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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (20/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 250031 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de agosto de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección co- rrespondiente la contratación de los servicios persona-lísimos de la persona jurídica GOVERNA S.A.C., paralos fines requeridos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Encargar al órgano correspondiente la suscripción del contrato respectivo con la empresa GO-VERNA S.A.C. por el plazo de tres (3) meses, para eldiseño y formulación del proyecto de reestructuración y/o reorganización del INGEMMET, por la cantidad de has- ta US$ 8,000.00 (Ocho mil y 00/100 Dólares America- nos) más I.G.V., que será abonada en cinco (5) armadasa partir de la suscripción del respectivo contrato. Artículo 3º.- Disponer que la Dirección de Adminis- tración y Finanzas de INGEMMET remita copia de la pre-sente Resolución y de los informes técnico y legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) días calendariosiguientes a la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO MUCHO Presidente del Consejo Directivo 15442 INPE Declaran al Establecimiento Penitencia- rio de Socabaya - Arequipa, dentro de los alcances del D.S. N” 15-94-JUS RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 531-2003-INPE/P Lima, 7 de agosto de 2003 VISTO, el Informe Nº 609-2003-INPE/09 de fecha 3 de junio de 2003, de la Oficina General de Seguridad yOficio Nº 038-2003-INPE/22-04 de fecha de recepción16 de julio de 2003, de la Dirección de Asesoría Jurídicade la Dirección Regional Sur - Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 15-94-JUS y su modificatoria D.S. Nº 002-99-JUS, se declaró como ZonaReservada las áreas donde funcionan los Establecimien-tos Penitenciarios y sus dependencias conexas, compren- diendo un área territorial intangible paralela al límite del terreno donde se encuentra ubicado una extensión dedoscientos (200) metros a su alrededor con prohibiciónexpresa de construir viviendas u otro tipo de edificacio-nes dentro de ese perímetro; debiendo el Instituto Nacio-nal Penitenciario determinar los Establecimientos Peni- tenciarios para tal fin; Que, mediante el Informe de visto, el Director Gene- ral de Seguridad propone que el Establecimiento Peni-tenciario de Socabaya, ubicado en el departamento yprovincia de Arequipa, distrito de Socabaya, sea com-prendido dentro de los dispositivos legales mencionados en el párrafo precedente, para garantizar su seguridad integral; Que, el Establecimiento Penitenciario de Socabaya - Arequipa, recluye a internos varones y mujeres, por deli-tos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas y otros delitosgraves, por lo que se encuentra dentro de los alcances de las normas legales citadas; Que, es necesario declarar como zona de reserva el Establecimiento Penitenciario mencionado a efecto quecuente con las condiciones mínimas de seguridad, quegaranticen el normal desarrollo del régimen penitencia-rio; Que, de acuerdo a la Ficha Nº 123694 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa y el oficio de visto de laDirección de Asesoría Jurídica de la Dirección RegionalSur - Arequipa, que en anexo forman parte de la presen- te Resolución, se afectó en uso al Ministerio de Justiciaun área total de 444,573.00 m², en el asiento e) de Can-celaciones se levanta dicha afectación en un área de226,905.99 m², por lo que el área de terreno del Estable-cimiento Penitenciario de Sentenciados de Socabaya es de 217,667.01 m², a partir de los cuales se deberá com- prender un área territorial intangible paralela al perímetrode dicho terreno en una extensión de 200 metros a sualrededor; Estando a lo informado por la Oficina General de Se- guridad y la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional Sur - Arequipa, y con las visaciones de los miem- bros del Consejo Nacional Penitenciario y las OficinasGenerales de Administración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Le- gislativo Nº 654, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS,Decreto Supremo Nº 15-94-JUS y su modificatoria D.S. Nº 002-99-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR al Establecimiento Peniten- ciario de Socabaya - Arequipa, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94-JUS y su modificatoria D.S. Nº 002-99-JUS. Artículo 2º.- COMPRENDER un área territorial intan- gible paralelo al perímetro de terreno del referido Esta-blecimiento Penitenciario en una extensión de doscien-tos (200) metros a su alrededor, con prohibición expresa de construir viviendas y otro tipo de edificaciones dentro de ese perímetro. Artículo 3º.- REMITIR, copia de la presente Resolu- ción a la Comisión de Formalización de la Propiedad In-formal (COFOPRI) y a las instancias correspondientes,para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ Presidente 15480 Sancionan con destitución, cese tempo- ral, suspensión y amonestación escritaa diversos servidores del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 532-2003-INPE/P Lima, 15 de agosto de 2003 VISTO, el Informe Nº 051-2003-INPE-CPPAD recep- cionado el 25 de junio de 2003 de la Comisión Permanentede Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario y el Informe Nº 014-2003-INPE/ 03 del 15 de agosto del 2003. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 291-2003- INPE-P de fecha 23 de abril de 2003, se instaura proce-so administrativo disciplinario a los servidores HUGO RI-CARDO RAMÍREZ CABRERA del Establecimiento Peni-tenciario Carquín - Huacho, MARCO ANTONIO ESCO-BAR RODRÍGUEZ¸ ex Jefe del Área de Trabajo del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Huaraz, CARLOS ENRIQUE IGNACIO LÉVANO SARMIENTO, exSecretario del Módulo Nº 01 del Consejo Técnico Peni-tenciario del EPRCO Lurigancho, IVÁN JUAN FRANCOBENAVIDES, Psicólogo del EPRCO Lurigancho, MARI-NO PISCOYA CHUNGA, ex Subdirector del Estableci- miento Penitenciario del Callao, CÉSAR JAIME RÍOS GARCÍA del Establecimiento Penitenciario del Callao yMARCO ANTONIO CATACORA AMACHI del Estableci-miento Transitorio de Procesados de Lima, en torno adiversas irregularidades determinadas a través del "EXA-MEN ESPECIAL SOBRE VERIFICACIÓN DE DENUN-