Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2003 (19/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, martes 19 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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cial del Callao, Gerencia Central de Personal y Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 15468

SBS
Autorizan al Banco del Trabajo el traslado de agencia ubicada en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1130-2003
MORDAZA, 1 de agosto de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco del Trabajo para que esta Superintendencia autorice el traslado de la agencia ubicada en el Centro Comercial Caminos del MORDAZA, Block "C", MORDAZA Monterrey, Tienda Nº 108, urbanizacion Chacarilla, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en la Circular Nº B-1996-97 para realizar el traslado solicitado de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "D" mediante el Informe Nº DESF "D" 038-OT/2003; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 32º de la Ley Nº 26702 y sus modificatorias, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y la Circular Nº B1996-97; y en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco del Trabajo el traslado de la agencia ubicada en el Centro Comercial Caminos del MORDAZA, Block "C", MORDAZA Monterrey, Tienda Nº 108, urbanizacion Chacarilla, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a la MORDAZA Montegrande Nº 133-139 de la misma localidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 15472

Visto en sesion de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 26.06.2003, el Expediente Nº 331/2003.TC referido al procedimiento de aplicacion de sancion contra Procesadora de Alimentos "Libertad" de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber presentado documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta en MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 001-2003-MDP para la adquisicion de "Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche" convocada por la Municipalidad Distrital de "El Porvenir", y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. Con fecha 12 de marzo de 2003, la Municipalidad Distrital de "El Porvenir" en adelante la Entidad, remite la Carta Nº15-2003.A.MDP a la empresa Sociedad de Asesoramiento Tecnico S.A.C. para que informe sobre la veracidad del Certificado de Inspeccion Higienico Sanitario Nº17-2003, el Certificado de Capacidad de Planta (Informe de Inspeccion) Nº 016-2003 y el Certificado de Inspeccion Tecnico Productiva y Teorico de Planta Industrial Nº 0152003, presentados por la empresa Procesadora de Alimentos "Libertad" de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en adelante el Postor, en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 001-2003-MDP para la adquisicion de "Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche". La empresa Sociedad de Asesoramiento Tecnico S.A.C. responde a la Entidad mediante Carta SAT/GG. 037-2003 de fecha 14 de marzo de 2003, indicando que los certificados presentados por el Postor no pertenecen a este debido a que los mismo fueron emitidos a empresas distintas a la del Postor. 2. Con fecha 3 de MORDAZA de 2003, la Entidad, remite el Oficio Nº 088-2003-A-MDP informando a este Tribunal que el Postor, ha presentado documentos falsos en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 001-2003-MDP, iniciandose procedimiento administrativo sancionador el 4 de MORDAZA de 2003. El 24 de MORDAZA de 2003 el Tribunal dispone se requiera la MORDAZA de descargos al Postor via edicto y el 21 de MORDAZA de 2003 al no haber cumplido el Postor con efectuar sus descargos se remitio el expediente a Sala para su analisis correspondiente. FUNDAMENTACION: 1. El presente caso esta referido a la imputacion efectuada por la Entidad contra el Contratista, por haber presentado documentacion falsa en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 001-2003-MDP para la adquisicion de "Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche". 2. Al respecto, el literal f) del articulo 205º del vigente Reglamento establece que los postores, proveedores, postores y/o contratistas incurriran en infraccion susceptible de sancion cuando "(...) Presenten documentos falsos o declaraciones juradas con informacion inexacta a las Entidades o al CONSUCODE". Dicha infraccion se configura con la sola MORDAZA de documentacion falsa, es decir con la sola afectacion de la presuncion de veracidad consagrada en la Ley, sin que la MORDAZA exija otros factores adicionales, tales como su vigencia, temporalidad o la eventual determinacion de un puntaje especifico en funcion a ellos. 3. El Postor presento tres Certificados; i) Certificado de Inspeccion Higienico Sanitario Nº17-2003, ii) Certificado de Capacidad de Planta (Informe de Inspeccion) Nº 016-2003 y iii) Certificado de Inspeccion Tecnico Productiva y Teorico de Planta Industrial Nº 015-2003, supuestamente expedidos por la empresa Sociedad de Asesoramiento Tecnico S.A.C. La Entidad realizo una verificacion posterior de los documentos presentados y solicito mediante Carta Nº152003.A.MDP a la empresa MORDAZA mencionada que confirme la autenticidad de los certificados presentados por el Postor, la misma que respondio mediante la Carta SAT/GG. 037-2003 senalando que dichos certificados no se le habian expedido al Postor. 4. En este sentido, conforme al literal c) del articulo 56º del vigente Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el postor mediante Declaracion Jurada se hace responsable de la veracidad de los documentos e informacion que presenta para efectos del proceso. Es decir, lo normado esta referido a toda la documentacion que se presente al MORDAZA, sin importar la naturaleza o fin del mismo, MORDAZA si la beneficiada con dicha accion seria la empresa que adjunto los documentos, presentandolos con la finalidad de formar

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Sancionan a persona natural con un ano de suspension en el ejercicio de su derecho a presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 596/2003.TC-S1
Sumilla: Corresponde aplicar sancion administrativa, cuando se ha demostrado que el contratista ha incurrido en la causal contenida en el literal f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003

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