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PÆg. 250019 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de agosto de 2003 ción de procesos, generando una mejor y mayor produc- tividad en las actividades principales en los sistemas queadministra el Ministerio Público. VI.- MEDIDAS GENERALES DE RACIONALIDAD EN EL GASTO 1. El Presupuesto Institucional aprobado, deberá ase- gurar el cumplimiento de las metas contenidas en las ac-tividades y proyectos programados, siendo competenciade los responsables de las Unidades Orgánicas del Mi-nisterio Público, el correcto uso de los recursos asigna- dos. 2. Los responsables de las Unidades Orgánicas que conforman el Ministerio Público, deberán adoptar las ac-ciones necesarias que conlleven a una efectiva optimiza-ción de los recursos asignados, sin perjuicio de la cali-dad en los servicios que se brinda a la población. 3. Todas las asignaciones por el Fondo para Pagos en Efectivo se reducirán en un 20%, por lo que las UnidadesOrgánicas deberán priorizar la atención de gastos haciaaquellos de carácter obligatorio e ineludible. VII.- MEDIDAS ESPECÍFICAS DE RACIONALIDAD EN EL GASTO 1. EN MATERIA DE PERSONAL1. Queda prohibida la renovación de Contratos por Servicios no Personales. Exceptuándose, aquellos que fueron suscritos con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 28034. 2. La permanencia de personal después de las 18.00 horas o la necesidad de sus servicios para efectuar labo-res en días no laborables o feriados, debe ser autorizadapor el jefe inmediato, quien previamente evaluará la ne- cesidad de la permanencia, así como los resultados efec- tivos que se consiguieron, bajo responsabilidad. En elcaso de los Fiscales, se deberá contar con la autoriza-ción del Fiscal Decano de cada Distrito Judicial quiensolicitará a cada Fiscal el informe de evaluación corres-pondiente. Quedan exceptuados de esta medida, los fis- cales, personal administrativo, así como, médicos legis- tas de turno. 3. La Gerencia Central de Personal llevará a cabo vi- sitas inopinadas de supervisión de labores después delas 18.00 horas. 2. EN MATERIA DE BIENES Y SERVICIOS Viáticos y AsignacionesLas Comisiones de Servicios dentro del País, que ge- neren gastos en pasajes, viáticos y otros, se racionalizan a lo estrictamente indispensable; en tal sentido, se debe- rán tener en cuenta las siguientes disposiciones: 1. Las Comisiones de Servicios tendrán una duración de tres (3) días como máximo y sólo se autorizará la par-ticipación de dos (2) comisionados. En el caso de la Fis- calía Suprema de Control Interno y la Oficina de Control Institucional, la comisión de servicio podrá realizarse porun máximo de tres (3) personas y seis (6) días de dura-ción. Las excepciones serán aprobadas por Resoluciónde la Fiscalía de la Nación. 2. Los traslados dentro del país por Comisión de Ser- vicios, se realizarán por vía terrestre, salvo en los casos cuya distancia justifique el desplazamiento por vía aé-rea, para dicho efecto la Gerencia General aprobará uncuadro nacional de desplazamientos por vía aérea. Adi-cionalmente podrá utilizarse vía aérea u otros medios detransporte cuando la urgencia y necesidad de la comi- sión lo justifiquen o cuando para el acceso a la localidad de destino no existan medios terrestres de transporte.Las excepciones serán aprobadas, por el Despacho dela Fiscalía de la Nación. 3. Se prohíbe la utilización de los vehículos asigna- dos a un Distrito Judicial para las comisiones de servicio a lugares fuera de su jurisdicción. Las excepciones se autorizarán por la Gerencia General. 4. La rendición de cuentas de gastos por Comisión de Servicios, podrá sustentarse con Declaración Jurada has-ta por el 20% a que se refiere la Directiva General Nº 004-2003-MP-FN-GG, sólo en los casos debidamente jus-tificados considerando la característica del gasto o el lu-gar de desplazamiento. 5. Los viajes al exterior se limitarán sólo para los ca- sos propios de la Investigación Fiscal u otros, que por su trascendencia sean útiles para el Ministerio Publico. En todos los casos serán autorizados por la Fiscalía de laNación. Asignación de Unidades Móviles 1. Se establece la preferencia del uso de vehículos para el servicio de las Fiscalías, Morgues y DivisionesMédico Legales. 2. Queda terminantemente prohibido el uso de los ve- hículos para actividades de índole personal, con la únicaexcepción de las autorizadas, en casos especiales, por el Despacho de la Fiscalía de la Nación para desplaza- mientos a domicilios. 3. A partir de la fecha, todos los vehículos, incluyendo los asignados a Fiscalías u otros órganos, quedan a dis-posición del área de Transportes, para efecto de poderser utilizados en determinada diligencia fiscal o médico legal, en los momentos que no son empleados por el ór- gano al cual fueron asignados. Se exceptúan de la pre-sente disposición los vehículos asignados a los FiscalesSupremos. Bienes de Consumo 1. El fiscal o funcionario responsable de cada Unidad Orgánica deberá implementar los mecanismos de con-trol dentro de su área, que permita efectivizar las dispo-siciones señaladas en el artículo 40º de la Directiva In- terna Nº 002-2003-MP-FN-GG. Servicio Telefónico 1. Suspéndase el acceso a líneas para efectuar llamadas fuera de la Institución de todos los teléfo- nos fijos, a excepción de aquellos que se encuentrenen los Despachos de los señores Fiscales y Geren-tes. El personal, que por necesidad del servicio, debacontar con dicho acceso, deberá tramitar ante la Ge-rencia General la autorización correspondiente, pre- vio informe sustentado. Adicionalmente, la Gerencia General implementará un sistema de límite de minu-tos por llamada. 2. La instalación de nuevas líneas telefónicas, así como la asignación de equipos celulares serán autoriza-das por la Gerencia General. 3. Queda restringida a lo mínimo indispensable las llamadas a teléfonos celulares. 4. Las Gerencia Centrales de Logística e Informática quedan encargadas de proponer las mejoras al servicioevaluando las prestaciones económicas más ventajosasque permitan el ahorro efectivo de gastos. Servicio de Publicaciones 1. Se prohíbe el gasto en publicaciones de revistas u otros, salvo las excepciones aprobadas por Resolución de la Fiscalía de la Nación, para la difusión deberá prefe- rirse el uso de la página web de la institución para difu-sión. Servicio de Capacitación 1. Sólo se autorizarán los gastos por capacitación que se encuentren contenidos en el Plan Operativo de la Es-cuela del Ministerio Público, debidamente aprobado porla Fiscalía de la Nación y que no excedan el presupuestoaprobado para tal fin. Adicionalmente se prohíbe los gas- tos en Coffee Break y otros. En materia de infraestructura y logística 1. Se prohíben los gastos en cambios decorativos y la adquisición de bienes no indispensables para el debi- do ejercicio de la función fiscal.