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Pág. 231814 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de octubre de 2002 DESPERDICIO Es el ineficiente, excesivo, uso impropio o la innecesa- ria disipación de la energía de un Reservorio; así como la inapropiada ubicación, espaciamiento, perforación, equipa- miento, operación o producción de Hidrocarburos de modo tal que dé como resultado la reducción de los volúmenes de Hidrocarburos a ser recuperados de un Reservorio. También es el ineficiente almacenamiento en superficie y la ubicación, espaciamiento, perforación, equipamiento o producción de cualquier Pozo de Hidrocarburos que cause o tienda a causar pérdidas innecesarias o excesivas o des- trucción de Hidrocarburos. A la vez se considera desperdicio a la Producción de Hidrocarburos de tal modo que se cause Canalización o Conificación innecesaria en las formaciones; la producción de Pozos con GOR ineficiente; la inundación con agua de un Reservorio o parte de él con capacidad de producir Hi- drocarburos; la quema innecesaria de combustible y el es- cape de Hidrocarburos al aire en un Pozo productivo, en exceso a las cantidades que son razonables y necesarias en el desarrollo eficiente de un Reservorio o producción de un Pozo. DÍA Cuando los plazos se señalen por días, se entenderá que éstos son hábiles, es decir, que van de lunes a vier- nes, excluyendo los días feriados y los días no laborables. Cuando los plazos se señalen por días calendario, se en- tenderá que son los días naturales que van de lunes a do- mingo. DIQUE O MUR O CONTRAINCENDIO En el Almacenamiento de Hidrocarburos, es el elemen- to de altura apropiada destinada a contener derrames de líquidos, construido de concreto, tierra o cualquier otro ma- terial, pero que reúne la condición de ser impermeable DISPENSADOR En las Instalaciones y transporte de GLP es el con- junto de elementos conformado generalmente por un medidor volumétrico, computador, manguera y pistola, que tiene como objetivo medir y transferir el GLP desde el Tanque de Almacenamiento al Tanque del vehículo (surti- dor). DIST ANCIA MINIMA DE SEGURID AD En el Almacenamiento de Hidrocarburos, es la distan- cia horizontal mínima que debe haber entre los lados de Tanques de Almacenamiento y otros tanques, instalacio- nes o edificaciones. DISTRIB UCION Servicio público de Suministro de Gas Natural por Red de Ductos prestado por un Concesionario a través de un Sistema de Distribución. DISTRIB UIDOR A GRANEL Persona natural o jurídica debidamente autorizada por la DGH, que se dedica a la comercialización de GLP a granel, para lo cual cuenta con Camiones, Tanques o Re- des de Distribución de GLP. DISTRIB UIDOR DE KER OSENE Persona que adquiere kerosene para comercializarlo al público o a otros Distribuidores de Kerosene. Estos Distri- buidores pueden operar Grifos de Kerosene, cumpliendo con las normas de seguridad y demás disposiciones lega- les sobre la materia. DISTRIB UIDOR EN CILINDR OS En la Comercialización de GLP, es la persona debida- mente autorizada por la DGH, que se dedica a su comer- cialización en Cilindros, para lo cual cuenta con depósitos, áreas o vehículos exclusivos. DISTRIB UIDOR MA YORIST A Persona que adquiere en el país o importa Combusti- bles Líquidos derivados de los Hidrocarburos, para alma- cenarlos en instalaciones denominadas Plantas de Abas- tecimiento; a fin de comercializarlos con Consumidores Directos u otras personas que realizan Actividades de Co- mercialización de Hidrocarburos; pudiendo también expor- tarlos. El Distribuidor Mayorista también podrá ser Opera- dor de Plantas de Abastecimiento. Las Empresas de Refi- nación en sus Plantas de Abastecimiento para desempe-ñar las funciones de Distribuidor Mayorista, deberán ins- cribirse como tales. DISTRIB UIDOR MINORIST A Persona dedicada a transportar en camiones-tanque, exclusivamente, diesel y residuales adquiridos de Distri- buidores Mayoristas para comercializarlos únicamente con Grifos Rurales y Consumidores Directos. El volumen máximo que podrán vender por consumidor y por mes, no excederá de 113,56 m3 (30 000 galones). DRENAJE DEL TANQ UE En el Almacenamiento de Hidrocarburos, es la conexión usada para purgar o drenar al exterior el agua que se asienta en el fondo del tanque. DUCT O PRINCIP AL Conjunto de tuberías, equipos e instalaciones desti- nados a transportar Hidrocarburos, construido en cum- plimiento de obligaciones contraídas por el Contratista en un contrato celebrado conforme al artículo 10º de la Ley y destinado a transportar Hidrocarburos producidos bajo dicho contrato. EBULLICION DESBORD ANTE Evento en el incendio de determinados Hidrocarburos Líquidos, cuando después de un período de constante com- bustión, ocurre un súbito incremento en la intensidad del fuego asociado con expulsión del líquido encendido fuera del tanque. Este fenómeno se presenta en la mayoría de los Petróleos crudos, combustibles de amplio intervalo de ebullición como los combustibles residuales y cuando en el fondo de un Tanque se acumula agua que se vaporiza rápidamente. ELEMENT O PR ODUCT OR DE CHISP A Aquel que no es fabricado para ambiente inflamable (por ejemplo, campanillas, enchufes, interruptores, etc.). EMISIÓN Es el desprendimiento de vapores inflamables que con cierta continuidad ocurre en la operación de Plantas e Instalaciones y se puede producir por fallas en los sellos de bombas, empaques de válvulas, etc. EMPRESA FISCALIZADORA Persona inscrita en el Registro de Fiscalizadores de Hidrocarburos del OSINERG, encargada de efectuar la fis- calización de las actividades dentro del ámbito de su com- petencia y de los exámenes especiales requeridos por di- cha Institución; así mismo, se encarga de la elaboración de informes a ser requeridos por la DGH, para efectos de obtener Autorizaciones de Instalación, Modificación y/o Ampliación o Uso y Funcionamiento, según sea el caso. EMPRESA P ARA ESTUDIO DE RIESGOS Persona natural o jurídica, integrada por profesionales colegiados expertos en la materia, debidamente califica- da, autorizada e inscrita en el Registro de la DGH para realizar Estudios de Riesgo. EMPRESA PETR OLERA La Persona cuyo objeto social comprenda la realiza- ción de Actividades de Exploración y Explotación o Explo- tación de Hidrocarburos. EQUIPO APR OBADO En el Almacenamiento de Hidrocarburos, es el equipo o instrumento que ha sido enviado a la Autoridad Compe- tente para su examen o prueba, y respecto del cual ha emitido un certificado aprobando su uso en la aplicación indicada. EQUIPO DE GLP Conjunto de elementos de una instalación interior de GLP, formado por dos (2) y hasta un máximo de doce (12) Cilindros Tipo 45, incluidos los Cilindros para la reposición. El Equipo incluye regulador de presión, piezas de tuberías, llave de paso general, conexiones flexibles, colector, etc. EQUIPO DE MEDICIÓN DE NIVEL En el Almacenamiento de Hidrocarburos, es el equipo que indica el nivel del líquido dentro del Tanque de un Al- macenamiento, respecto a una línea de referencia o línea base del Tanque.