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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (14/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 229987 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de setiembre de 2002 reducción, con relación al período de equilibrio Octubre 1997 - Marzo 1998. • La existencia de relación causal entre el supuesto daño registrado a la industria nacional y las importaciones del producto denunciado. • En virtud a ello, solicitan sean impuestos derechos antidumping, habiendo calculado éstos en 22,5% y 56,7%, para el caso de Rusia y Kazajstán, respectivamente. Que, de manera preliminar, se ha considerado como período de análisis de daño a la rama de producción nacio- nal, el comprendido entre enero de 1998 y diciembre del 2001, mientras que para la determinación de la existencia de dumping, el comprendido entre enero y diciembre del 2001; Que, el Informe Nº 042-2002/CDS, que contiene la eva- luación de la solicitud de inicio de procedimiento de inves- tigación presentada por SIDERPERÚ, es de acceso públi- co a través del portal de internet del Indecopi www.indecopi.gob.pe/tribunal/cds/informes.asp ; Que, los productos que fabrica SIDERPERU son simi- lares a los denunciados en términos de características y usos; Que, SIDERPERÚ representa más del 25% de produc- ción nacional de bobinas galvanizadas y planchas lisas gal- vanizadas, por lo que se encuentra legitimada a presentar una solicitud para el inicio del procedimiento de investiga- ción por supuestas prácticas de dumping; Que, sobre la base de la información proporcionada por ADUANAS, para el período definido para el cálculo del margen de dumping, se ha estimado el precio FOB prome- dio de exportación de los productos objeto de la solicitud, originarios de Rusia y Kazajstán, en 378,39 US$/Tn y 349,98 US$/Tn respectivamente; Que, se ha calculado el valor normal sobre la base del valor reconstruido elaborado por SIDERPERU, tomando como referencia los costos de producción del 2001 corres- pondientes a la industria del Brasil, así como una estima- ción de las utilidades y los gastos en los que incurrirían los productores de acero en Rusia y Kazajstán, realizada por la solicitante; Que, de esta forma, el valor reconstruido para las plan- chas y bobinas galvanizadas originarias y/o procedentes de Rusia y Kazajstán ha sido calculado en US$/Tn 463,8 y US$/Tn 534,4 respectivamente; Que, teniendo en cuenta los cálculos efectuados, se ha determinado indicios de la existencia de dumping en las importaciones de bobinas galvanizadas y planchas lisas galvanizadas, originarias de Rusia y Kazajstán, del orden del 22,57% para el caso de Rusia, y de 52,69% para el caso de Kazajstán; Que, se ha determinado la existencia de indicios de daño a la rama de producción nacional reflejado en la reducción tanto de los volúmenes de venta de la solicitante, como de la participación de mercado de la rama de producción na- cional; Que, de manera preliminar se puede decir que, los indi- cios de daño hallados sobre los indicadores económicos de la rama de producción nacional, se deberían al aumen- to en el volumen de las importaciones de bobinas galvani- zadas y planchas lisas galvanizadas, originarias de Rusia y Kazajstán, a supuestos precios dumping; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-91- EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 051-92-EF, el Decreto Supremo Nº 043-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 144-2000-EF de aplicación supletoria al pre- sente procedimiento, y el artículo 22 del Decreto Ley Nº 25868; y, Estando a lo acordado unánimemente en su sesión del 2 de setiembre del 2002; 1En adelante SIDERPERU 2En adelante la Comisión. 3En adelante INDECOPI. 4En adelante Kazajstán. 5En adelante Rusia.<<<16. Asistenta Social Georgina Alejandrina Pinto Sotelo Representante Titular de los Colegios Profesionales de Puno. 17. Señora María Anahua Suca, Representante Titular de las Organizaciones de Mujeres del departamento de Puno. 18. Señor Eduardo Pineda Arce Latorre, Representante Titular del empresariado privado de la actividad turística de Puno. 19. Reverendo Padre Juan Felipe Valero Gallegos, Representante Titular de las Organizaciones No Guber- namentales, especializadas en asuntos ambientales del departamento de Puno. 20. Biólogo Ángel Canales Gutiérrez, Representante Alterno de las Organizaciones No Gubernamentales, especializadas en asuntos ambientales del departamento de Puno 21. Señora Brígida Peraza Cornejo Representante Ti- tular de Comunidades Campesinas del departamento de Puno. 22. Ingeniero Jaime Cuba Corrido, Representante Titu- lar del Instituto de Recursos Naturales - Puno. 23. Ing. Miguel Otazú Arana, Representante Alterno del Instituto de Recursos Naturales - Puno. Artículo 2º.- Transmitir la presente Resolución a las personas y/o entidades señaladas en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LORET DE MOLA DE LAVALLE Presidente del Consejo Directivo CONAM 16502 INDECOPI Disponen inicio del procedimiento de investigación por la supuesta existen- cia de prácticas de dumping en las im- portaciones de bobinas galvanizadas, y planchas lisas galvanizadas, originarias de la Federación Rusa y de la Repúbli- ca de Kazajstán Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios RESOLUCIÓN Nº 049-2002/CDS-INDECOPI Lima, 2 de setiembre de 2002 LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Vistos, el Expediente Nº 005-2002-CDS; y, CONSIDERANDO: Que, el día 23 de abril de 2002, la Empresa Siderúrgica del Perú S.A.A. 1 solicitó a la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios 2 del Instituto Nacional de Def ensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual 3, el inicio del procedimiento de investigación por supuestas prác- ticas de dumping sobre las importaciones de bobinas (tam- bién llamadas chapas) galvanizadas y planchas lisas galva- nizadas, originarias y/o procedentes de la República de Ka- zajstán4 y de la F ederación Rusa 5. Los pr incipales funda- mentos de su solicitud fueron los siguientes: • SIDERPERU es la única empresa en el país que ela- bora bobinas y planchas galvanizadas (productos planos de acero galvanizados) teniendo, en cuanto a esta fabrica- ción, el 100% de representatividad de la producción side- rúrgica nacional. • Los productos nacionales son similares a los produc- tos denunciados. • Como consecuencia del incremento de las importa- ciones a precios dumping, los niveles de producción y ven- tas de SIDERPERU se vieron seriamente afectados. En lo relativo a la participación de mercado, señalan que la par- ticipación de las ventas nacionales ha sufrido una drástica