Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2002 (19/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de setiembre de 2002

MORDAZA - funcionarios de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE a la MORDAZA de Buenos Aires - MORDAZA, del 7 de setiembre al 5 de octubre de 2002; por el motivo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. 2. La presente Resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 16709

Motorizados- emitida por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Articulo 2º.- DISPONER Que el servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o carga en Vehiculos Menores Motorizados y no Motorizados en el distrito de Cieneguilla, se regira por la Ordenanza Nº 241, de fecha 27 de octubre de 1999, expedida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, sus modificatorias y ampliatorias. Articulo 3º.- APROBAR EL SIGUIENTE CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES : A. INFRACCIONES DEL TRANSPORTADOR O PERSONA JURIDICA
CODIGO INFRACCION Permitir a los conductores prestar servicio sin estar registrados y/o autorizados Transferir la Resolucion del Permiso de Operacion Incorporar unidades sin autorizacion municipal Incumplimiento de las obligaciones senaladas en el Articulo 28º de la presente Ordenanza Tomar posesion de zonas de estacionamiento no autorizadas correspondiendo a otro transportador No controlar la utilizacion correcta de la autorizacion para el servicio Negarse a la realizacion del Curso de Educacion y Seguridad Vial y otros dirigidos a los conductores Prestar el servicio sin autorizacion correspondiente MULTA % UIT 03% 10% 03% 03%

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Dejan sin efecto la Ordenanza Nº 0172001-MDC y aprueban Cuadro de Sanciones para el Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados
ORDENANZA Nº 021
Cieneguilla, 31 de MORDAZA del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: POR CUANTO: El Concejo Distrital de Cieneguilla, en Sesion Ordinaria de Concejo, de la fecha 31 de MORDAZA del 2002. CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de noviembre del 2001, se emitio la Ordenanza Nº 017-2001-MDC, que aprobo el REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y/O CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS- en el distrito de Cieneguilla; Que, debido a la grave a la crisis financiera que atraviesa esta Comuna no ha sido posible publicar hasta la fecha el texto de la indicada Ordenanza, por lo que reunion llevada con los representantes de las empresas de vehiculos menores (mototaxis), estos han solicitado acogerse a la Ordenanza Nº 241 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, se ha aprobado por unanimidad dejar sin efecto la Ordenanza Nº 017-2001, emitida por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla y acogernos a la Ordenanza Nº 241, de fecha 27 de octubre de 1999, expedida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobandose solo el Cuadro Infracciones y Sanciones y las distancias de los paraderos, tanto de los colegios como de los mercados, segun Articulo 30º de la Ordenanza Nº 241; De conformidad con lo establecido en el Articulo 103º de nuestra Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 1º del Titulo Preliminar del Codigo Civil y el inciso 3) del Articulo 36º de la Ley Nº 23853 ­Ley Organica de Municipalidades- se aprobo la siguiente:

A-01 A-02 A-03 A-04 A-05

03% 03%

A-06 A-07

05% 03%

A-08

B. INFRACCIONES DEL CONDUCTOR
CODIGO B-01 B-02 INFRACCION Transferir la Credencial de Conductor Prestar servicio sin estar afiliado a una persona juridica o transportador con Permiso de Operacion Municipal correspondiente Prestar el servicio bajo los efectos del alcohol, drogas o sustancias toxicas Trasladar un numero superior de pasajeros a la capacidad establecida en la Tarjeta de Propiedad Poner en riesgo la seguridad e integridad fisica de los pasajeros Realizar el servicio en vias de alta velocidad o en las aceras Adelantar vehiculos entablando competencias o retos de velocidad Detenerse a la espera de pasajeros en areas publicas no autorizadas y/o zonas rigidas Negarse a prestar el servicio a escolares, ancianos y minusvalidos Prestar el servicio en vehiculos encontrandose en un mal estado de conservacion y funcionamiento Prestar el servicio sin cuidar la apariencia y el aseo personal Abastecer de combustible el vehiculo encontrandose con pasajeros Dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad fisica No portar la Credencial de Conductor correspondiente No tener cobertor (mascara o protector) ni parabrisas Prestar servicio con el chasis o tolderas deterioradas y/o sucias Conducir con personas al costado del asiento MULTA % UIT 1.5%

03% 03%

B-03 B-04

01% 03% 01% 03% 01% 01%

B-05 B-06 B-07 B-08 B-09 B-10

01% 01% 01%

B-11 B-12 B-13

ORDENANZA QUE DEJA SIN EFECTO LA ORDENANZA 017-2001-MDC Y APRUEBA EL CUADRO DE SANCIONES PARA EL TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y\O CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA.
Articulo 1º.- DEJAR SIN EFECTO LA ORDENANZA Nº 017, de fecha 20 de noviembre del 2001, -Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o carga de Vehiculos Menores Motorizados y no

01% 01% 04% 01% 01%

B-14 B-15 B-16 B-17

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