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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (16/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 231456 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de octubre de 2002 za, serán asumidos por la Municipalidad, debiéndose ob- servar para ello las disposiciones presupuestales corres- pondientes. Artículo Noveno.- El Alcalde podrá dictar mediante Decreto las disposiciones reglamentarias que se requie- ran para la mejor aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde 18261 Otorgan beneficio de regularización sobre pago de impuesto predial, arbi- trios municipales y multas tributarias ORDENANZA Nº 122-MDMM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR; Magdalena del Mar, 14 de octubre del 2002 POR CUANTO: El Concejo en Sesión Extraordinaria celebrada en la fecha y con dispensa del trámite de aprobación de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Artículos 74º, 191 y 192º inciso 3) de la Constitución, el Artículo 10º inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por la Ley Nº 23853, así como el antepenúltimo párrafo de la Nor- ma IV del Título Preliminar y el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Su- premo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia, entre los cuales está la creación, modificación, supre- sión o exoneración mediante Ordenanza de las contribucio- nes, tasas, arbitrios, licencias y derechos, dentro de su juris- dicción y con los límites que señala la Ley; En tal sentido es recomendable establecer un régimen de beneficio de regularización en cuanto a la aplicación de los reajustes e intereses moratorios de las deudas tributarias; Estando a lo dispuesto en el Informe Nº 00792-01-SAT/ MML, el Informe Nº 124-2002-DR-MDMM de la Dirección de Rentas y el Artículo 109º y el inciso 4) del Artículo 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Munici- pal aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN SOBRE PAGO DE IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES Y MULTAS TRIBUTARIAS. Artículo 1º.- Otórguese un Beneficio Tributario Espe- cial a los contribuyentes de la Municipalidad de Magdalena del Mar, de la siguiente manera: - La rebaja de 100% de intereses moratorios, factor de ajuste o factor de actualización, para los contribuyentes que tengan deudas vencidas o pendientes de pago por concepto del Impuesto Predial de 1994 al 2002 y por Arbi- trios Municipales del año 2002. - La condonación de Insolutos e intereses de Arbitrios Municipales para todos los contribuyentes sin distingo al- guno, de acuerdo al siguiente cuadro: CUADRO DE BENEFICIOS DE CONDONACIÓN POR AÑOS CONCEPTO 1996-1998 1999 2000 2001 Limpieza Pública 100% 50% 30% 20% Parques y Jardines 100% 50% 30% 20% Serenazgo 100% 50% ----- 20% Intereses 100% 100% 100% 100%- Durante la vigencia de la presente Ordenanza, se dis- pondrá la condonación del 100% del insoluto e intereses de multas tributarias. Artículo 2º.- Los contribuyentes que no se acojan a los beneficios anteriores y tengan deudas mayores o iguales a S/.310.00 (Trescientos Diez y 00/100 Nuevos Soles) po- drán fraccionarlas, sin intereses ni moras, en tres cuotas iguales de 33.33% cada una, los intereses que se generan por el fraccionamiento se condonarán al 100%. Los contribuyentes que se encuentren con conve- nios de fraccionamiento vigentes o en cobranza coacti- va podrán acogerse al presente beneficio, en la moda- lidad de Refinanciamiento de deuda, al cual podrán acu- mular nuevas deudas y pagarlas en tres cuotas iguales de acuerdo al párrafo anterior. Artículo 3º.- Tratándose de contribuyentes que tengan pendiente recursos de reclamación o de apelación en trá- mite, podrán acogerse al Régimen Especial establecido en la presente Ordenanza, presentando original o fotocopia autenticada del recurso de desistimiento de la impugna- ción formulada y/o pagando las deudas tributarias recla- madas. Artículo 4º.- El plazo para acogerse al Régimen Espe- cial de Regularización vence el 31 de octubre del 2002. Artículo 5º.- Podrán acogerse al presente benefi- cio todos los contribuyentes, cuyos valores se encuen- tren en cobranza coactiva pagando el total del insoluto más S/. 1.00 (Un y 00/100 Nuevos Soles) de gastos administrativos. Artículo 6º.- Para aquellos Contribuyentes que se ha- yan acogido a lo establecido en la Ordenanza Nº 057, Can- je de Deudas en Especies, podrán acogerse a la presente Ordenanza siempre y cuando cancelen el íntegro de sus deudas al contado. Artículo 7º.- El presente beneficio no paraliza los pro- cedimientos de cobranza coactiva. Artículo 8º.- Encárguese a la Dirección de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NÚÑEZ STOLAR Alcalde 18262 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Modifican y derogan disposiciones so- bre sanciones por emisión de gases tóxi- cos por parte de vehículos automotores ORDENANZA Nº 066-MDR Rímac, 24 de setiembre del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa, Econ. Gloria Jaramillo Aguilar, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Ipa- rraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo; Visto, el Dictamen Nº 008-MDR-C.A.R. emitido por la Comisión de Administración y Rentas referente al Proyec- to de Ordenanza sobre Control de Límites Máximos Permi- sibles de Emisiones de Gases Contaminantes para Vehí- culos Automotores;