NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (19/09/2002)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 59
Pág. 230137 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de setiembre de 2002 Que del examen de la lista de candidatos a consejero regional presentada por el personero legal del Movimien- to Nueva Izquierda para la Región Loreto, se tiene que ésta se encuentra integrada por siete (7) candidatos titu- lares, cinco hombres y dos mujeres; Que la cuota de género establecida mediante Reso- lución Nº 185-2002-JNE de fecha 11 de junio de 2002, la que debe estar conformada por no menos de un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres según el número de consejeros regionales de cada Región, correspondien- do a la Región Loreto un mínimo de tres (3) candidatos varones o mujeres; Que la invocación que se hace de la Ley del Procedi- miento Administrativo General Nº 27444 no es procedente, toda vez que, el numeral 2) del artículo II de su Título Preli- minar prevé que los procedimientos especiales creados y regulados como tales por ley expresa, atendiendo a la sin- gularidad de la materia, se rigen supletoriamente por dicha ley en aquellos aspectos no previstos y en los que no son tratados expresamente de modo distinto; caso que no es el de la inscripción de listas de candidatos a cargos para pre- sidencia, vicepresidencia y consejero regional, cuyo trámi- te est á regulado explícitamente en la Ley de Elecciones Regionales así como en la Ley Orgánica de Elecciones; El Jurado Nacional de Elecciones administrando jus- ticia en materia electoral; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de ape- lación interpuesto por Norman Oliver Falcón Estrada, perso- nero legal del Movimiento Nueva Izquierda, por consiguien- te, CONFIRMAR la Resolución Nº 0153-2002-JEE-MAYNAS de fecha 22 de agosto de 2002, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de candidatos a los cargos de pre- sidente, vicepresidente y consejo regional para la Región Loreto, presentada por la citada organización política. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jura- do Electoral Especial de Maynas y de los interesados, el contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General RESOLUCIÓN Nº 481-2002-JNE Lima, 13 de setiembre de 2002 VISTA: En audiencia pública de fecha 11 de setiembre de 2002, la apelación de la Resolución Nº 152-2002-JEE- TUMBES, de fecha 22 de agosto de 2002, expedida por el Jurado Electoral Especial de Tumbes, interpuesto por Selim Manuel Albán Carbajal, personero legal del Parti- do Perú Posible acreditado ante el Jurado Electoral Es- pecial de Tumbes; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 152-2002-JEE-TUMBES de fecha 22 de agosto de 2002, el Jurado Electoral Especial de Tumbes declaró improcedente la inscripción de la lista de candidatos a los cargos de presidente, vicepresidente y con- sejo regional presentada por el Partido Político Perú Posible para la región Tumbes, por no cumplir con presentar en or- den correlativo a los candidatos titulares con sus respecti- vos accesitarios según las provincias que representan; Que si bien en la solicitud de inscripción de candida- tos suscrita por el personero legal del Partido Perú Posi- ble, se advierte que para los candidatos accesitarios de los titulares ubicados en el primer, segundo y tercer lu- gar, respectivamente, por las provincias de Tumbes, Za- rumilla y Contralmirante Villar, se ha consignado otras provincias; se tiene que en las fichas de inscripción de dichos candidato accesitarios presentadas junto con la solicitud, se ha consignado correctamente la provincia ala que representan, suscribiendo inclusive cada uno de ellos sus respectivas fichas que son parte integrante de la solicitud de inscripción de candidatos; Que los integrantes de lista de candidatos presenta- da por el Partido Perú Posible han cumplido con los re- quisitos para ser candidatos a los cargos de autoridades regionales señalados en el artículo 13º de la Ley de Elec- ciones Regionales Nº 27683, conteniendo la lista el nú- mero requerido de candidatos titulares y accesitarios para el Consejo Regional de Tumbes, según lo señalado en el artículo 6º de la misma ley, concordante con la Resolu- ción Nº 187-2002-JNE; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec- ciones administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por Selim Manuel Albán Carvajal; por consiguiente, REVOCAR la Resolución Nº 152-2002- JEE-TUMBES de fecha 22 de agosto de 2002, y REFOR- MÁNDOLA, ordenar la inscripción de la lista de candida- tos presentada por el Partido Perú Posible para la elec- ción regional del departamento de Tumbes, como sigue: GOBIERNO REGIONAL CARGO APELLIDOS Y NOMBRES PRESIDENTE ROMERO DA SILVA, DILTHEY EDMUNDO VICEPRESIDENTE OCAMPOS PRADO, GEORGE OSWALDO CONSEJEROS REGIONALES N° DE PROVINCIA A LA APELLIDOS Y NOMBRES ORDEN QUE REPRESENTA 1° TUMBES Titular: DE LAMA VILLAR, EDDIE OMAR Accesitario: MEDINA DIOS, SANTIAGO 2° ZARUMILLA Titular: DIOSES ESPINOZA, GUILBER RIGOBERTO Accesitario: ALBURQUEQUE SILVA, SEGUNDO OSWALDO 3° CONTRALMIRANTE Titular: BOUNLANGGER DE RUIZ RUMILDA VILLAR Accesitario: CASTILLO LEON, ATILIO 4° TUMBES Titular: VITE LEON, ROSA ISABEL Accesitario: GARCÍA GONZA, AURA 5° TUMBES Titular: BOGGIO LUNA, JOSE MANUEL Accesitario: PIZARRO CASARIEGO, JULIO ERASMO 6° TUMBES Titular: CASARIEGO PANTA, ANGEL Accesitario: CAMPAÑA DE GUEVARA, LUSITANIA 7° ZARUMILLA Titular: ORTIZ TORRES, LUZ ANGELICA Accesitario: BECERRA GARCIA, ROSA FELIPA Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jura- do Electoral Especial de Tumbes y de las partes el conte- nido de la presente Resolución, devolviéndose los autos al Jurado de origen para el trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General RESOLUCIÓN Nº 482-2002-JNE Lima, 13 de setiembre de 2002 VISTA: En audiencia pública de la fecha, el expediente N° 967-2002 que contiene la nulidad de la Resolución Nº 005-2002/JNE/JEE.CH., de fecha 22 de agosto de 2002, expedida por el Jurado Electoral Especial de Chachapo- yas, interpuesta por Rodolfo Anibal Morocho Mori, perso- nero legal titular del Partido Aprista Peruano acreditado ante el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 005-2002/JNE/JEE.CH de fecha 22 de agosto de 2002, el Jurado Electoral Espe- cial de Chachapoyas inscribió la lista de candidatos a los