Constitucion Politica del Estado, inciso 7) del articulo 68º, articulo 109º e inciso 4) del articulo 134º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE SIMPLIFICACION DE TRAMITE Y REDUCCION DEL PAGO DE DERECHOS PARA LA OBTENCION DE LAS LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- Otorguese el beneficio de simplificacion de tramite y reduccion del pago de derechos para la obtencion de la Licencia Municipal de Funcionamiento en el distrito, y por unica vez, a todos aquellos que no cuentan con la respectiva licencia, que requieran traslado de local u otra modalidad de regularizacion, para cuyo efecto deberan pagar una tasa unica de S/. 60.00 (SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- Para acogerse a dicho beneficio, los comerciantes deberan presentar la documentacion establecida en el item 3.14 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, a excepcion del Certificado de Compatibilidad de Uso. De corresponder, debera acompanarse el Certificado favorable expedido por la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA o de la MORDAZA Region de Defensa Civil, de conformidad con la Ordenanza Nº 118-MDMM. Articulo Tercero.- Con la MORDAZA de los documentos MORDAZA citados, la verificacion de la viabilidad de la solicitud respecto a la zonificacion vigente por parte de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA y el resultado de la respectiva inspeccion ocular, se procedera a expedir la licencia por apertura de establecimiento mediante Resolucion Directoral, la cual estara sujeta a fiscalizacion posterior. Articulo Cuarto.- El plazo para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza vence el 15 de noviembre del 2002. Articulo Quinto.- Durante el termino de vigencia de la presente Ordenanza, se suspenderan las acciones de fiscalizacion relativas a establecimientos comerciales y de servicios. Articulo Sexto.- Las papeletas de infraccion o multas que se hubiesen aplicado por no contar con la correspondiente Licencia de apertura de establecimiento, seran objeto de anulacion acreditando la MORDAZA de los documentos requeridos en el tramite para la obtencion de la respectiva Licencia, dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Setimo.- No estan comprendidos dentro del ambito de aplicacion de la presente Ordenanza los establecimientos que se encuentren sancionados con orden de clausura, asi como los sujetos a la suspension decretada por las Ordenanzas Nºs. 392 y 399 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Octavo.- Los gastos generados por la aplicacion y ejecucion de lo dispuesto en la presente Ordenan-

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Otorgan beneficio de simplificacion de tramite y reduccion del pago de derechos para obtencion de licencias de apertura de diversos establecimientos en el distrito
ORDENANZA Nº 121-MDMM MORDAZA MORDAZA, 14 de octubre de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, adopto por MAYORIA y con dispensa de tramite de lectura y aprobacion del Acta; y,

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