Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2002 (19/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, jueves 19 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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nalmente a esta Exposicion de Motivos, OSIPTEL publica en su pagina web institucional (www.osiptel.gob.pe) la Matriz de Evaluacion de los comentarios presentados por las empresas al Proyecto de la presente Resolucion. 16740

2002-CD/OSIPTEL, en cualquier etapa del procedimiento, MORDAZA de la publicacion del proyecto normativo en el Diario Oficial El Peruano, el Consejo Directivo puede disponer la ampliacion de los plazos establecidos, mediante Resolucion debidamente motivada; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSIPTEL en su Sesion Nº 157; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el plazo para la publicacion del proyecto normativo que elaborara OSIPTEL en el MORDAZA de la solicitud de revision del cargo de interconexion tope por terminacion de llamada en la red del servicio de telefonia fija local, presentada por Telefonica del Peru S.A.A., hasta el 31 de octubre de 2002. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su notificacion a la empresa solicitante. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 16738

Amplian plazo para publicar proyecto que elaborara OSIPTEL en el MORDAZA de solicitud de revision del cargo de interconexion tope por terminacion de llamada en la red del servicio de telefonia fija local, presentada por Telefonica del Peru S.A.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 049-2002-CD/OSIPTEL
MORDAZA, 16 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que los numerales 46 y 47 de los Lineamientos de Politica de Apertura del MORDAZA de las Telecomunicaciones en el Peru, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 02098-MTC, establecen que, en una MORDAZA etapa, los cargos de interconexion se determinaran sobre la base de la informacion de costos, proporcionados por las empresas; y complementariamente podra considerarse tambien la simulacion de una empresa eficiente, que recoja los parametros de la realidad peruana; Que la MORDAZA Disposicion Final del Procedimiento para la Fijacion de Precios Regulados de OSIPTEL, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0052002-CD/OSIPTEL, establece que el referido procedimiento se aplica, en lo pertinente, a la fijacion o revision de los cargos de interconexion que apruebe OSIPTEL, salvo los cargos fijados mediante los Mandatos de Interconexion; Que de acuerdo a la MORDAZA citada en el considerando precedente, mediante comunicacion GGR-107-A-306/IN02 recibida el 8 de MORDAZA de 2002, Telefonica del Peru S.A.A. (en adelante Telefonica) solicito el inicio del procedimiento de revision del cargo tope de interconexion vigente para la terminacion de llamada en la red del servicio de telefonia fija local; Que dentro del MORDAZA de la revision del cargo referido en el parrafo precedente, mediante carta C.699-GG.GPR/ 2002 de fecha 8 de MORDAZA de 2002, OSIPTEL requirio a Telefonica la MORDAZA de su estudio de costos, el cual debe estar basado en los criterios establecidos en el Reglamento de Interconexion vigente y en los Lineamientos de Politicas de Apertura; otorgandole un plazo para su MORDAZA hasta el 15 de junio de 2002, con la finalidad de que pueda ser evaluado por OSIPTEL y contrastado con el modelo de costos de una empresa eficiente, a efectos de fundamentar el Proyecto de Resolucion que se debe publicar para comentarios de los interesados; Que mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 031-2002-CD/OSIPTEL, se otorgo a Telefonica una prorroga del plazo para la MORDAZA de su estudio de costos hasta el 14 de agosto de 2002; y adicionalmente, se amplio el plazo para la publicacion del proyecto normativo correspondiente hasta el 16 de setiembre de 2002; Que mediante las comunicaciones Nº GGR-107-A-642/ IN-02 y GGR-107-A-658/IN-02, recibidas el 14 y 21 de agosto de 2002, respectivamente, Telefonica presento su estudio de costos y el codigo fuente de dicho estudio desarrollado en el software Mathematica; Que mediante la comunicacion Nº GGR-107-A-724/IN02, recibida el 11 de setiembre de 2002, Telefonica presento el sustento de los insumos utilizados en su estudio, asi como el sustento de los aspectos relacionados con la conmutacion; Que en merito a lo expuesto, dada la complejidad y extension del codigo fuente desarrollado por Telefonica -que fue presentado el 21 de agosto de 2002 y MORDAZA el 11 de setiembre de 2002- es necesario disponer de un plazo mayor que el establecido por el Articulo 2º de la Resolucion Nº 031-2002-CD/OSIPTEL MORDAZA citada, para efectos de llevar a cabo el MORDAZA de evaluacion del estudio de costos presentado; Que conforme a lo previsto en el MORDAZA parrafo del numeral 5.2 del Articulo 5º, de la citada Resolucion Nº 005-

SUNARP
Disponen la realizacion del III Encuentro Registral del Norte que se realizara en la MORDAZA de Chiclayo
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 383-2002-SUNARP/SN MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion del Superintendente Nacional Nº 330-2002-SUNARP/SN, se instituyeron los "Encuentros Registrales" como mecanismo eficaz para analizar y discutir los principales problemas de la actividad registral, proponer solucion a los mismos y tender a la unificacion de criterios; Que, asimismo, mediante la citada resolucion se dispuso que los Jefes Zonales, en coordinacion con la Gerencia Registral de la SUNARP, propiciaran la realizacion de Encuentros Registrales, con ocasion de eventos oficiales en que se desplace o participe personal de la citada Gerencia Registral; Que, con ocasion del desarrollo de las Reuniones Descentralizadas de Trabajo: Propiedad Rural y Registro, Desafios de la MORDAZA Etapa de PTRT, a llevarse a cabo el 12 y 13 de octubre del ano en curso en la MORDAZA de Chiclayo, esta Superintendencia considera pertinente disponer la realizacion del III Encuentro Registral del Norte; De conformidad con lo dispuesto en los literales h) y v), del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la realizacion del III ENCUENTRO REGISTRAL DEL NORTE, a llevarse a cabo el 12 y 13 de octubre del 2002 en la MORDAZA de Chiclayo, con participacion del Gerente Registral de la SUNARP. Articulo 2º.- Encargar al Jefe de la MORDAZA Registral II, Sede Chiclayo, la organizacion y convocatoria del Encuentro Registral a que se refiere el articulo anterior, en coordinacion con la Gerencia Registral y la Escuela de Capacitacion de la SUNARP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 16627

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