NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (19/09/2002)
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Pág. 230206 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de setiembre de 2002 GUILLÉN - funcionarios de la Autoridad Autónoma del Pro- yecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE a la ciudad de Buenos Aires - Argen- tina, del 7 de setiembre al 5 de octubre de 2002; por el motivo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. 2. La presente Resolución no da derecho a exonera- ción de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 16709 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Dejan sin efecto la Ordenanza Nº 017- 2001-MDC y aprueban Cuadro de San- ciones para el Transporte Público Es- pecial de Pasajeros y/o Carga en Vehí- culos Menores Motorizados y No Moto- rizados ORDENANZA Nº 021 Cieneguilla, 31 de julio del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: POR CUANTO: El Concejo Distrital de Cieneguilla, en Sesión Ordinaria de Concejo, de la fecha 31 de julio del 2002. CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de noviembre del 2001, se emitió la Ordenanza Nº 017-2001-MDC, que aprobó el REGLAMEN- TO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPE- CIAL DE PASAJEROS Y/O CARGA EN VEHÍCULOS ME- NORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS- en el dis- trito de Cieneguilla; Que, debido a la grave a la crisis financiera que atravie- sa esta Comuna no ha sido posible publicar hasta la fecha el texto de la indicada Ordenanza, por lo que reunión lleva- da con los representantes de las empresas de vehículos menores (mototaxis), éstos han solicitado acogerse a la Ordenanza Nº 241 emitida por la Municipalidad Metropoli- tana de Lima; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, se ha aprobado por unanimidad dejar sin efecto la Ordenanza Nº 017-2001, emitida por la Municipalidad Distrital de Cie- neguilla y acogernos a la Ordenanza Nº 241, de fecha 27 de octubre de 1999, expedida por la Municipalidad Metro- politana de Lima, aprobándose sólo el Cuadro Infracciones y Sanciones y las distancias de los paraderos, tanto de los colegios como de los mercados, según Artículo 30º de la Ordenanza Nº 241; De conformidad con lo establecido en el Artículo 103º de nuestra Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 1º del Título Preliminar del Código Civil y el inci- so 3) del Artículo 36º de la Ley Nº 23853 –Ley Orgánica de Municipalidades- se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DEJA SIN EFECTO LA ORDENANZA 017-2001-MDC Y APRUEBA EL CUADRO DE SANCIONES PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y\O CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA. Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO LA ORDENANZA Nº 017, de fecha 20 de noviembre del 2001, -Reglamen- to del Servicio de Transporte Público Especial de Pasa- jeros y/o carga de Vehículos Menores Motorizados y noMotorizados- emitida por la Municipalidad Distrital de Cie- neguilla. Artículo 2º.- DISPONER Que el servicio de Trans- porte Público Especial de Pasajeros y/o carga en Vehí- culos Menores Motorizados y no Motorizados en el dis- trito de Cieneguilla, se regirá por la Ordenanza Nº 241, de fecha 27 de octubre de 1999, expedida por la Munici- palidad Metropolitana de Lima, sus modificatorias y am- pliatorias. Artículo 3º.- APROBAR EL SIGUIENTE CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES : A.INFRACCIONES DEL TRANSPORTADOR O PERSO- NA JURÍDICA CÓDIGO INFRACCIÓN MULTA % UIT A-01 Permitir a los conductores prestar servicio sin estar registrados y/o autorizados 03% A-02 Transferir la Resolución del Permiso de Ope- ración 10% A-03 Incorporar unidades sin autorización municipal 03% A-04 Incumplimiento de las obligaciones señaladas en el Artículo 28º de la presente Ordenanza 03% A-05 Tomar posesión de zonas de estacionamiento no autorizadas correspondiendo a otro trans- portador 03% A-06 No controlar la utilización correcta de la auto- rización para el servicio 03% A-07 Negarse a la realización del Curso de Educa- ción y Seguridad Vial y otros dirigidos a los conductores 05% A-08 Prestar el servicio sin autorización correspon- diente 03% B. INFRACCIONES DEL CONDUCTOR CÓDIGO INFRACCIÓN MULTA % UIT B-01 Transferir la Credencial de Conductor 1.5% B-02 Prestar servicio sin estar afiliado a una per- sona jurídica o transportador con Permiso de Operación Municipal correspondiente 03% B-03 Prestar el servicio bajo los efectos del alco- hol, drogas o sustancias tóxicas 03% B-04 Trasladar un número superior de pasajeros a la capacidad establecida en la Tarjeta de Propiedad 01% B-05 Poner en riesgo la seguridad e integridad fí- sica de los pasajeros 03% B-06 Realizar el servicio en vías de alta velocidad o en las aceras 01% B-07 Adelantar vehículos entablando competen- cias o retos de velocidad 03% B-08 Detenerse a la espera de pasajeros en áreas públicas no autorizadas y/o zonas rígidas 01% B-09 Negarse a prestar el servicio a escolares, an- cianos y minusválidos 01% B-10 Prestar el servicio en vehículos encontrándo- se en un mal estado de conservación y funcio- namiento 01% B-11 Prestar el servicio sin cuidar la apariencia y el aseo personal 01% B-12 Abastecer de combustible el vehículo encon- trándose con pasajeros 01% B-13 Dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad física 01% B-14 No portar la Credencial de Conductor corres- pondiente 01% B-15 No tener cobertor (máscara o protector) ni parabrisas 04% B-16 Prestar servicio con el chasis o tolderas de- terioradas y/o sucias 01% B-17 Conducir con personas al costado del asiento 01%