Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2002 (19/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de setiembre de 2002

y dentro del MORDAZA del respeto de sus derechos. Asimismo, se busca precisar el ambito de aplicacion de los Sistemas de Tarifas con la finalidad de dar certidumbre a los operadores y usuarios sobre el alcance de la normativa vigente. Conforme a los objetivos senalados, y dentro del MORDAZA de la normativa legal vigente, la presente Resolucion incluye las siguientes disposiciones: Disposiciones modificatorias: A continuacion se describen los textos que la Resolucion establece para los Articulos 11º, 12º, 16º, 21º, 28º y 30º, asi como la justificacion respectiva. · En el Articulo 11º: En los casos de reducciones de tarifas, la comunicacion a OSIPTEL podra ser realizada el mismo dia de su publicacion. Si la publicacion se efectuara en un dia no util, la comunicacion a OSIPTEL tendra que realizarse a mas tardar el dia util inmediato siguiente. El plazo de tres (3) dias utiles de comunicacion previa a OSIPTEL, se aplicara unicamente en los casos de aumentos de las tarifas, MORDAZA estas tarifas establecidas o tarifas aplicables a los planes tarifarios. Las ofertas, promociones y descuentos pueden ser comunicadas el mismo dia en que se efectua la publicacion. Se precisa asimismo que las tarifas derivadas de contratos suscritos en el MORDAZA de convocatorias o negociaciones de caracter publico o privado deberan ser comunicadas a OSIPTEL a mas tardar el dia de su publicacion. Ello indica claramente que la obligacion de comunicar a OSIPTEL se origina una vez que se MORDAZA suscrito un contrato y el plazo para comunicar es hasta el mismo dia de su publicacion. En la etapa de MORDAZA de propuestas economicas en tales concursos o convocatorias los operadores no requieren comunicar a OSIPTEL las tarifas propuestas. · En el Articulo 12º: Se establece que la publicacion puede ser realizada el mismo dia de entrada en vigencia de la tarifa, salvo que se trate de incrementos de las tarifas, MORDAZA estas tarifas establecidas o tarifas aplicables a los planes tarifarios, en cuyo caso la publicacion se efectuara al menos dos (2) dias calendario MORDAZA de su entrada en vigencia. La reduccion de los plazos para la comunicacion y publicacion de las tarifas, se justifica porque en un contexto de mayor dinamismo en la competencia, como el que se observa por ejemplo en el servicio de larga distancia, los usuarios se beneficiaran con mayores opciones de tarifas mas bajas en un periodo determinado si se eliminan los requisitos de comunicacion y publicacion previa cuando los operadores reducen sus tarifas. OSIPTEL continuara evaluando ex post si las tarifas establecidas, planes tarifarios, ofertas, promociones y descuentos, incluyendo las tarifas derivadas de contratos suscritos en el MORDAZA de convocatorias publicas o privadas, se enmarcan dentro de los principios de libre y MORDAZA competencia, no discriminacion e igualdad de acceso. Es importante indicar que OSIPTEL ha optado por mantener la obligacion de publicar un aviso en un diario, debido a que en los procesos de atencion y resolucion de quejas y reclamos de los usuarios, el aviso constituye un medio de prueba irrefutable de los terminos en que se realizo la difusion de las tarifas aplicadas y sus condiciones respectivas. · En el Articulo 16º: Con la finalidad de facilitar el acceso de los usuarios a la informacion sobre tarifas, en este articulo se establece la obligatoriedad de que todas las empresas operadoras que cuentan con una pagina web de Internet, publiquen en dicho medio la lista de tarifas actualizada, ademas de garantizar el acceso a dicha informacion en sus oficinas comerciales. Es evidente que el Internet se ha convertido en uno de los medios mas eficientes de acceso a informacion, al reducir notablemente el costo que asumen los usuarios por buscar y obtener datos especificos, como son las listas de tarifas de los operadores, que actualmente solo estan disponibles en sus oficinas comerciales. Teniendo en consideracion que la obligacion de publicar la lista de tarifas en Internet comprende solo a las empresas operadoras que cuenten con una pagina web, el costo para las empresas operadoras de implementar esta disposicion sera minimo y el beneficio para los usuarios sera significativo. Sin em-

bargo, se considera razonable otorgar un plazo de 30 dias calendario para que las empresas con pagina web se adecuen a esta disposicion. · En el Articulo 21º: Se precisa que los planes tarifarios tienen como caracteristica el que sus respectivos contratos estan sujetos a plazo indeterminado; caracteristica esta que se observa en los planes tarifarios ofrecidos por distintos operadores. Asimismo, se indica que los operadores deberan garantizar que los usuarios de los planes puedan migrar a otros planes u otras modalidades de contratacion del servicio. Se establece que la introduccion de nuevos planes tarifarios ofrecidos por las empresas concesionarias del servicio de telefonia fija local, sujetas al regimen tarifario regulado, requerira la aprobacion de OSIPTEL emitida mediante carta de su Gerencia General, previamente a su difusion. · En el Articulo 28º: Se elimina el requisito general de aprobacion previa de las ofertas, promociones y descuentos de hasta 3 meses, realizadas por las empresas concesionarias del servicio de telefonia fija local, sujetas al regimen tarifario regulado. Las precisiones sobre las caracteristicas de los planes tarifarios contenidas en el articulo 21º han sido motivadas por los comentarios recibidos al proyecto publicado, en los cuales se advierte la necesidad de una mayor claridad en los conceptos y terminos empleados. En lo que se refiere al articulo 28º, la eliminacion del requisito de aprobacion previa por parte de OSIPTEL, de las ofertas, promociones y descuentos, permitira que las reducciones tarifarias a ser efectuadas por el principal operador de telefonia fija local MORDAZA aplicadas de manera inmediata en beneficio de los usuarios. Tal como se indico anteriormente, OSIPTEL continuara evaluando ex post si las ofertas, promociones y descuentos se enmarcan dentro de los principios de libre y MORDAZA competencia, no discriminacion e igualdad de acceso. En lo que se refiere a los planes tarifarios del principal operador de telefonia fija local, se considera necesario mantener el requisito de aprobacion previa, a fin de garantizar que los planes tengan un impacto favorable sobre el bienestar de los usuarios. · En el Articulo 30º: Se indica que los sistemas de tarifas o los regimenes tarifarios se aplican a los servicios comprendidos en su ambito de aplicacion, independientemente de los medios de pago utilizados por los usuarios de los servicios, MORDAZA estos tarjetas de pago previo o posterior, monedas u otros medios. En relacion con la potestad de OSIPTEL de establecer tarifas en moneda nacional, se precisa que dicha facultad solamente podra ser ejercida en la determinacion de tarifas de los servicios sujetos a tarifas tope y las tarifas de las comunicaciones originadas por usuarios del servicio de telefonia fija local y destinadas a usuarios de otros servicios. El parrafo referido al ambito de aplicacion de los sistemas de tarifas o regimenes tarifarios es consistente con un pronunciamiento previo de OSIPTEL respecto a una situacion de controversia sobre la aplicacion de las reglas establecidas en materia de tarifas, que fuera planteada por un operador de telefonia. Su inclusion en el Reglamento General de Tarifas facilitara el conocimiento de este criterio por parte de todos los operadores y su aplicacion general de manera coherente y predecible en los sistemas de tarifas o regimenes tarifarios. De otro lado, la precision sobre el alcance de la potestad de OSIPTEL de establecer tarifas en moneda nacional responde a los comentarios formulados al proyecto de Reglamento en los que se expresa que el texto anterior genera incertidumbre en las empresas y colisionaria con la MORDAZA de contratacion en moneda extranjera que establece el codigo civil. En este contexto, las modificaciones al texto indicado tienen por finalidad garantizar que tal facultad sera ejercida unicamente en los terminos que corresponden a las Resoluciones emitidas por OSIPTEL actualmente vigentes. Finalmente, cabe precisar que, de acuerdo con la politica de transparencia de OSIPTEL, y conforme a las normas vigentes, el Proyecto de la presente Resolucion fue publicado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 036-2002CD/OSIPTEL del 25 de MORDAZA de 2002 en el Diario Oficial El Peruano, a fin de recibir comentarios al mismo dentro del plazo de veinte (20) dias calendario. En tal sentido, adicio-

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