Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2002 (23/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 23 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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ESTABLECIMIENTO DE GLP A GRANEL DE CONSUMIDORES DIRECTOS Instalacion en un bien inmueble donde el GLP es objeto de recepcion y almacenamiento para su propio consumo, estando prohibida su venta al publico y cuya capacidad total de almacenamiento de GLP es mayor a un (1) metro cubico. ESTABLECIMIENTO DE VENTA AL PUBLICO DE COMBUSTIBLES Instalacion en un bien inmueble donde los Combustibles son objeto de recepcion, almacenamiento y venta al publico. En el MORDAZA, tambien se les denomina Estaciones de Servicio, Grifos, Grifos Flotantes, Grifos de Kerosene, Grifos Rurales y Grifos en la via publica. ESTABLECIMIENTO DE VENTA AL PUBLICO DE GLP PARA USO AUTOMOTOR, (GASOCENTRO) Instalacion en un bien inmueble para la venta de GLP exclusivamente para uso automotor a traves de Dispensadores, el mismo que debera contar con la autorizacion de la DGH; y que, ademas, puede prestar otros servicios, en instalaciones adecuadas y aprobadas por la DGH, tales como: 1. MORDAZA y engrase. 2. Cambio de aceite. 3. Venta de llantas, lubricantes, aditivos, baterias, accesorios y demas afines. 4. Cambio y reparacion de llantas, alineamiento y balanceo. 5. Venta de articulos propios de un minimercado. 6. Cualquier otra actividad comercial ligada a la prestacion de servicio al publico en sus instalaciones, sin que interfiera con su normal funcionamiento, ni afecte la seguridad del establecimiento. ESTACION En la Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, es la Estacion de regulacion/reduccion de presion, de medicion, odorizacion, o una combinacion de ellos. En el caso del Transporte de Hidrocarburos por Ductos, es la Instalacion perteneciente a un Sistema de Transporte, que consiste en tuberias, equipos, sistemas auxiliares, instrumentos de control y otros, que pueden ser para el bombeo, compresion, reduccion/regulacion/alivio de presion, medicion, almacenamiento/embarque, o una combinacion de ellos. ESTACION DE SERVICIOS Establecimiento de Venta al Publico de Combustibles Liquidos a traves de surtidores y/o dispensadores exclusivamente; y que ademas ofrecen otros servicios en instalaciones adecuadas, tales como: a) MORDAZA y engrase. b) Cambio de Aceite y Filtros. c) Venta de llantas, lubricantes, aditivos, baterias, accesorios y demas articulos afines. d) Cambio, reparacion, alineamiento y balanceo de llantas. e) Trabajos de mantenimiento automotor. f) Venta de articulos propios de un Minimercado. g) Venta de GLP para uso domestico en cilindros, cumpliendo con los requisitos establecidos en el presente Reglamento y el Reglamento especifico; quedando prohibido el llenado de cilindros de GLP para uso domestico. h) Venta de GLP para uso automotor, sujetandose al Reglamento especifico. i) Venta de kerosene, sujetandose a las disposiciones legales sobre la materia. j) Cualquier otra actividad comercial ligada a la prestacion de servicios al publico en sus instalaciones, sin que interfiera con su normal funcionamiento ni afecte la seguridad del establecimiento. ESTIMULACION En la Explotacion o Exploracion de Hidrocarburos son los trabajos que se realizan con el objeto de incrementar la Productividad de un Pozo. ESTRATO MORDAZA de MORDAZA sedimentaria que corresponde a un ciclo de depositacion.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL - EIA Aquel estudio que debe efectuarse previamente al inicio de cualquier actividad de hidrocarburos o ampliacion de la misma, el cual abarcara aspectos fisicos, naturales, biologicos, socioeconomicos y culturales, en su area de influencia, con la finalidad de determinar las condiciones existentes y las capacidades del medio; asi como, prever los efectos y consecuencias de la realizacion de dicha actividad, indicando medidas y controles a aplicar para lograr un desarrollo armonico entre la actividad y el ambiente. El EIA, debe contener el Plan de Manejo Ambiental (PMA), tanto para la etapa de instalacion, como para la operacion, asi como tambien el respectivo Plan de Abandono. ESTUDIO DE LINEA BASE En el EIA, es el estudio que se realiza para determinar la situacion de un area MORDAZA de ejecutarse un proyecto. Incluye todos los aspectos bioticos, abioticos y socioculturales del ecosistema. ESTUDIO DE RIESGOS Aquel que cubre aspectos de seguridad en instalaciones relacionadas con las Actividades de Hidrocarburos, y en su area de influencia, con el proposito de determinar las condiciones existentes en el medio, asi como prever los efectos y consecuencias de la instalacion y su operacion, indicando los procedimientos, medidas y controles que deberan aplicarse con el objeto de eliminar condiciones y actos inseguros que podrian suscitarse. El Estudio de Riesgos debera analizar detalladamente todas las variables tecnicas y naturales, que puedan afectar las instalaciones y su area de influencia, a fin de definir los metodos de control que eviten o minimicen situaciones de inseguridad, incluyendo el dimensionamiento de los sistemas y equipos contra incendios. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PRELIMINAR (EIAP) Es aquel desarrollado con informacion bibliografica disponible, que reemplaza al EIA en aquellos casos en que las actividades no involucran un uso intensivo ni extensivo del terreno, tales como la aerofotografia, aeromagnetometria, geologia de superficie, o se trate de actividades de reconocido poco impacto en ecosistemas no fragiles. ESTUDIO SISMICO Tecnica para determinar la configuracion de las capas geologicas en el subsuelo, por medio de ondas sismicas producidas artificialmente. EXPLORACION El planeamiento, ejecucion y evaluacion de estudios geologicos, geofisicos, geoquimicos y otros; asi como la perforacion de Pozos Exploratorios y actividades conexas necesarias para el descubrimiento de Hidrocarburos; incluyendo la perforacion de Pozos Confirmatorios para la evaluacion de los reservorios descubiertos. EXPLOSIMETRO Instrumento para medir el contenido de gases de Hidrocarburos, en el ambiente. EXPLOTACION Desarrollo y Produccion. EXTENSION En el Transporte de Hidrocarburos por Ductos, es la prolongacion de un ducto existente y sus instalaciones asociadas. MORDAZA Fractura de la corteza terrestre o de parte de MORDAZA, con desplazamiento. FISCALIZACION Funcion que realiza el OSINERG, segun la cual debe fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y tecnicas relacionadas con las Actividades de Hidrocarburos, asi como el cumplimiento de las normas legales y tecnicas referidas a la conservacion y proteccion del ambiente en el desarrollo de dichas actividades. FISCALIZADOR Representante de OSINERG o persona inscrita en el Registro de Fiscalizadores de este organismo, que esta

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