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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G34/G39/G31/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 1 de agosto de 2003 INEI /GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65 /G4C/G69/G6D/G61/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C /G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 236-2003-INEI Lima, 31 de julio del 2003 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 10º del Decreto Legis- lativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informáticapublicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de Nor-ma Legal, la variación mensual que haya experimentado el Ín-dice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposición Final del Decre- to Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, deberá publicarmensualmente con carácter de Norma Legal, la VariaciónAcumulada del Índice de Precios al Consumidor, con res-pecto al índice del mes de diciembre del año anterior; Que, en el mes de enero del 2002, se procedió a reali- zar la revisión de la metodología y de los procedimientosde cálculo del Índice de Precios al Consumidor de LimaMetropolitana, estableciéndose como período Base Diciem-bre 2001 = 100.0; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publica- ción de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumi-dor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de julio del2003 y la Variación Acumulada del Índice de Precios al Consu-midor con respecto al mes de diciembre del 2002, así comoaprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la in-formación oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Por- centual Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Con-sumidor de Lima Metropolitana, (Base: Diciembre 2001 =100,00) correspondiente al mes de julio del 2003: AÑO 2003 NÚMERO VARIACIÓN PORCENTUAL MES ÍNDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 101,75 0,23 0,23 FEBRERO 102, 23 0,47 0,70 MARZO 103,37 1,12 1,83 ABRIL 103,32 -0,05 1,78 MAYO 103,28 -0,03 1,74 JUNIO 102, 80 -0,47 1,26 JULIO 102,64 -0,15 1,11 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, correspondiente al mesde julio del 2003, documento que contiene la Información Ofi-cial del Índice de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese.EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 14331 /GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G6D/G65/G64/G69/G6F/G20/G4D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G20/G61/G6C /G50/G6F/G72/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G61/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 237-2003-INEI Lima, 31 de julio del 2003CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Normas de Ajuste por Inflación del Balance General con Incidencia Tri-butaria, usando para tal caso de corrección, el Índice de Pre-cios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, la Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, dispone que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)publique mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, el Índi-ce de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacio-nal; Que, el INEI elabora el Índice de Precios Promedio Men- sual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como períodoBase: Año 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es conveniente disponer la publicación de la Va- riación Mensual y Acumulada del Índice de Precios Prome-dio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de juliodel 2003, y del Boletín Mensual de Indicadores de Preciosde la Economía, que contiene la información oficial del Ín-dice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Índice de Pre- cios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional quecontiene la Base: Año 1994 = 100,00 correspondiente almes de julio del 2003, así como la publicación de la varia-ción mensual y acumulada del Índice de Precios PromedioMensual al Por Mayor a Nivel Nacional. AÑO/MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2003 ENERO 154,161062 -0,16 - 0,16 FEBRERO 154,834866 0,44 0,27 MARZO 156,113192 0,83 1,10 ABRIL 155,780901 - 0,21 0,89 MAYO 155,560078 -0,14 0,74JUNIO 155,087684 -0,30 0,44 JULIO 154,642665 - 0,29 0,15 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía, que con-tiene la información Oficial del Índice de Precios PromedioMensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente almes de julio del 2003. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 14332 SENAMHI /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G2D /G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0208-SENAMHI-JSS-OGA-OAS/2003 Lima, 31 de julio de 2003 VISTO: Que, en el Presupuesto Analítico del SENAMHI, "Pro- yecto Mejoramiento de la Capacidad de Pronóstico y Eva-luación del Fenómeno el Niño para la Prevención y Mitiga-ción de Desastres en el Perú - Subsistema Modelaje", fi-nanciado con Recursos Ordinarios del año fiscal 2003, seencuentra programado la contratación de un asesor espe-cialista en evaluación y adaptación de sistemas de predic-ción de tiempo. CONSIDERANDO:Que, la Dirección General de Meteorología mediante los Oficios Nºs. 166 y 198-SENAMHI/DGM-CPN/2003 de