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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (20/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 250017 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de agosto de 2003 del anexo N°4. Los reclamos sobre la emisión del DNI se aceptaran dentro de los 30 días calendario posteriores a su recepción B) POBLACION EN EXTREMA POBREZA Gratuito Evaluación previa opera Agencias RENIEC División de Dentro de los 15 días División de Dentro de los 15 días Gerencia de 1. Formulario (Ficha Registral), la misma que tiene carácter de el silencio administrativo Procesamiento hábiles posteriores a la P rocesamiento hábiles posteriores a la Procesos Declaración Jurada. negativo, si transcurridos fecha en que la fecha en que la 2. Formato Nº 1, aprobado con Resolución Jefatural Nº 375-2003-JEF/RENIEC. 30 días, la entidad no denegatoria es puesta denegatori a es puesta En caso de cambio de Estado Civil: emite pronunciamiento en conocimiento del en conocimiento del De Soltero a Casado presentar declaración jurada alguno. solicitante de acuerdo solicitante u opera el indicando la condición de la misma. al formulario debiendo silencio administrativo De Casado a Divorciado, se debe presentar copia certificada del sustentarse necesaria- negativo. Es de Acta de matrimonio con la anotación marginal o textual de la sentencia mente en nueva prueba. trámite gratuito. de divorcio o disolución del vínculo matrimonial expedida por el Es de trámite gratuito. Registro de Estado Civil De Casado a Viudo, copia certificada del Acta de Defunción del cónyuge y del Acta de Matrimonio expedida por el Registro de Estado Civil. De Casado a Soltero, copia certificada del Acta de Matrimonio con la anotación marginal o textual de la sentencia consentida de nulidad o anulación del vínculo matrimonial. En lo relativo al domicilio el solicitante deberá acreditar la existencia de la dirección declarada en el Formulario respectivo, con los documentos del anexo Nº 3. Los grados de instrucción se acreditan de acuerdo a los requisitos del anexo N°4. Los reclamos sobre la emisión del DNI se aceptaran dentro de los 30 días calendario posteriores a su recepciónREQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL RESOLUCIÓN DEL ADMINISTRATIVOS DONDE SE INICIA APRUEBA EL TRÁMITE RECONSIDERACIÓN RECURSO DE RECURSO DE RECURSO DE EL PROCEDIMIENTO RECONSIDERACIÓN APELACIÓN APELACIÓN ANEXO Nº 3 DOCUMENTOS PARA SUSTENTAR LA EXISTENCIA DE LA DIRECCIÓN DOMICILIARIA Presentación en original y copia simple del recibo de servicio público o tributo municipal, emitido con una antigüedad no mayor de seis meses. Para los ciudadanos que domicilian en un Centro Poblado Urbano Marginal, Caserío,Comunidad, Anexo u otro tipo de Centro Poblado Menor en los que no se cuente con servicios públicos, se requerirá una Declaración Jurada del Domicilio, la misma que se tendrá por efectuada en el propio formulario de trámite. 15544