Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2002 (19/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 19 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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dores, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Miraflores, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en ESTADO de URGENCIA la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, a partir del dia 23 de setiembre hasta el 31 de diciembre de 2002, desagregado en los siguientes items:
1.1 Objeto Cantidad : Adquisicion de Leche Evaporada : 632,635 Unidades (Tarro de Leche de 410 gr. c/u) Precio Unitario : 1.82 Nuevos Soles Monto : S/. 1'151,395.70 Nuevos Soles MORDAZA de financiamiento : (13) Transferencia Programa Vaso de Leche : : : : : Adquisicion de Hojuelas de Quinua 71.196400 TM 3,680.00 S/. 262,002.752 Nuevos Soles (13) Transferencia Programa Vaso de Leche

- Tasa de Licencia de Funcionamiento. - Impuesto de Alcabala. Asimismo, tambien comprende las Multas Administrativas generadas hasta el 31 de diciembre del 2001. Articulo Tercero.- VIGENCIA DEL BENEFICIO El periodo de acogimiento sera del 16 al 30 de setiembre del 2002. Articulo Cuarto.- CONDONACION DE INTERESES MORATORIOS, FACTOR DE REAJUSTE Y COSTAS COACTIVAS A las deudas tributarias senaladas en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza, se les condonara el 100% de las costas del procedimiento coactivo, de los intereses moratorios y del factor de reajuste. Ademas, en el caso de. 1. ARBITRIOS:

1.2 Objeto Cantidad Precio Unitario Monto MORDAZA de financiamiento

Articulo Segundo.- Encarguese el cumplimiento del presente Acuerdo al Comite Especial Permanente, conforme lo establece el Articulo 34º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Dispensese de la Lectura y Aprobacion del Acta. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Oficina de Secretaria General la notificacion del presente Acuerdo de Concejo a la Contraloria General de la Republica, a Consucode y otras Instituciones Publicas del Estado. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16787

1.1 Los contribuyentes que paguen la totalidad o parcialmente sus deudas de arbitrios correspondientes a los periodos de 1995 a 1997 se les condonara el 50% del tributo insoluto, incluyendo los gastos administrativos. 1.2 Los contribuyentes que paguen la totalidad de sus deudas de arbitrios correspondientes a los periodos 1998 a 2001 se les condonara el 15% del monto insoluto. Incluyendo los gastos administrativos. 1.3 Los contribuyentes que paguen la totalidad de su deuda de arbitrios correspondiente al periodo 2002 se les condonara el 15% del monto insoluto, incluyendo los gastos administrativos. 2. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:

2.1 Los contribuyentes que paguen total o parcialmente sus deudas de Licencia de Funcionamiento se les condonara el 50% del monto insoluto, incluyendo los gastos administrativos. 3. ARBITRIOS DE MERCADOS:

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban Beneficio Tributario y Administrativo a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 090/MDS
Surquillo, 13 de setiembre de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en la Sesion Ordinaria del 13 de setiembre del 2002, CON EL MORDAZA DE LA MAYORIA LEGAL DE LOS SENORES REGIDORES y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente Ordenanza: BENEFICIO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO EN EL DISTRITO DE SURQUILLO Articulo Primero.- CREACION DEL BENEFICIO Crease el presente Beneficio Tributario y Administrativo aplicable a los deudores de la Municipalidad de Surquillo por sus obligaciones tributarias y administrativas. Articulo Segundo.- ALCANCE DEL BENEFICIO Comprende las deudas tributarias generadas a la fecha, sobre las cuales no se MORDAZA ejercido medidas cautelares de embargo. Los Tributos comprendidos son los siguientes: - Impuesto Predial. - Tasa de Arbitrios Municipales.

3.1 Los contribuyentes que paguen total o parcialmente sus deudas de arbitrios de tiendas y puestos de mercados, correspondientes a los periodos de 1995 a 2002 se les condonara el 50% del monto insoluto, incluyendo los gastos administrativos. Articulo Quinto.- FRACCIONAMIENTOS Los fraccionamientos incumplidos, que tengan dos o mas cuotas vencidas, seran anulados e imputados de acuerdo al Codigo Tributario, permitiendo el acogimiento de los contribuyentes a la presente norma. Los contribuyentes cuyos fraccionamientos tienen cuotas no vencidas, podran cancelar las mismas, condonandoseles los intereses moratorios y un descuento del 15% del monto insoluto cuando corresponda a los arbitrios, y sin intereses moratorios y factor de reajuste cuando corresponda al impuesto predial. Articulo Sexto.- MULTAS TRIBUTARIAS Los contribuyentes que no hubiesen realizado el ingreso o descargo respecto a la adquisicion o transferencia de predios de todo MORDAZA de acto juridico, asimismo por ampliaciones, cambios de uso y valor, podran presentar las declaraciones juradas de autoavaluo respectivas, condonandoseles la totalidad de la Multa Tributaria impuesta o por imponerse, en tanto realicen la MORDAZA dentro de la vigencia del presente Beneficio. Articulo Setimo.- MULTAS ADMINISTRATIVAS Las Multas Administrativas generadas al 31 de diciembre del 2001, se podran cancelar con un descuento del 90%, condonandoseles las costas del procedimiento coactivo, de corresponder. Articulo Octavo.Derogar o dejar sin efecto toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza Municipal; asimismo, facultese al

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