Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2002 (19/09/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 230204

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de setiembre de 2002

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Aprueban transferencia patrimonial predial de inmuebles de propiedad del Estado a favor de la Municipalidad Provincial del Callao
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 069-2002/SBN-GO-JAD
La MORDAZA, 6 de setiembre de 2002 Visto, el Expediente Nº 051-2002/SBN-GO-JAD mediante el cual se sustenta la transferencia patrimonial de 07 inmuebles de propiedad del Estado a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, a efectos de dar solucion a la titulacion de las familias poseedoras del Sector IV "Fraternidad" del Asentamiento Humano Marginal "Bocanegra" en la Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 126-2002-MPC-ALC de fecha 14 de agosto del 2002 la Municipalidad Provincial del Callao solicita se formalice la transferencia patrimonial predial a su favor, de 7 inmuebles de propiedad del Estado que se indican en el anexo de la presente resolucion, a efectos de dar solucion al problema del saneamiento y titulacion de las familias poseedoras del denominado "Sector Fraternidad" del Asentamiento Humano Marginal "Bocanegra", en la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Ley Nº 24393 de fecha 10 de diciembre de 1985 y Ley Nº 25332 del 03 de junio de 1991 se declaro de necesidad y utilidad publica y preferente interes social, la expropiacion a favor del Asentamiento Humano MORDAZA "Sector Fraternidad", del terreno de 92 246,00 m2 incluyendo las obras de habilitacion MORDAZA existentes, ubicado en el ex Fundo MORDAZA "Sector Fraternidad", de la Provincia Constitucional del Callao, encargandose a la Municipalidad Provincial del Callao la realizacion de las acciones necesarias para llevar a cabo la expropiacion, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24513 para el saneamiento de la estructura fisico legal de los asentamientos humanos denominados pueblos jovenes y en la Ley Nº 25102 que establecio que era atribucion propia de las Municipalidades Provinciales la aplicacion y cumplimiento de la Ley Nº 24513; Que, en el MORDAZA de esas normas, la Municipalidad Provincial del Callao, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 187589 de fecha 27 de MORDAZA de 1989 aprobo el plano perimetrico del denominado "Sector Fraternidad" en el ex Fundo MORDAZA Alta, lado Nor Este de la MORDAZA del Callao, colindante con la prolongacion de las avenidas Peru y MORDAZA del Distrito y la Provincia Constitucional del Callao; Que, la indicada area se encontraba inscrita en el asiento C.1 de la Ficha Nº 12891 del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao, como propiedad privada, pasando a nombre de la Municipalidad Provincial del Callao, quien inscribio su derecho de propiedad en el asiento C.2 de la misma ficha, sin pago de indemnizacion justipreciada, y, habiendo sido acumulada a otra area, paso a conformar parte del area de 915 191,00 m 2 inscrita con Codigo de Predio Nº P01101105 del Registro Predial MORDAZA Zonal Norte, conformando especificamente parte del Sector IV del Asentamiento Humano Marginal MORDAZA, sobre el cual hay posesion consolidada de 16 manzanas con viviendas, desde hace aproximadamente 17 anos, sin titulacion; Que, con la voluntad de solucionar el problema de titulacion de los pobladores del Sector IV del Asentamiento Humano Marginal MORDAZA, que data de aproximadamente 16 anos, el Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales y la Municipalidad Provincial del Callao, han suscrito el Acta de Intencion sobre Desarrollo de Propuestas de Solucion de la Expropiacion del Ex Fundo MORDAZA de fecha 12 de setiembre del 2001 y, posteriormente, el Acuerdo Final de Solucion al Problema de Expropiacion del Ex Fundo MORDAZA de fecha 15 de agosto del 2002, que forman parte integrante de la presente resolucion;

Que, en los indicados acuerdos se concluye la transferencia del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, de 07 inmuebles de propiedad del Estado a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, al valor de tasacion comercial determinado por el Consejo Nacional de Tasaciones a solicitud de la Municipalidad Provincial del Callao, para el solo efecto que efectue la compensacion que permita sanear la propiedad del inmueble de 92 246,00 m 2 sobre el cual se asienta parte del Sector IV "Fraternidad" del Asentamiento Humano Marginal "Bocanegra", de la Provincia Constitucional del Callao; Que, la Municipalidad Provincial del Callao ha declarado conocer las condiciones fisicas, tecnicas, legales y registrales de los inmuebles de propiedad del Estado que se le transfieren, indicadas en los Informes Tecnicos Legales Nº 114-2002/SBN-GO-JAD, Nº 115-2002/SBN-GO-JAD, Nº 117-2002/SBN-GO-JAD, Nº 118-2002/SBN-GO-JAD, Nº 119-2002/SBN-GO-JAD, Nº 120-2002/SBN-GO-JAD y Nº 121-2002/SBN-GO-JAD de la Jefatura de Adjudicaciones, renunciando a cualquier reclamo posterior; Que, conforme lo autoriza el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" es procedente declarar la desafectacion administrativa de 06 de los inmuebles que, conforme a lo indicado en el anexo, constituyen aportes reglamentarios a favor del Estado, a efectos que se incorporen al dominio privado del Estado para su transferencia a la Municipalidad Provincial del Callao; Que, el articulo 17º del citado Decreto Supremo, dispone que la transferencia patrimonial predial interestatal es la traslacion de dominio que a titulo oneroso o gratuito se realiza entre entidades publicas, aprobandose mediante Resolucion de la Superintendencia de Bienes Nacionales, cuando pertenecen a diversos sectores o pliegos; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, dispone que le son aplicables a las Municipalidades, las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion, regulen las actividades y funcionamiento del Sector Publico Nacional; Que, de acuerdo al literal b) y l) del articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre del 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones realizar las transferencias patrimoniales de la propiedad inmobiliaria estatal, asi como emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25556 modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Ley Nº 25853 Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2002-EF y Resolucion Nº 315-2001/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la desafectacion administrativa de 6 de los inmuebles que, conforme a lo indicado en el anexo, constituyen aportes reglamentarios a favor del Estado, a efectos que se incorporen al dominio privado del Estado para su transferencia a la Municipalidad Provincial del Callao, con la finalidad indicada en el articulo 2º de la presente resolucion; Articulo 2º.-. Aprobar la transferencia patrimonial predial de los 07 inmuebles de propiedad del Estado que se detallan en el anexo de la presente resolucion, a favor de la Municipalidad Provincial del Callao, para efectuar la compensacion necesaria a efectos de culminar el saneamiento y titulacion de las familias poseedoras del inmueble de 92 246,00 m2 ocupado por el Sector IV "Fraternidad" del Asentamiento Humano Marginal MORDAZA en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 3º.- Por el merito de la presente Resolucion se procedera a suscribir la correspondiente escritura publica de transferencia patrimonial e inscribirla en los Registros de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, asi como registrarla en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal SINABIP. Registrese, comuniquese y publiquese. YALU MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.